DECRETO 33/18

 

LA PLATA, 24 de enero de 2018.

 

Referencia: Expediente N° 2319-24461/16 y agregado.

 

VISTO el expediente Nº 2319-24461/16 y agregado, el Decreto N° 944/17 E, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a través del Decreto N° 944/17 E se autorizó el llamado a Licitación Pública para la contratación de un servicio integral para los Casinos Oficiales Central de Mar del Plata, Casino Anexo III de Mar del Plata (Hotel Hermitage), Casino de Miramar, Casino de Monte Hermoso, Casino de Pinamar, Casino de Tigre y Casino de Tandil, por un período de veinte (20) años contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, con posibilidad de prórroga de un (1) año adicional;

 

Que mediante el Anexo IV del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas contenidos en el documento GEDO N° PLIEG-2017-05863125- GDEBA-DJLIPLYC, se determinó la rentabilidad correspondiente al año 2017 de las Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas en los Casinos Oficiales;

 

Que, con posterioridad a la publicación del referido acto administrativo en el Boletín Oficial, se advirtió un error material en dicho Anexo IV;

 

Que atento las previsiones del artículo 115 del Decreto-Ley N° 7647/70, corresponde rectificar el artículo 2° del Decreto N° 944/17 E;

 

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

 

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Rectificar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 944/17 E, por el contenido en el documento GEDO N° PLIEG-2018-00491557-GDEBA-DJLIPLYC, que regirá el llamado a Licitación Pública efectuada mediante la norma citada precedentemente.

 

ARTÍCULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

ARTÍCULO 3°: Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Federico Salvai                                                        María Eugenia Vidal

Ministro de Jefatura de                                             Gobernadora

Gabinete de Ministros

 

NOTA: El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas del presente Decreto puede ser consultado en nuestro Sitio Web en su versión PDF.