FUNDAMENTOS DE LA LEY 14911

Por el presente proyecto se propicia que se declare de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Bernal, partido de Quilmes, designado catastralmente como: circunscripción II - sección K - manzana 37, parcela 4a inscripto su dominio en las matrículas 96.423, 96.424, 96.425 y 96.426 a nombre de Lisia S.A.C. y/o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, con el fin de adjudicarlo en propiedad a título oneroso y por venta directa a la Cooperativa de Trabajo “Presidente Néstor Kirchner Limitada”, conformada por los trabajadores del establecimiento industrial que continúan con la explotación del mismo ante el abandono y proceso de quiebra de la empresa que fuera su empleadora.

En el referido inmueble funciona una planta industrial dedicada a la fabricación de envases metálicos, de aluminio y de hojalata, en la cual trabajan cerca de 150 personas.

Dicho establecimiento ha pasado por numerosas vicisitudes que terminaron por afectar y poner en grave peligro las fuentes de trabajo.

La propietaria del establecimiento es una persona jurídica que inició sus actividades en la localidad de Bernal, partido de Quilmes, bajo el nombre de CENA SRL, luego CENA SAIC, emprendiendo en el año 2000 un procedimiento de fusión societaria, cambio de denominación social y de jurisdicción, radicándose en la provincia de San Luis y transformándose a partir del 27 de diciembre de 2002 en la firma LISIA S.A.

Bajo esta denominación la empresa se presentó en concurso preventivo, el que fue decretado en el año 2001 por el juzgado Civil, Comercial y Minas № 4 de la provincia de San Luis.

Posteriormente, la empresa transfiere su actividad, su establecimiento industrial y el personal que cumplía tareas en el mismo a una empresa denominada RAIMAT S.A, suscribiendo el día 6 de mayo de 2004 en la Delegación Regional Quilmes del Ministerio de Trabajo una Carta de Intención y un Acuerdo de Transferencia de Derechos y Responsabilidades laborales entre los representantes del ex empleador LISIA S.A., en nuevo empleador RAIMAT S.A. y las comisiones internas de la UOM y ASIMRA.

Por medio de este acuerdo RAIMAT S.A., habida cuenta de su carácter de nuevo empleador y de locatario del establecimiento industrial, asumió expresamente las obligaciones laborales con respecto a todo el personal dependiente de la empresa LISIA S.A., reconociendo las categorías laborales, salarios, antigüedad y asume además, teniendo en vista el proceso concursal del ex empleador, el compromiso de garantizar con sus bienes muebles e inmuebles la seguridad económica de los trabajadores.

De esta forma, por cierto bastante precaria, se pudo garantizar al menos durante un período la preservación de las fuentes de trabajo.

Posteriormente, la empresa RAIMAT S.A. se presenta en concurso preventivo ante el juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial № 6 de la provincia de Misiones con fecha 29 de septiembre de 2010.

En el marco de este proceso comienzan en el año 2014 graves problemas económicos y financieros que concluyen en dificultades para dar cumplimiento en legal tiempo y forma con el pago de los salarios de los trabajadores.

Ante la inminente quiebra, posteriormente efectivizada, y para permitir la continuidad empresarial a través de la gestión del establecimiento por medio de sus trabajadores, las partes deciden la transferencia del emprendimiento industrial a los trabajadores nucleados y organizados en la Cooperativa de Trabajo “Presidente Néstor Kirchner Limitada”, quienes continúan con éxito con la explotación del mismo hasta el día de la fecha.

En ese contexto, se ha tomado conocimiento que en el marco del proceso de quiebra de LISIA S.A., en trámite por ante el juzgado Civil, Comercial y Minas № 4 de la provincia de San Luis, se han producido actos procesales como ser la subasta del inmueble y la orden para su desalojo, que ponen en peligro la continuidad de la explotación, con la consecuente pérdida de los de puestos de trabajo de las cientos de personas que trabajan en el establecimiento.

El día 25 de septiembre de 2015 el Honorable Consejo Deliberante del municipo de Quilmes sanciona la Ordenanza 12513, por la cual en base a las atribuciones del artículo 59 de la LOM instruye al departamento ejecutivo para que se eleve a esta Legislatura un proyecto de ley de expropiación en los mismos términos que el presente, para garantizar la continuidad de la producción de la planta fabril y así garantizar los trabajos.

En función de lo expuesto y con la finalidad de proteger la actividad productiva y garantizar las fuentes de trabajo es que vengo a solicitar a mis pares que me acompañen con la aprobación del presente proyecto de ley.