LEY 15072

 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase sitio histórico definitivamente incorporado al patrimonio cultural de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley N° 10419 al predio en que ocurrieron los fusilamientos de José León Suárez, durante la madrugada de los días 9 y 10 de junio de 1956, identificado catastralmente como circunscripción III Sección C, Fracción 61 parcela 2G (Partida 416) ubicado en la avenida 9 de Julio entre avenidas Brig. Juan Manuel de Rosas y Sáenz Peña, en la localidad de José León Suárez, partido de General San Martín.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.