DECRETO-LEY 7421/68
Declarando ciudad a la localidad de Valentín Alsina, Partido de Lanús.
LA PLATA, 3 de SEPTIEMBRE de 1968.
VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 5367/68, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el Artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase ciudad a la localidad de Valentín Alsina, jurisdicción del Partido de Lanús.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.