AGENCIA DE RECAUDACIÓN

RESOLUCIÓN N° 13/19

 

LA PLATA, 17 de abril de 2019

 

VISTO que por el expediente N° 22700-22784/18 se propicia fijar el valor del abono del servicio de casillero único para profesionales y gestores administrativos, correspondiente al ejercicio fiscal 2019; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, con el objeto de otorgar mayor seguridad en el manejo de la documentación y facilitar el accionar de los profesionales y gestores administrativos, mediante Decreto N° 13885/68 se autorizó al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires a implementar el sistema de casillero único;

 

Que el Decreto N° 1627/09 otorgó a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires la facultad indicada en el párrafo que antecede, en lo ateniente a la implementación y administración del sistema de entrega de la documentación que los usuarios tramiten ante esta Autoridad de Aplicación;

 

Que, asimismo, mediante el artículo 2° del Decreto N° 1627/09, se autoriza a este organismo recaudador a reglamentar la prestación de dicho servicio y fijar el valor de su abono con intervención de la Contaduría General de la Provincia;

 

Que mediante el dictado de la Resolución Normativa N° 36/10 y su modificatoria, Resolución Normativa N° 13/16, esta Agencia de Recaudación fijó los procedimientos para la implementación del sistema;

 

Que, en esta oportunidad, corresponde establecer el valor del abono anual correspondiente al ejercicio fiscal 2019;

 

Que, a efectos de cuantificar adecuadamente el mismo, se ha tomado como referencia el valor que fija la Ley N° 15079 – Impositiva para el ejercicio fiscal 2019- para la Tasa especial por la locación de casillero efectuada por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que han tomado intervención la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, la Asesoría General de Gobierno, Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, así como la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Gerencia General de Técnica Tributaria y Catastral, la Gerencia General de Coordinación Jurídica, y sus dependencias competentes;

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13766 y por el artículo 2° del Decreto N° 1627/09

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º. Establecer en el monto de pesos tres mil ($ 3.000) el abono anual a satisfacer por el servicio de casillero único por el período 2019, de conformidad con lo establecido mediante Resolución Normativa N° 36/10 y su modificatoria.

 

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Gastón Fossati, Director.