FUNDAMENTOS DE LA LEY 14019
Considerando que nos encontramos en la más grave crisis socioeconómica de la historia Argentina, que trastoca los más elementales derechos como los de trabajar y ejercer toda industria lícita.
Que el trabajo es el medio indispensable para satisfacer las necesidades espirituales y materiales del individuo y de la comunidad, la causa de todas las conquistas de la civilización y el fundamento de la prosperidad general; de ahí que el derecho de trabajar debe ser protegido por la sociedad, considerándolo con la dignidad que merece y proveyendo ocupación a quién la necesite.
Que la curtiembre CIDEC Compañía Industrial del Cuero S.A. con domicilio en Av Vergara 1850 partido de Hurlingham, es una planta modelo de producción intensiva.
Que se ha decretado la quiebra el 27 de Octubre de 2006, que tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 22 a cargo de la Dra Margarita Braga, Secretaría Nro. 44.
Que ha dado trabajo a más de 600 familias durante varios años y debido al deterioro económico y financiero se encuentra hoy con sus puertas cerradas y las maquinarias en desuso a la espera de la decisión judicial.
Los trabajadores se encuentran dentro de la fábrica esperando que se resuelva la reapertura, lo que podría tener solución mediante la aprobación del presente proyecto.
Que estos trabajadores se han organizado para enfrentar el flagelo de la desocupación y constituyeron la COOPERATIVA DE TRABAJO CIDEC Ltda., con la correspondiente autorización para funcionar expedida por el instituto Provincial de Acción Cooperativa (IPAC) Matrícula Nro. 007445 y por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ( I.N.A.E.S) Matrícula Nro. 32.302.
Además, distintos sectores sociales y políticos se han solidarizado, solicitando la intervención del Estado a favor de los trabajadores.
Por estos motivos solicitamos a los Señores Legisladores que acompañen con su voto este Proyecto de Ley.