Fundamentos de la Ley 13505

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

            Por medio del presente proyecto de ley se propicia incorporar dos nuevos miembros a la actual composición de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo (Co.P.A.M.).

 

 

            Se trata de un representante más por el Poder Ejecutivo elevando su representación a siete miembros, y un representante de la Federación Argentina de Motociclismo, que hasta hoy estaba ausente.

 

 

            Dichas incorporaciones se encuentran avaladas por los distintos estamentos del deporte que en la actualidad componen la Co.P.A.M.; así como también por la Comisión Nacional de Automovilismo y Motociclismo Deportivo y por la Asociación Corredores Turismo Carretera (A.C.T.C.).

 

 

            La Federación Argentina de Motociclismo se fundó en el año 1928 y desde 1930 es miembro de la Confederación Argentina de Deporte y es integrante de la Comisión Nacional de Automovilismo y Motociclismo Deportivo Ley 24.052, conjuntamente con el Automóvil Club Argentino y la Asociación Corredores Turismo Carretera.

 

 

            De esta forma se integra a la Co.P.A.M. una prestigiosa institución que es pionera en la materia y con seguridad continuará de esta forma trabajando para el mejoramiento de un deporte como el motociclismo en nuestro ámbito provincial.

 

 

            Por lo expuesto solicito el voto favorable de los señores senadores.