FUNDAMENTOS DE LA LEY 14724
El presente proyecto tiene como objeto la declaración de utilidad pública y expropiación de los inmuebles ubicados en la ciudad y partido de Ramallo.
Los inmuebles expropiados serian transferidos a la municipalidad de Ramallo para ser destinados a los beneficiarios, que en la actualidad han edificado sus viviendas sobre los mencionados inmuebles, según lo establecido en la respectiva ordenanza municipal las que se adjuntan al presente proyecto.
Todos los gastos que demande el cumplimiento de la presente expropiación, serán a cargo de la municipalidad de Ramallo en las partidas que a esos efectos se contemplen en el presupuesto general y cálculo de recursos de los años 2004 en adelante.
Asimismo, por este proyecto se autoriza al municipio de Ramallo a realizar compensaciones y/o descuentos sobre el precio de la expropiación, sobre las deudas que los citados inmuebles mantengan ya sea en la jurisdicción municipal y/o provincial, en materia de tasas, derechos, impuestos, multas y cualquier otro gravamen.
Las parcelas de terreno que se pretenden expropiar, cuentan con muy buena ubicación geográfica, sobre las que hasta el presente no han podido ser ubicados sus titulares de dominio, a quienes reclamarles el pago de las deudas que pesan sobre dichos inmuebles, resulta casi imposible.
En dichos predios, se encuentra emplazado un asentamiento de vecinos, cuya ocupación pacífica, ininterrumpida y de buena fe, se ha prolongado por más de 20 años en algunos casos, por lo que la entrega definitiva de esas tierras a dichos ocupantes, obedece a razones de estricta justicia social.
Es por todo lo expuesto que se solicita el voto favorable de los señores diputados del presente proyecto de expropiación.