DECRETO 253/2024
LA PLATA, 18 de Marzo de 2024
VISTO el expediente EX-2023-47571313- -GDEBA-HIEACSJDMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de María del Pilar BENÍTEZ en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, y
CONSIDERANDO:
Que atento lo establecido por la Resolución N° 3526/22 del Ministerio de Salud y la Disposición N° 285/22 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, un(1) cargo de Licenciado/a en Economía, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata;
Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a María del Pilar BENÍTEZ para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;
Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 16 de diciembre de 2022, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;
Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 16 de diciembre de 2022, la designación con carácter interino de María del Pilar BENÍTEZ, en idéntico cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución N° 4877/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/24;
Que por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que perciba;
Que en virtud de lo previsto por Decreto N° 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, María del Pilar BENÍTEZ debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;
Que la citada agente se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;
Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 16 de diciembre de 2022, a María del Pilar BENITEZ (DNI Nº 37.052.366 - Clase 1992) como Licenciada en Economía, en grado de Asistente, con carácter interino y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, quien fuera oportunamente designada mediante Resolución N° 4877/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.
ARTÍCULO 2°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 16 de diciembre de 2022, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471, a María del Pilar BENITEZ (DNI Nº 37.052.366 - Clase 1992) como Licenciada en Economía, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal Especializado de Agudos y Crónicos "San Juan de Dios" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que, a partir del 16 de diciembre de 2022, María del Pilar BENITEZ (DNI Nº 37.052.366 - Clase 1992), deberá efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto-Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo previsto por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02.
ARTÍCULO 4°. El gasto que demanda el cumplimiento del presente será atendido con cargo a la prórroga del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394, aprobada por Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar: 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 19 – Subprograma: 10 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 441 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador