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Fundamentos de El 11 de junio de 1998 el Poder
Ejecutivo nacional dictó el decreto por el cual encomendaba al Ministerio de
Economía, Obras y Servicios Públicos de El artículo 13 de dicho cuerpo
legal invita a la provincia de Buenos Aires, la municipalidad de La medida encontraba fundamento en
la petición realizada por los obreros y empleados de dicho firma nucleados en Expresaron que la empresa era
económicamente viable y sus importantes instalaciones unas de las mayores del
país, ubicadas en el partido de Los obreros mediante su cooperativa, habían asumido a fines de 1996 el control de la empresa mediante obtener el 56% de las acciones por cesión de los anteriores accionistas, ante el total abandono que éstos hicieron de la empresa, dejándola sin faena, sin capital de trabajo y sin libros de comercio o documentación legal de ningún tipo. Como resultado de esa gestión a partir de 1997 la empresa había regularizado su funcionamiento operativo y administrativo, con un nuevo directorio integrado exclusivamente por los obreros, celebrado asambleas y confeccionado los balances correspondientes. Durante los tres últimos años la empresa se desarrolló activamente ocupando en 1999 el primer lugar entre todas las plantas de faena del país por cantidad de animales faenados. El mantenimiento en actividad de
la planta de Yaguané es vital para la economía de la zona y para mantener más
de cuatrocientos puestos de trabajo en una de las áreas más castigadas por la
recesión y el desempleo de Merece destacarse por otra parte la labor de sus obreros, que centraron sus esfuerzos no en quejas, sino en la búsqueda de soluciones reales sobre la base de su iniciativa, trabajo, sacrificio y capacidad comercial, lo que constituye un ejemplo para todo el país y merece el mayor de los apoyos colaborando con las políticas implementadas en ese sentido por el Estado provincial. Por otra parte de las constancias
del expediente 080-003509/97, el informe que allí presentara la firma
"Peña, Freytes y Asociados", auditores
designados por el Ministerio de Economía de Además la norma del artículo 4, inc. b) II del Decreto 686/98 asegura que las acciones de la empresa anteriores a la capitalización deben perder totalmente su valor al reducirse a cero el capital social, de manera que la capitalización no pueda resultar en beneficio alguno para los anteriores accionistas que quedan totalmente desvinculados, convirtiendo a los acreedores en titulares de la totalidad del capital accionario. Que esto ya ha sido implementado por la asamblea realizada el 29 de octubre de 1999. Por ello entonces consideramos
conveniente a los intereses de |