LEY 5521

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a donar al Club Atlético “Estrella de Berisso”, la fracción de tierra fiscal que ocupa actualmente en la manzana número ochenta y seis (86) de la localidad de Berisso, partido de La Plata, con las dimensiones y linderos que oportunamente fijarán las oficinas técnicas respectivas.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.