DECRETO 2222/15

 

La Plata, 2 de diciembre de 2015.

 

VISTO el expediente Nº 21500-106/11 y agregado Nº 21505-8414/05 por los cuales se propicia declarar insalubres a los fines previsionales las áreas llevadas a cabo por el personal encargado de: Exhumación, Inhumación, Remoción y Reducción de Cadáveres en el Cementerio Municipal de Almirante Brown, del sector de Coordinación General de Bromatología (Laboratorio, Fumigaciones e Inspecciones) y del Centro Municipal de Sanidad Animal y Zoonosis dependientes de la Municipalidad de Almirante Brown, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 26 del Decreto-Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94), faculta al Poder Ejecutivo para establecer límites de edad y servicios diferenciales en el caso de tareas insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro;

 

Que a fojas 1 del expediente principal, el Secretario General de la Municipalidad de Almirante Brown solicita la declaración de insalubridad a los efectos previsionales de las tareas que desarrollan agentes de diversas dependencias de la citada comuna;

 

Que por Resolución del Subsecretario de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires Nº 13020 del 3 de diciembre de 2007 fueron declaradas insalubres las tareas que desarrollan los agentes del sector de Coordinación General de Bromatología (Laboratorio, Fumigación e Inspecciones) y del Centro Municipal de Sanidad Animal y Zoonosis dependiente de la Municipalidad de Almirante Brown;

 

Que, asimismo, por Resolución del Subsecretario de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires Nº 7069 del 12 de agosto de 2013, fueron declaradas insalubres las tareas llevadas a cabo por el personal encargado de Exhumación, Inhumación, Remoción y Reducción de Cadáveres en el Cementerio Municipal de Almirante Brown, desestimándose la declaración de insalubridad de los sectores de Imprenta, Archivo de Rendición de Cuentas, Maestranza, Archivo General de Administración, Archivo de Dirección de Uso del Suelo, Guardería, Personal de desinfección de Laboratorio, Vialidad, Vías Respiratorias, Radiología, Citología y Laboratorio del Centro Municipal de Diagnóstico y Prevención de la Salud, todos de la Municipalidad de Almirante Brown;

 

Que resulta necesario el reconocimiento de las tareas y servicios insalubres a los fines del Decreto Nº 430/81;

 

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno a fojas, 90, 107, 108, 120 y 136 y Fiscalía de Estado a fojas 96, 112 y 142;

 

Que Contaduría General de la Provincia se ha expedido en similar temática en expediente Nº 21514-6361/09, conforme copia obrantes a fojas 91;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y 26 del Decreto-Ley Nº 9650/80 –Texto Ordenando Decreto Nº 600/94;

 

Por ello,

 

EL GOBERNANDOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Reconocer el carácter de insalubres, a los fines previstos en el artículo 1º del Decreto Nº 430/81, a las tareas llevadas a cabo por el personal encargado de Exhumación, Inhumación, Remoción y Reducción de Cadáveres en el Cementerio Municipal de Almirante Brown, del sector de Coordinación General de Bromatología (Laboratorio, Fumigación e Inspecciones) y el Centro Municipal de Sanidad Animal y Zoonosis dependientes de la Municipalidad de Almirante Brown, declaradas insalubres mediante las resoluciones Nº 7069/13 y Nº 13020/07 del Subsecretario de Trabajo, cuyas copias integran el presente decreto como Anexo 1.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.

 

Oscar Antonio Cuartango                                                       Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Trabajo                                                                Gobernador