RESOLUCIÓN Nº 1380- MIYSPGP-18
LA PLATA, 21 de septiembre de 2018.
VISTO el expediente EX-2018-10703873-GDEBA-DPCLMIYSPGP relacionado con el Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública aprobado por Decreto Nº DECTO-2017-367-GDEBA-GPBA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en el exordio de la presente, en fecha 31 de julio de 2017, se aprobó el Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública regido por la Ley Nº 6.021, modificatorias y complementarias;
Que en tal sentido, se determinó que los precios de los contratos, correspondientes a la obra faltante de ejecutar, podrán ser redeterminados a solicitud del contratista cuando los costos de los factores principales que los componen, reflejen una variación promedio ponderada de precios superior al porcentaje de la variación que establezca la autoridad de aplicación;
Que en el Capítulo II de dicha norma se establece el régimen de las adecuaciones provisorias de precios y el artículo 27 autoriza la delegación de la aprobación de las mencionadas adecuaciones;
Que la Resolución Ministerial Nº RESOL-235-E-GDEBA-MIYSPGP, de fecha 15 de agosto de 2017, reglamentó el procedimiento de Redeterminación de Precios y aprobó la metodología de adecuación provisoria y redeterminación definitiva de precios de los contratos de obra pública;
Que la reglamentación en su artículo 22 establece la posibilidad de delegar en funcionarios con rango no inferior a Subsecretario o jerarquía equivalente de la jurisdicción comitente, la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios que deban efectuarse en los contratos de obras públicas;
Que mediante NO-2018-05442612-GDEBA-MJGP el señor Ministro de Justicia solicita la delegación establecida en la precitada normativa;
Que con el objeto de agilizar los procedimientos de adecuación provisoria de precios, corresponde el dictado del acto administrativo que delegue en el Ministro Secretario del Departamento de Justicia la facultad de aprobar las adecuaciones provisorias de precios que deban efectuarse en los contratos de obra pública que se ejecuten dentro de su jurisdicción;
Que, no obstante, la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública con carácter previo realizará el informe técnico correspondiente, conforme lo reglado en el artículo 21 de la mencionada Resolución;
Que mediante PV-2018-10863359-GDEBA-DPRPOPMIYSPGP el Director Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública toma conocimiento sin observaciones que formular;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de la facultad establecida en el artículo 27 del Decreto Nº DECTO-2017-367-GDEBA-GPBA y en el artículo 22 de la Resolución Nº RESOL-235-E-GDEBAMIYSPGP;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Delegar en el Ministro Secretario del Departamento de Justicia la facultad de aprobar las adecuaciones provisorias de precios que deban efectuarse en los contratos de obra pública que se ejecuten dentro de su jurisdicción, conforme lo establecido en el Decreto Nº DECTO-2017-367-GDEBAGPBA, y en la Resolución Reglamentaria Nº RESOL-235-E-GDEBA-MIYSPGP y por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°. Establecer que la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública intervendrá previamente a la aprobación de las adecuaciones provisorias de precios que por el artículo 1° se delegan, conforme lo establecido en el artículo 21 de la Resolución Reglamentaria Nº RESOL- 235-E-GDEBA-MIYSPGP.
ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado y al Ministerio de Justicia, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y girar a la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante, Ministro.
C.C. 11036