Decreto 1334/2019

La Plata, 9 de octubre de 2019

VISTO el expediente Nº 2200-4378/17 del Ministerio de Gobierno, por el cual Ana PIRO, agente de la Dirección Provincial del Registro de las Personas, solicita modificar su régimen horario, y

CONSIDERANDO:

Que Ana PIRO solicita modificar su régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor, por el de treinta (30) horas semanales de labor;

Que la interesada revista en la Subsecretaría de Gestión Gubernamental, Dirección Provincial del Registro de las Personas, Dirección de Delegaciones del Registro de las Personas, Subdirección Zonal 11, Delegación Mar del Plata, en un cargo del agrupamiento técnico, categoría 8, código 4-0612-XI-3, técnico registral “D”, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor;

Que a fojas 26 y 27, el Director Provincial del Registro de las Personas y el Subsecretario de Gestión Gubernamental, respectivamente, toman conocimiento y avalan el movimiento propuesto;

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, Contaduría General de la Provincia y la Dirección Provincial de Presupuesto Público de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión encuadra en el Decreto N° 786/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Acordar, en la Jurisdicción 11119 MINISTERIO DE GOBIERNO, Subsecretaría de Gestión Gubernamental, Dirección Provincial del Registro de las Personas, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, el régimen de treinta (30) horas semanales de labor, a la agente Ana PIRO (DNI N° 25.708.126, Clase 1976), quien revista en Dirección de Delegaciones del Registro de las Personas, Subdirección Zonal 11, Delegación Mar del Plata, en un cargo del agrupamiento técnico, categoría 8, código 4-0612-XI-3, técnico registral “D”, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 786/91.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Joaquin De La Torre, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora