Fundamentos de la
Ley 10469
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de ese Honorable cuerpo un proyecto de ley por el cual se dispone la creación de un nuevo partido sobre el actual territorio de Pellegrini, el que llevará el nombre de Tres Lomas. Mediante esta iniciativa, se procura resolver cuestiones de carácter político, social y económico existentes en dicha zona y satisfacer viejas aspiraciones de las dos comunidades, las que por otra parte cuentan con la infraestructura adecuada para el normal funcionamiento institucional de ambos partidos. El adjunto proyecto ha atendido asimismo la consulta popular a la que fueron convocados los habitantes del partido de Pellegrini con fecha 18 de agosto de 1985 con la intención de encontrar una solución que permitiese lograr con base consensual suficiente, la reestructuración del citado partido a efectos de optimizar las potencialidades de las comunidades que lo integran. Atento al pronunciamiento favorable por parte de los propios interesados, las autoridades municipales del distrito han requerido a este Poder Ejecutivo se promueva ante la Honorable Legislatura la sanción del pertinente acto legislativo que disponga la creación del partido de Tres Lomas, y considerando que la iniciativa favorecerá el desarrollo integral de la región, redundando en beneficio de sus pobladores, es que se ha dado acogida favorable a la inquietud planteada por tan importante sector de la comunidad bonaerense. En el proyecto adjunto se ha previsto que los concejales municipales y consejeros escolares del partido de Pellegrini electos con anterioridad a la constitución del partido de Tres Lomas, tendrán su mandato hasta su finalización, y a partir del 1 de enero de 1988 lo cumplirán conforme a su domicilio a la fecha de la elección en el distrito de Pellegrini o en el nuevo partido.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
|