Provincia de Buenos Aires

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SUBSECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO

Resolución 10

 

La Plata, 4 de diciembre de 2014.

 

VISTO el Expediente 24862/2014, el Decreto 2.133/09, la Resolución N° 7/13 de la Subsecretaría para la Modernización del Estado, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto citado, los Expertos en Gestión Pública tienen como función principal asistir en la toma de decisiones gubernamentales, brindando el apoyo técnico adecuado para la implementación de mejoras en la gestión de la Administración Pública Provincial central y descentralizada;

 

Que la Resolución mencionada aprobó como Anexo 1 el Reglamento que rige el ejercicio del cargo de Experto en Gestión Pública y su desempeño;

 

Que conforme lo establecido en el artículo 2º del Anexo 1 de la misma Resolución se entiende por función de asistencia en la toma de decisiones gubernamentales las actividades de índole profesional de: asesoramiento, investigación, planificación, programación, organización, conducción, coordinación, seguimiento y capacitación desarrolladas por un Experto en Gestión Pública y, por apoyo técnico adecuado para la implementación de mejoras en la gestión aquellas actividades que desarrolle el Experto en Gestión Pública en el marco de la función de asistencia vinculadas a la política para la modernización del Estado y a los planes, programas y proyectos a cargo de la Subsecretaría para la Modernización del Estado;

 

Que en el artículo 3° del mencionado Anexo 1 se establece que la asignación de la función de asistencia de los Expertos en Gestión Pública es dispuesta por resolución de esta Subsecretaría para la Modernización del Estado , con fundamento en las solicitudes de asistencia técnica que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Provincial central y descentralizada, en los términos de la Ley Nº 13.767, formalicen y/o con base en los requerimientos que planteen los planes, programas y proyectos en el ámbito de esta Subsecretaría;

 

Que a fojas 2 el Secretario de Turismo solicitó asistencia técnica a los efectos de mejorar y actualizar el proceso de calidad de gestión en la Secretaría de Turismo dependiente de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que se han evaluado las características de la asistencia técnica solicitada y los antecedentes de los Expertos en Gestión Pública de conformidad con el artículo 4º del Anexo 1 de la Resolución Nº 7/13 de esta Subsecretaría para la Modernización del Estado, por lo cual se considera que los expertos Laura Verónica Diazzi, Emilce Mirta Milito y Mariel Alejandra Payo poseen los perfiles necesarios para el desarrollo de las tareas;

 

Que asimismo el artículo 5º de la referida resolución establece la necesidad de determinar la duración de la función de asistencia técnica de cada experto en el mismo acto administrativo de asignación de función de asistencia, teniendo en consideración el objeto de la función que se solicite;

 

Que en el marco de lo descripto deviene necesario dictar un acto administrativo que formalice la asignación de la función de asistencia técnica al Experto en Gestión Pública, las actividades a desarrollar y la duración de la mencionada asignación;

 

Que el objeto de la solicitud de asistencia técnica obrante a fojas 2 se enmarca dentro del fortalecimiento institucional, establecido como misión de la Subsecretaría para la Modernización del Estado;

 

Que ha tomado la intervención Asesoría General de Gobierno a fojas 37;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por Decreto 2.133/09 y artículo 3° Anexo 1 de Resolución 7/13;

 

Por ello,

 

EL SUBSECRETARIO PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Asignar la función de asistencia técnica solicitada por el Secretario de Turismo en carácter de responsable a la Experta Laura Verónica DIAZZI, DNI 23.829.720 y en carácter de colaboradores a los Expertos Emilce Mirta MILITO, DNI 11.291.133 y Mariel Alejandra PAYO, DNI 28.670.636 a los efectos de mejorar y trabajar en la mejora y actualización de los procesos de calidad de gestión.

Las actividades a desarrollar se enmarcan en el artículo 2º del Anexo 1 de la Resolución Nº 7/13 de la Subsecretaría para la Modernización del Estado.

 

ARTÍCULO 2°: Las expertas asignadas en el artículo 1° deberán presentar al Subsecretario para la Modernización del Estado el documento “Plan de Trabajo”, dentro de los treinta (30) días de iniciada la asistencia, conforme las pautas y modelo consignado en la Resolución N° 7/13 de esta Subsecretaría.

 

ARTÍCULO 3°: La duración de la asignación de la función de asistencia técnica del artículo anterior será de ciento ochenta (180) días contados a partir de la notificación del presente acto.

 

ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar, notificar a los interesados, publicar en el sitio web de la Subsecretaría para la Modernización del Estado en internet, dar al Boletín

 

Oficial. Cumplido, archivar.

Santiago Cafiero

Subsecretario para la

Modernización del Estado

C.C. 14.189