Fundamentos de la

Ley 12021

 

Como consecuencia de las inundaciones que afectaron por más de diez años al distrito de Hipólito Yrigoyen, muchas familias debieron ser reubicadas, exigiendo en consecuencia una rápida respuesta de la Provincia y el municipio.

Con el fin de dar solución al problema habitacional, se edificó el barrio de emergencia social a que se refiere el proyecto, utilizándose un tipo de construcción no convencional laminado plástico premoldeado.

Por las características expuestas existe una desproporción entre la calidad de estas viviendas y la valuación que les fuera asignada.

Por otra parte, estas casas han padecido el efecto de fuertes tornados, a consecuencia de los cuales en algunas de las mismas aún se observan importantes deterioros.

Por lo expresado, se configura -en el caso de este barrio- una situación similar a que motivó la sanción de la Ley 11.472, que eximió del pago a los adjudicatarios de viviendas de barrios construidos en distritos afectados por inundaciones u otros fenómenos climáticos.

Ante la igualdad de circunstancias, constituye un acto de justicia condonar también la deuda que mantengan los adjudicatarios de este barrio de Henderson.

Por lo expuesto, solicito a los señores diputados, acompañen con su voto favorable el proyecto de ley adjunto.