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Fundamentos de la Ley 12458 El uso de elementos que sirven para la violación de los controles de tránsito ha tenido un fuerte auge en la provincia de Buenos Aires. Si bien en este momento está suspendida la utilización de controles vehiculares por medio de radares fotográficos, resulta indispensable establecer la explícita prohibición del uso y comercialización de los mismos, ya que propenden a la violación de las normas de tránsito. Facilitar la tarea de fiscalización por parte de la autoridad de aplicación debe constituirse en lo que caracteriza a la norma, por lo tanto todo lo que tienda a dificultar a la misma debe ser combatido desde lo legislativo. El índice de accidentes de tránsito en nuestra Provincia resulta alarmante, por lo que los controles acerca de las condiciones legales y técnicas de los vehículos, así como la velocidad y el modo en que circulan exigen ser de lo más eficiente. Sin ningún lugar a dudas, el control acerca de estos temas constituye una de las herramientas más eficaces para disminuir el riesgo de accidentes en la vía pública. Como antecedentes a todo lo aquí propuesto puede tenerse en cuenta la ley número 20 de la ciudad autónoma de Buenos Aires, así como otras reglamentaciones que se realizaron en distintas provincias sobre la materia. Por todo lo expuesto es que se solicita a los señores legisladores la aprobación el presente proyecto de ley. |