LEY 2851

 

Aumento de los puestos de inspectores y de la partida de viáticos de la Oficina de Tierras, para 1904.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Elévase a tres el número de inspectores dependientes de la Oficina de Tierras Públicas.

El nuevo inspector gozará del mismo sueldo de los dos existentes.

 

ARTÍCULO 2.- Queda aumentada en mil doscientos pesos la partida anual que figura en el ítem 58 del Presupuesto vigente, para viático.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la presente Ley se incorporará al Presupuesto vigente, tomándose de Rentas Generales, con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese, etc.