LEY 11676
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°: Créase en el ámbito de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, la Comisión Investigación Bicameral de Cobros Compulsivos de Obras Municipales de Infraestructura.
ARTÍCULO 2°: Serán funciones de la Comisión llevar a cabo tareas de investigación y esclarecimiento, dentro de su competencia, respecto de todos los actos jurídicos y administrativos que hayan dado origen al cobro de deudas con origen en la ejecución de obras municipales de infraestructura urbana de la Municipalidad de Morón contratados hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 1983 en virtud de las llamadas Ordenanzas Generales, a fin de efectuar las correspondientes denuncias penales en caso de constatar irregularidades de esa naturaleza, proponer las modificaciones legislativas que estime corresponder, realizar las recomendaciones que considere necesarias, dar la necesaria difusión y publicidad a las situaciones que a su juicio lo requieran o llevar a cabo cualquier otra medida, dentro del marco normativo de su desempeño, que contribuya a solucionar o paliar situaciones de abuso, necesidad extrema o alarma de un determinado sector de la población.
ARTÍCULO 3°: Integrarán la Comisión tres (3) Senadores y cuatro (4) Diputados, quienes serán designados por el Presidente de cada Cuerpo.
ARTÍCULO 4°: La Comisión deberá invitar a integrar la misma, en carácter que disponga y dentro de los treinta (30) días de constituida, a dos (2) representantes del Colegio de Abogados del Departamento Judicial del municipio involucrado.
ARTÍCULO 5°: A todos los efectos pertinentes a su funcionamiento será de aplicación el Reglamento Interno del H. Senado o de la H. Cámara de Diputados, a elección de la mayoría de sus miembros.
ARTÍCULO 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo..