Fundamentos de la Ley 13543

 

 

 

            Actualmente es de vital importancia prestar atención al rol cada vez más relevante que las organizaciones de la sociedad civil tienen en nuestras comunidades.

            Estas se pueden encontrar bajo las formas asociativas más disímiles: entidades que luchan contra enfermedades terminales, clubes de barrio, comedores, cooperadoras, centros de estudio, centros tradicionalistas, centros de jubilados, bibliotecas populares y demás.

            Pero lo que todos ellos tienen en común es en que intervienen y transforman de diferentes modos la realidad que nos circunda en forma cotidiana; desde el asesoramiento, asistencia a instituciones, asistencia espiritual, financiera, técnica, atención primaria de la salud; hasta capacitación, defensa de los derechos, desarrollo local, difusión, investigación, promoción humana, esparcimiento, artes y promoción social.

            Como se puede ver, no hay ámbito de nuestra vida o de nuestros intereses sociales, donde no intervengan alguna de estas asociaciones.

            Y es en base a sus esfuerzos y a sus logros, así como a su problemática, que debemos poner el acento en la importancia de las mismas en nuestra sociedad. Por eso hoy, no solo queremos reconocer el trabajo de las mismas en forma genérica, sino que se pretende fomentar y destacar el espíritu del dirigente comunitario, aquel que es el pilar de toda entidad de bien público.

            Buscamos, entonces con este proyecto de ley, premiar a aquellas personas que con total desinterés y con gran pasión, se han entregado a la tarea de hacer realidad todas estas obras, cuyo fin es el bien común, encabezando proyectos colectivos que en su mayoría requiere de un gran esfuerzo humano.

            Cuando estos dirigentes dedican tiempo a sus instituciones, se lo quitan a su familia, amigos, trabajo, etc. Todo con la finalidad de la ayuda mutua, la superación de dificultades, o quizás, el progreso común del grupo al que pertenecen.

            Estos dirigentes, hacen subsistir cotidianamente una red de organizaciones a las que podemos caracterizar como agentes de transformación social.

            Dicha transformación es resultado de la acción concreta de los dirigentes: la contención emocional, afectiva, y social, en muchos casos, que logran brindar a sus semejantes  los enaltece. Son artífices con nombre propio del éxito y la subsistencia del trabajo voluntario a favor de sus comunidades.

            Por ello, consideramos fundamental, premiar anualmente al hombre o mujer mas destacado de nuestra Provincia por su trabajo dentro de las entidades de bien público que buscan el interés común, en cada uno de los municipios a los que pertenecen. Por ello nuestra extensión a las comunas como receptáculo de las obras por ellos emprendidas y como reconocimiento inmediato a su obrar.

            Como bien se especifica en el proyecto, los galardonados serán elegidos por los municipios, con fundamentación por parte de los concejos deliberantes de éstos, inclinándose preferentemente por dirigentes cuya extensa trayectoria social y comunitaria en este tipo de entidades haga necesario el reconocimiento y renueve su ya probado compromiso, en una nueva forma de estímulo y continuidad.

            La celebración se realizará anualmente en una fecha a fijarse por esta Honorable Cámara, antes de la clausura del período de sesiones ordinarias, con la presencia de las autoridades de la misma, y la de la autoridad provincial que se designe al efecto, además de las propias del municipio del cual sea originario el galardonado.

            Creemos que el Estado provincial, a través de esta legislatura, no solo no debe olvidar a estas instituciones; no debe olvidar tampoco a los hombres y mujeres que posibilitan día a día la consecución del fin que aquellas se han trazado, tan alto y tan noble. Ni más ni menos que la mejora de la sociedad en su conjunto.

            Por todo lo expuesto, es que solicito a los señores legisladores, apoyen con su voto favorable el presente proyecto de ley.