LEY 3898

 

Construcción de dos pabellones en el hospital de Las Flores.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- El Poder Ejecutivo llamará a licitación para construir dos pabellones en el Hospital de Beneficencia de la ciudad de Las Flores, de acuerdo con el plano levantado por la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia, destinados a Sala de Maternidad y de Niños.

 

ARTÍCULO 2.- Presupuestada esta obra en la suma de cincuenta y siete mil doscientos sesenta y tres pesos con treinta y un centavos, ($ 57.363.31m/n), esta cantidad será incluida para ese fin en el próximo presupuesto general de gastos.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.