DECRETO 3101/96

 

LA PLATA, 22 de AGOSTO de 1996.

 

VISTO el expediente Nº 2.900-24.466/96 por el cual se dictó la Resolución C.P. SAMO Nº 005, del Consejo Provincial del Sistema de Atención Médica Organizada (SAMO), mediante la que se propone la incorporación del Hospital Municipal San Roque de Dolores, al régimen del Decreto Ley 8.801/77; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se estima viable y oportuno proseguir con la implementación administrativo-contable del S.A.M.O. incorporando al régimen del citado plexo normativo, aquellos establecimientos que reúnan las características adecuadas de estructura y funcionamiento;

 

Que evaluando los antecedentes del caso y el estudio de factibilidad oportunamente ordenado y realizado por la Dirección Técnica específica se determina que el efector  escogido reúne todos los requisitos que hacen  aconsejable su incorporación al régimen del mencionado  Decreto Ley;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTICULO 1.- Incorpórase al Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.) creado por Decreto Ley 8.801/77, a partir del 1º de Mayo de 1996, al Hospital Municipal San Roque de Dolores.

 

ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.

 

ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al "Boletín Oficial" y pase al Ministerio de Salud, a sus efectos