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Fundamentos de la Ley 13146
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Sin lugar a duda, la situación de emergencia que vivió nuestra sociedad a partir del período diciembre de 2001 – febrero de 2002, originó por parte de esta Honorable Legislatura la necesidad de dotar con una herramienta idónea a todos los municipios de la provincia de Buenos Aires para dar solución inmediata y urgente a las necesidades de la población permitiendo adquirir alimentos y medicamentos destinados a ser utilizados en programas sociales, de educación y salud.
Por estos motivos se sancionó la Ley 12.881 modificando el artículo 151 de la Ley Orgánica de la Municipalidades (L. O. M. ) que fuera dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil dos, siendo promulgada el veintisiete de mayo del mismo año, por el término de noventa días.
Posteriormente esta Honorable Cámara sancionó la Ley 13.033 a los cinco días del mes de marzo de dos mil tres, siendo publicada el once de mayo del mismo año por el término de ciento ochenta días.
El presente proyecto pretende prorrogar la vigencia de las mencionadas normas que han demostrado ser un instrumento jurídico eficaz motivo por el cual solicito el acompañamiento de mis pares.
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