DECRETO 484/2025
LA PLATA, 31 de Marzo de 2025
VISTO el expediente EX-2025-05445917-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual la doctora María Verónica RAPETTI presenta su renuncia al cargo de Defensora Oficial, para actuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, del Departamento Judicial Zárate-Campana, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto N° 2598 del 2 de diciembre de 2010, la doctora María Verónica RAPETTI fue designada Defensora Oficial, para actuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, del Departamento Judicial Zárate-Campana;
Que la nombrada funcionaria ha presentado la renuncia a dicho cargo por motivos particulares, solicitando que sea aceptada a partir del 1° de febrero de 2025;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto de la doctora RAPETTI;
Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con la citada funcionaria en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;
Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones con relación a la doctora RAPETTI en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 -proemio- y 175 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 1° de febrero de 2025, la renuncia por motivos particulares presentada por la doctora María Verónica RAPETTI (DNI N° 20.923.520 – Clase 1969) al cargo de Defensora Oficial, para actuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, del Departamento Judicial Zárate-Campana.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Gobierno.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Juan Martín Mena, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.