LEY 3462
Crédito de 30.969,75 pesos, para arreglo del techo de la Legislatura y refuerzo de 20.000 pesos, partida de Gastos Generales de la Secretaría de la Cámara de Diputados.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Ábrese un crédito al Presupuesto del Honorable Senado por la suma de pesos treinta mil novecientos setenta y nueve con setenta y cinco centavos moneda nacional ($ 30.969,75m/n), para arreglo del techo del edificio del Palacio Legislativo.
ARTÍCULO 2.- Refuérzase igualmente el ítem 8 del artículo segundo del inciso único del Presupuesto de la Honorable Legislatura en la suma de pesos 20.000 moneda nacional.
ARTÍCULO 3.- Este gasto se pagará de Rentas Generales, imputándose a la presente Ley.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.