DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
DECRETO 1504
La Plata, 12 de Julio de 2004
VISTO el expediente nº 2410/21760 de 1946 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, mediante el cual se gestiona la situación dominial del inmueble ubicado en el partido de Dolores, afectado a la apertura del camino de Dolores al Costanero Sud, denominado actualmente R.P. nº 63; y
CONSIDERANDO:
Que de lo actuado surge
que el inmueble en cuestión fue cedido el 25 de Agosto de 1945 por su entonces
propietario, don Cirilo Sereno, a favor de la Dirección de Vialidad (fs. 1),
produciéndose la desposesión del mismo con fecha 24 de Octubre 1947 (fs. 6);
Que ante la situación expuesta y dado que la citada repartición provincial ha
contado con la posesión pacifica e ininterrumpida del bien desde la fecha del
acto de desposesión, estima pertinente encuadrar la presente gestión en la Ley
21.477 modificada por su similar 24.320 (artículo 2º);
Que analizada la documentación que obra en el presente, se ve claramente que se
han cumplido con los recaudos exigidos por el articulo 4015º del Código Civil
mediante el ejercicio de actos posesorios en forma continua durante mas de 20
años con el animo de tener la cosa para si;
Que por lo expuesto corresponde declarar la prescripción adquisitiva del
inmueble en cuestión a favor del Fisco Provincial y dar la correspondiente
intervención a la Escribanía General de Gobierno;
Que a fs. 29 y vta. Toma intervención la contaduría General de la Provincia;
Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs.
28) y la vista del señor Fiscal de Estado (fs. 30), procede que el dictado del
pertinente acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1º. Declárase operada la prescripción adquisitiva del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del inmueble ubicado en el partido de Dolores, identificado catastralmente como: Circunscripción I Sección B, Manzana 106 b, Parcela 2, Inscripción de dominio: Matrícula 6.074, Plano de Mensura 29 – 000008 – 2003, Polígono A – B – C – D – F – A Superficie 2.919,82 m2 , actualmente R.P. nº 63.
ARTICULO 2º. Dése intervención a la Escribanía General de Gobierno, a fin de que se sirva otorgar los actos notariales pertinentes.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por el seño Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
ARTICULO 4º. Regístrese, notifíquese al Señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos (Dirección de Vialidad) para su conocimiento y fines pertinentes.
SOLA
R. Magnanini