LEY 2918
Subsidio a los damnificados por la inundación del Río Paraná.
EL SENADO DE CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a contribuir hasta con la suma de diez mil pesos moneda nacional para socorrer a los perjudicados en la inundación causada por el Río Paraná.
ARTÍCULO 2.- Esta suma se imputará a esta Ley y se pagará de Rentas Generales.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.