Fundamentos de la

Ley 10509

 

La declaración de Monumento Histórico Provincial, a la Iglesia Purísima Concepción de General Pacheco, del partido de Tigre, se debe no sólo a la importancia de su valor arquitectónico, como exponente de una época sino también como testimonio del homenaje a la labor cumplida por el general Pacheco, en los eminentes servicios que prestó a nuestro país, en su larga carrera militar y su actuación política.

            El señor Ángel Pacheco, descendiente del general Pacheco, se establece en la región a partir de 1874; uno de sus herederos, José pacheco se afinca en la primitiva casa de Ángel Pacheco y es quien el 17 de febrero de 1880, funda en terrenos de su propiedad el pueblo de Pacheco con la autorización y aprobación del Poder Ejecutivo; mandando a construir en 1886 el templo al más puro estilo gótico, contigua a su castillo, como así también la primera escuela del lugar que funcionó en la casa del capellán, un inmueble de 7 habitaciones. Cabe destacar que en 1986 se cumplirá el centenario del templo.

            Sobran los motivos que fundamentan este proyecto de ley, declarando Monumento Histórico Provincial: bajo la iglesia existe el panteón familiar, donde descansan los restos de su fundador fallecido en 1984, de su esposa Agustina Anchorena de Pacheco, fallecida en 1888 y de su hijo José Pacheco acaecida en 1921.

            La cripta es semejante a la del Escorial. Los ataúdes de los esposos Pacheco son de mármol y en la parte inferior coronan dos ángeles también de mármol.

            Al fallecer la señora, Pacheco viajó a Italia contratando al pintor Faustino de la escuela de Fra Angélico, quien pintó cuatro frescos de indudable valor artístico, que rodean el altar mayor, los mismos representan el nacimiento de la Santísima Virgen, la anunciación, la coronación de la Virgen y el Calvario. Hizo además traer también de Roma una obra escultórica de mármol de Carrara de notable belleza y de grandes dimensiones, que la iglesia guarda con legítimo orgullo, haciéndola colocar en el altar mayor. Es una obra de Pietro Ferrari que representa a un ángel llevando el alma de la señora Agustina –fue esculpido en retrato de su rostro a la vista- hacia los brazos de la santa Virgen y en la parte inferior posee la siguiente inscripción “la señora Virgen recibe en el Paraíso las almas devotas de ella”.

            Igualmente hizo traer de Francia las estaciones del Vía Crucis; el órgano de la casa Alejandro Pere e fils; siete vitraux que representan, San Vicente de Paul, Nuestra Señora de los Dolores, San José, la Virgen y el Niño, Nuestra Señora de los Ángeles y San Agustín. Otro vitraux de dimensiones más pequeñas fue colocado en la cripta.

            El 7 de diciembre de 1928 la iglesia y la casa parroquial pasaron a propiedad de la Curia Eclesiástica de la Diócesis de La Plata.

            El 29 de diciembre de 1955 fue exceptuado de las contribuciones territoriales de Registro de rentas.

            Por los motivos expuestos solicitamos a esta Honorable Cámara aprobar el presente proyecto de ley.