FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8916

 

Por la presente se introducen diversas modificaciones a la Ley 5827 –Orgánica del Poder Judicial-, con el objeto de adecuar las actuales estructuras a los fines que se ha propuesto el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

En tal sentido, se crean diversos órganos en aquellos departamentos judiciales donde las estadísticas han demostrado la necesidad perentoria de su funcionamiento, a la par que se adecua en el Departamento Judicial de La Plata, la composición del Ministerio Público de acuerdo a la cantidad de causas en que debe intervenir.

Una modificación trascendente –que posibilitará una agilización en la resolución de los casos elevados a su conocimiento- la constituye la composición que se prevé para las Cámaras de Apelación del Departamento Judicial de Morón y las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial de los Departamentos Judiciales de Lomas de Zamora y General San Martín.

Consecuencia de la reforma mencionada se establecen las atribuciones que han de tener los Presidentes de las Cámaras de Apelación y los Presidentes de las Salas, en los Departamentos Judiciales en que éstas se integran con tres miembros.

En otro orden, la modificación de artículos el Código de Procedimiento Penal obedece a la necesidad de adecuar sus normas a las reformas que se introducen a la Ley Orgánica del Poder Judicial por la presente.

Significativa relevancia tiene la modificación de la competencia territorial de los Departamentos Judiciales de La Plata y Lomas de Zamora, al atribuírle competencia sobre el partido de Avellaneda a los tribunales de la ciudad capital.

Los estudios realizados han demostrado que los órganos judiciales del Departamento Judicial de Lomas de Zamora tienen un excesivo número de causas en trámite, mientras los pertenecientes al Departamento Judicial de La Plata poseen una infraestructura material y humana que, sin desmedro de la celeridad, permitirá satisfactoriamente entender en todos los asuntos localizados por competencia territorial en el partido de Avellaneda.

Como conclusión, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de las modificaciones introducidas, cumple con las pautas programáticas y los objetivos fijados en la materia.