Fundamentos de la Ley 12967

 

 

 

Las municipalidades y cooperativas de la provincia de Buenos Aires han recibido prestamos por parte del ex Ente Provincial Regulador Energético de Buenos Aires, actual Dirección Provincial de Energía, destinados al financiamiento de obras para el mejoramiento de la calidad de vida del pueblo de cada región.

Los municipios de Balcarce, Castelli, Chascomús, General Guido, General Lavalle, General Madariaga, General Paz, Maipú, Mar Chiquita, Necochea, Pinamar; Pila y Tordillo firmaron sendos contratos de financiamiento con el mencionado organismo en los meses de junio de 1995 y marzo de 1999, diciembre de 1998, octubre de 1996, respectivamente, para .financiar las obras de gas en los mencionados distritos.

Dicho préstamo se reintegrará en cuotas mensuales, consecutivas e iguales.

Los contratos de referencia fueron aprobados por la Administración General del Ente Provincial de Regulación Energética mediante resoluciones 161/95, 45/96, 48/99, 1.014/98, 954/98, 950/98, 1.009/98, 943/98, 318/96, 115/92, 949/98, 1010/98, 1013/98, 945/98 y 944/ 98 respectivamente.

Los intereses que se le aplican al crédito de referencia son los regulados mediante decreto 1.302/95, el cual establece una tasa del 4 por ciento anual sobre saldo por el sistema francés de amortización.

El 19 de octubre de 2000 el gobernador de la provincia de Buenos Aires dictó el Decreto 3.439/00 mediante el cual se faculta al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para que a graves de la Dirección Provincial de Energía proceda a refinanciar los prestamos otorgados. Por otra parte fija el reintegro en hasta diez (10) años, pudiendo otorgarse dentro del mismo un plazo de gracia de hasta un (1) año.

Evidentemente la situación económico financiera del país, y en especial de la provincia de Buenos Aires se fue agravando cada vez mas, motivo por el cual lleva a solicitar a los señores legisladores la aprobación del referido proyecto teniendo en cuenta la gravísima situación de los municipios de la Provincia.