FUNDAMENTOS DE LA LEY 10219

HONORABLE LEGISLATURA:

El proyecto de ley que se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad persigue la reforma del Decreto-Ley 9.857/1982, texto según Decreto-Ley 9.940/83, relativo a la construcción de viviendas mediante el denominado “Plan Solidaridad”, y tiene por finalidad modificar el plazo de reintegro, tasa de interés y modalidad de reajuste de los servicios de amortización contemplados en dicha normativa a fin de su asimilación a las disposiciones que rigen por la adjudicación de viviendas financiadas con recursos del Fondo Nacional de la Vivienda (FO.NA.VI.).

Se ha tenido en cuenta para ello que por el plazo máximo de amortización y la modalidad de actualización previsto en el régimen instituido por el citado decreto-ley, surge un servicio mensual de amortización cuyo importe se hace difícil de afrontar en virtud de la escasa capacidad contributiva del sector socio-económico al que se orienta el referido plan, con el agravante que los respectivos servicios resultan ser superiores a cualquier otro de los sistemas instrumentados hasta la fecha por el Instituto de la Vivienda, como así también a los del plan general FO.NA.VI. que regula la Ley Nacional 21.581, no obstante tratarse de unidades habitacionales que generalmente resultan de inferior nivel.

Corresponde en consecuencia, procurar la unificación de los sistemas de amortización y actualización de los distintos programas habitacionales que ejecuta y administra el Instituto de la Vivienda, objetivo a que se tiende a través del adjunto proyecto de ley. 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.