LEY 6074

 

Escuela Profesional Mixta en Tigre.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

 ARTÍCULO 1.- Créase en la ciudad de Tigre, una Escuela Profesional Mixta dependiente del Ministerio de Educación.

 

 ARTÍCULO 2.- Los cursos y programas a dictarse, así como el personal docente y otros, serán determinados y provistos por el citado Ministerio.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la presente Ley será atendido con recursos de Rentas Generales y se incluirá en el Presupuesto General de la Administración a partir del año 1960.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.