DECRETO 1960/09

 

LA PLATA, 1 de octubre de 2009.

 

VISTO el expediente Nº 4119-6544/06, mediante el cual la Municipalidad de Vicente López modifica el Código de Ordenamiento Urbano vigente en el partido por Ordenanza Nº 14509/00 y sus modificatorias; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la Ordenanza Nº 24363/06 y su Decreto Promulgatorio Nº 4636/06, obrante a fojas 26/30 y 31 respectivamente, se crea la Zona de Urbanización Determinada U28, asignando indicadores y usos, para la construcción de un barrio de viviendas de interés social en el Barrio Las Flores, a ejecutarse en etapas, en el marco del Subprograma para villas y asentamientos precarios del Plan Federal de Viviendas;

 

Que por Ordenanza Nº 25701/07, y su Decreto Promulgatorio Nº 3490/07, obrante a fojas 236/238 y 239 respectivamente, modificatoria de su similar Nº 24363, se rectifican los límites de la Zona U28, desafectando predios de la actual zonificación U6 y R3 y previendo incluir predios sujetos a expropiación por Ley Nº 10909, tramitándose los juicios iniciados por la Provincia ante el Juzgado de San Isidro;

 

Que se adjuntan planos de mensura 110-37-06 y 110-32-98 (citados en el artículo primero de la Ordenanza Nº 25701/07) cuyos propietarios serían el Instituto Provincial de la Vivienda y la Municipalidad de Vicente López respectivamente;

 

Que los instrumentos normativos pretenden dar solución habitacional a más de 1000 familias carenciadas del Partido de Vicente López;

 

Que la Dirección de Gestión Urbana a fojas 110/110 vta. y 223, luego de hacer un análisis de la documentación incorporada al expediente, se expide favorablemente;

 

Que se expidió el Departamento de Planeamiento Estratégico a fojas 231, indicando que la propuesta se ajusta al marco normativo del Decreto-Ley Nº 8912/77, se encuentra avalada por el Municipio y por la Dirección de Gestión Urbana, por lo que correspondería propiciar la aprobación por parte del Poder Ejecutivo, criterio compartido por la Dirección de Investigación y Desarrollo Regional y la Dirección Provincial de Desarrollo Regional a fojas 246 y 247, respectivamente;

 

Que a fojas 234/234 vta. la Asesoría General de Gobierno se expidió en sentido favorable;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O. por Decreto Nº 3389/87) y modificatorios;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar la propuesta presentada por la Municipalidad de Vicente López por la que se modifica el Código de Ordenamiento Urbano vigente en el partido, instrumentada mediante Ordenanza Nº 24363/06 y su modificatoria Nº 25701/07, promulgadas por Decretos Nº 4636/06 y Nº 3490/07, respectivamente, que forman parte integrante del presente Decreto como Anexo Único compuesto de 10 fojas, bajo la exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos intervinientes.

 

ARTÍCULO 2º. Dejar establecido que la presente convalidación exige el cumplimiento de los artículos 37, 56, 62 y 63 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O. por Decreto Nº 3389/87), y modificatorios, en materia de cesiones e infraestructura de servicios y densidades, debiendo el Municipio fiscalizar y certificar la aprobación de las obras complementarias de redes externas de conexión del conjunto habitacional que deberán ser materializados en forma previa a la aprobación del plano de subdivisión y/o materialización del uso.

 

ARTÍCULO 3º. Excluir de la aprobación del presente Decreto los artículos 8 a 12 de la Ordenanza Nº 24636/06, por ser materia ajena a lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O. por Decreto Nº 3389/87) y modificatorios.

 

ARTÍCULO 4º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido archivar.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.

 

Eduardo Oscar Camaño                                         Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Gobierno                                                Gobernador