LEY 13211

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTICULO 1º: La Provincia de Buenos Aires adhiere al Sistema de Refinanciación Hipotecario creado por la Ley Nacional 25.798.

ARTICULO 2º: El Poder Ejecutivo Provincial procederá a reglamentar la presente de conformidad con las previsiones de la Ley Nacional citada y su decreto Reglamentario Nº 1.284/2003.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.