LEY 13211
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1º: La Provincia de Buenos Aires adhiere al Sistema de Refinanciación Hipotecario creado por la Ley Nacional 25.798.
ARTICULO 2º: El Poder Ejecutivo Provincial procederá a reglamentar la presente de conformidad con las previsiones de la Ley Nacional citada y su decreto Reglamentario Nº 1.284/2003.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.