Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA GENERAL DE
SUBSECRETARÍA PARA
Resolución N° 10
VISTO el Expediente N°
24862/2014, el Decreto N° 2.133/09,
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto
citado, los Expertos en Gestión Pública tienen como función principal asistir
en la toma de decisiones gubernamentales, brindando el apoyo técnico adecuado
para la implementación de mejoras en la gestión de
Que
Que conforme lo establecido en el artículo 2º del Anexo 1
de la misma Resolución se entiende por función de asistencia en la toma de
decisiones gubernamentales las actividades de índole profesional de:
asesoramiento, investigación, planificación, programación, organización,
conducción, coordinación, seguimiento y capacitación desarrolladas por un
Experto en Gestión Pública y, por apoyo técnico adecuado para la implementación
de mejoras en la gestión aquellas actividades que desarrolle el Experto en
Gestión Pública en el marco de la función de asistencia vinculadas a la
política para la modernización del Estado y a los planes, programas y proyectos
a cargo de
Que en el artículo 3° del mencionado Anexo 1 se establece
que la asignación de la función de asistencia de los Expertos en Gestión
Pública es dispuesta por resolución de esta Subsecretaría para
Que a fojas 2 el Secretario de Turismo solicitó asistencia
técnica a los efectos de mejorar y actualizar el proceso de calidad de gestión
en
Que se han evaluado las características de la asistencia
técnica solicitada y los antecedentes de los Expertos en Gestión Pública de
conformidad con el artículo 4º del Anexo 1 de
Que asimismo el artículo 5º de la referida resolución establece la necesidad de determinar la duración de la función de asistencia técnica de cada experto en el mismo acto administrativo de asignación de función de asistencia, teniendo en consideración el objeto de la función que se solicite;
Que en el marco de lo descripto deviene necesario dictar un acto administrativo que formalice la asignación de la función de asistencia técnica al Experto en Gestión Pública, las actividades a desarrollar y la duración de la mencionada asignación;
Que el objeto de la solicitud de asistencia técnica
obrante a fojas 2 se enmarca dentro del fortalecimiento institucional,
establecido como misión de
Que ha tomado la intervención Asesoría General de Gobierno a fojas 37;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N° 2.133/09 y artículo 3° Anexo 1 de Resolución N° 7/13;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO PARA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Asignar la función de asistencia técnica
solicitada por el Secretario de Turismo en carácter de responsable a
Las actividades a desarrollar se enmarcan en el artículo
2º del Anexo 1 de
ARTÍCULO 2°: Las expertas asignadas en el artículo 1°
deberán presentar al Subsecretario para
ARTÍCULO 3°: La duración de la asignación de la función de asistencia técnica del artículo anterior será de ciento ochenta (180) días contados a partir de la notificación del presente acto.
ARTÍCULO 4º: Registrar, comunicar, notificar a los
interesados, publicar en el sitio web de
Oficial. Cumplido, archivar.
Santiago Cafiero
Subsecretario para la
Modernización del Estado
C.C. 14.189