DECRETO 3706/94
LA PLATA, 22 de NOVIEMBRE de 1994.
VISTO la Ley 11175, vigente desde el 11 de Diciembre de 1991 por la cual se fijan las competencias de cada Ministerio; el Decreto 18 del 13 de Diciembre de 1991, en el cual se determinan las características de las Estructuras Organizativas de las Áreas de Gobierno; el Decreto 25/91, en el que se fijan los objetivos y las metas del Ministerio de la Producción; el Decreto 3803/93 por el cual se crea la Corporación de Fomento del Delta Bonaerense y el Decreto 2275/94 que incorpora a dicho Organismo al Presupuesto General de la Provincia de Buenos Aires, y;
OONSIDERANDO:
Que dicha Corporación tiene la finalidad de fomentar el desarrollo integral del Delta Bonaerense;
Que es necesario proceder a implementar dentro de los plazos establecidos el desarrollo operativo-funcional de las competencias determinadas para el Ministerio de la Producción, en relación a la Corporación de Fomento del Delta Bonaerense (COR.FO.DELTA);
Que el Consejo Asesor de la Reforma de Estado y Procedimientos Administrativos ha tomado la intervención que le compete, procediendo a evaluar y consensuar con la Corporación en cuestión la adecuación del proyecto presentado, prestando su conformidad al mismo, de acuerdo al artículo 9º del Decreto 18/91;
Que dicho proyecto otorga a ese Organismo orden y operatividad estructural manteniendo la austeridad impuesta por la reforma que se está implementando y en concordancia con las pautas fijadas por la actual gestión de Gobierno;
Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 28 y complementarios de la Ley 11175;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Estructura Organizativa de la Corporación de Fomento del Delta Bonaerense, dependiente del Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo al Organigrama, Metas, Acciones, Tareas y Financiamiento que, como Anexos I, II, III, IV y V, forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2.- Determínase para el ámbito de la Corporación de Fomento del Delta Bonaerense de la Provincia de Buenos Aires, los siguientes cargos: Gerente General de Coordinación equivalente al cargo de Director Provincial; Gerente Administrativo-Contable y Gerente Técnico ambos equiparados al cargo de Director; Jefe del Departamento de Auditoría Interna y Control de Gestión; Jefe del Departamento Contabilidad y Servicios Auxiliares; Jefe del Departamento Tesorería y Recursos Especiales; Jefe del Departamento Servicios Técnico-Administrativos; Jefe del Departamento Coordinación de Proyectos y Jefe del Departamento Financiero, todos ellos pertenecientes a la Ley 10430.
ARTÍCULO 3.- La Corporación de Fomento del Delta Bonaerense procederá a aprobar a través del Ministerio de la Producción, previa intervención de la Subsecretaría de Finanzas y de la Dirección Provincial del Personal de la Provincia, las "Plantas Globales del Personal por Agrupamientos", "Plantas de Personal Permanente con Estabilidad por Categorías", "Redesignación de los Agentes en dichas Plantas" y "Asignación de Tareas", todo ello en concordancia con la Estructura aprobada en los términos del Decreto 18/91, el Decreto 1559/92 y demás normativa vigente, en un plazo no mayor a los treinta (30) días corridos a la aprobación del presente Decreto, debiendo comunicar en forma fehaciente dicho acto al Consejo Asesor de la Reforma del Estado y Procedimientos Administrativos dentro de los quince (15) días de producido el mismo.
ARTÍCULO 4.- Déjase establecido que el gasto presupuestario que demande el funcionamiento de la Estructura aprobada será atendido a través de las partidas presupuestarias aprobadas para la Jurisdicción, efectuándose las adecuaciones correspondientes.
ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de la Producción.
ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al "Boletín Oficial" y archívese.
ANEXO II
METAS DE LA GERENCIA GENERAL DE COORDINACION
1. Organizar la coordinación global de las políticas, programas y procedimientos, con el fin de propender al crecimiento integral del territorio bajo jurisdicción del organismo, estimulando la activa participación del sector privado y de las instituciones intermedias de productores, tendiendo, asimismo, a preservar el medio ambiente, coordinando pautas y criterios con el Instituto Provincial del Medio Ambiente.
2. Planificar, programar y fiscalizar las actividades necesarias para efectuar el relevamiento topográfico y edafológico de la zona, a fin de elaborar el mapa de potencialidades que permita el cumplimiento de los objetivos fijados para la Corporación, compatibilizando con otros organismos competentes, la explotación de los recursos naturales propios.
3. Coordinar, organizar y concertar con el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, las obras de dragado, de electrificación y demás infraestructura, que surjan necesarias para el desarrollo productivo, económico y financiero del Delta Bonaerense como, asimismo, intervenir en la determinación de las conveniencias de instalación de plantas industriales, de establecimientos de explotación comercial y en el desarrollo de nuevos medios de transporte que viabilicen los cometidos asignados al organismo.
4. Planificar y organizar el fomento de los asentamientos poblacionales requeridos, como consecuencia de la aplicación y desenvolvimiento de los planes y programas que generen demanda laboral como, así también, coordinar y programar los cursos de acción necesarios para intensificar la explotación económico-financiero-productiva de las riquezas forestales, fruti-hortícolas y los emprendimientos turísticos acordes a las potencialidades de la zona.
5. Coordinar y concertar convenios, obtención de créditos y toda otra forma que contribuya a la concreción de los objetivos fijados, ya sea a través de la participación de entidades oficiales o privadas del orden internacional, nacional o provincial y de acuerdo a las normas y determinaciones vigentes en la materia.
6. Atender las cuestiones que hacen a la administración financiera, patrimonial, de recursos humanos y de apoyo administrativo y organizativo en su Jurisdicción.
ANEXO III
ACCIONES DE LAS GERENCIAS
• GERENCIA ADMINISTRATIVO-CONTABLE
l. Programar, ejecutar e intervenir en todo acto administrativo inherente a la gestión contable, económica y financiera en el ámbito de competencia del organismo; elaborar el proyecto de presupuesto anual y controlar su ejecución realizando los ajustes contables necesarios, como así también, confeccionar el Balance General de acuerdo a las normas correspondientes a su naturaleza jurídica estatal.
2. Elaborar los programas y procedimientos relacionados con las actividades inherentes al control y gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores tendientes a garantizar la correcta administración de los mismos, de acuerdo a las normativas y reglamentaciones vigentes, disponiendo la registración de su movimiento y la rendición de cuentas documentada con el detalle de la percepción de dichos fondos y valores conforme a dichas normas.
3. Administrar, ejecutar, supervisar y controlar toda acción relacionada con el registro de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares necesarios para el buen funcionamiento de la jurisdicción como, así también, organizar, controlar y gestionar las acciones vinculadas a compras, contrataciones, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas con su competencia.
4. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el debido control de la asistencia, confección y actualización de legajos y demás actividades vinculadas al tema.
5. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico administrativo a todas las dependencias del organismo, diligenciando las actividades propias a la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo y atender y organizar el despacho administrativo y controlar el cumplimiento de las reglamentaciones relacionadas con los procedimientos y diligenciamiento de los actos administrativos y contables.
6. Planificar en conjunción con las áreas usuarias, el proyecto y los sistemas de computación necesarios para el funcionamiento eficaz y eficiente del organismo, como así también proveer los mismos.
• GERENCIA TECNICA
l. Estudiar y elaborar las propuestas para el desarrollo del Delta a partir de los objetivos y políticas fijados, cumpliendo con las prioridades que fueren definidas por áreas y sectores, monitoreando los resultados obtenidos y proponiendo los ajustes que resulten necesarios.
2. Proponer y desarrollar programas destinados a incentivar la iniciativa privada en la zona buscando maximizar las inversiones en programas de actividades productivas, comerciales, inmobiliarias y turísticas y otras que propendan al desarrollo del Delta.
3. Programar y ejecutar acciones que permitan acrecentar y mejorar la infraestructura física que sirva de apoyo a las diversas actividades que se desarrollen en la zona.
4. Coordinar y concertar criterios, pautas y acciones generales, en cuanto a información catastral, cartográfica, uso y tenencia de tierra, regímenes hídricos, pluviales, acuíferos, salinidad de los suelos, zonas productivas desde el punto de vista frutihortícola y agrícola-ganadera, cordones industriales, puertos deportivos y comerciales, corrientes turísticas, datos poblacionales, comunicaciones, oferta energética, educación y salud, cobertura de seguridad y defensa, oferta laboral y demás necesarios para una eficiente y eficaz concreción de los objetivos del organismo.
5. Atender todas las actividades relacionadas con la obtención de créditos al organismo, a particulares, consorcios y otras entidades y empresas instaladas en la jurisdicción, para fomentar la actividad económica regional.
6. Controlar la ejecución en tiempo y forma de las obligaciones emergentes de los contratos, en los que sea parte el Organismo.
ANEXO IV
TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS Y DE LAS DIVISIONES
*DIRECTORIO
• DEPARTAMENTO AUDITORIA INTERNA y CONTROL DE GESTION
1. Satisfacer las necesidades de información y asesoramiento que le sean requeridos, sobre el desarrollo de las operaciones del organismo, a partir de los datos obtenidos en función del control y la información generada por el sistema de control interno.
2. Efectuar los controles relacionados con la protección de los activos y la veracidad de los registros contables, controles físicos y custodia de los activos, sistemas de autorización y aprobación, separación de funciones de registración y operación.
3. Analizar, programar, proponer e implementar las acciones necesarias a fin de llevar a cabo, con la periodicidad que determine el Directorio, las auditorías internas relacionadas con las operaciones administrativo-contables en las dependencias de la jurisdicción.
4. Elaborar los informes técnicos y dictámenes que en materia contable o de gestión, se soliciten o surjan como resultado de las auditorías practicadas.
5. Asistir y participar en las aperturas de los actos licitatorios.
* GERENCIA ADMINISTRATIVO-CONTABLE
• DEPARTAMENTO CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
1. Coordinar e implementar las actividades administrativo-contables necesarias para la gestión económico-financiera de la jurisdicción.
2. Intervenir en forma directa en la gestión previa y en la ejecución de toda compra o venta ejerciendo los controles y fiscalización pertinentes, como así también, en la ejecución de los contratos.
3. Confeccionar el proyecto de presupuesto del organismo, en base a las normas que dicte el organismo específico y las directivas impartidas por la superioridad, como así también ejecutar la registración de las distintas etapas de ejecución, la determinación de residuos pasivos, deuda exigible y su posterior seguimiento.
4. Recibir y liquidar para su pago, conforme la legislación vigente, la documentación sobre suministros y contrataciones, remuneraciones al personal, viáticos, movilidad y demás gastos.
5. Centralizar y fiscalizar la gestión patrimonial de las diversas dependencias del ente, manteniendo el registro de todos los bienes que constituyen su patrimonio y confeccionar los inventarios en las épocas y modos fijados por las disposiciones vigentes.
6. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias de la jurisdicción.
7. Registrar los movimientos del organismo, de acuerdo al plan de cuentas elaborado y confeccionar el Balance General al cierre de cada ejercicio, de acuerdo a las normas vigentes para sociedades comerciales.
• DEPARTAMENTO TESORERIA Y RECURSOS ESPECIALES
1. Organizar y efectuar las tareas inherentes a la gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores, de la jurisdicción, disponiendo el depósito en cuentas fiscales.
2. Administrar los fondos y valores ejerciendo la verificación de la documentación correspondiente a ingresos y egresos, administrar la caja chica y el fondo permanente.
3. Realizar el resumen del movimiento diario de fondos y mantener actualizadas y controladas las bajas y altas de documentos en garantía.
4. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y pagos, manteniendo informado al Departamento de Contabilidad y Servicios Auxiliares, sobre las operaciones de ingresos y egresos.
5. Efectuar los pagos, con sujeción a las normas legales vigentes.
• DEPARTAMENTO SERVICIOS TECNICO-ADMINISTRATIVOS
1. Coordinar e implementar los actos administrativos necesarios a la atención del despacho del organismo, elaborando y proponiendo los anteproyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios y otros actos inherentes a la gestión, verificando el estricto cumplimiento de las normas legales de aplicación.
2. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de los recursos humanos asignados a la jurisdicción, de acuerdo a las normativas, reglamentaciones y disposiciones determinadas para el sector, ejerciendo el contralor de la asistencia, confección y actualización de legajos del personal y demás actividades vinculadas al tema.
3. Organizar, implementar y controlar el debido registro y protocolización, de los actos administrativos que se dicten como, así también, organizar y fiscalizar las tareas de la mesa de entradas, el registro de actuaciones que ingresan y egresan de la jurisdicción y el movimiento interno de las mismas y su archivo.
4. Planificar e implementar la actualización y funcionamiento de los Sistemas de Informática necesarios, para las gestiones propias de la jurisdicción, coordinando y supervisando el flujo de información entre las distintas áreas. Asesorar y elaborar informes técnicos previos a toda contratación. Coordinar las actividades de planificación y producción en el área informática entre la corporación y las sociedades comerciales en las que tenga participación.
* GERENCIA TECNICA
• DEPARTAMENTO COORDINACION DE PROYECTOS
1. Recopilar información técnica, cartográfica y catastral. Coordinar el relevamiento hídrico y de vías navegables, como así también efectuar determinaciones analíticas de suelos y agua y en todo tema referente al área.
2. Estudiar y proponer la aplicación de normas urbanísticas y de industrialización en las distintas secciones del Delta Bonaerense.
3. Ejecutar las tareas inherentes a la obtención de información referente a datos poblacionales, programas médico-asistenciales, oferta educativa, cobertura de seguridad y defensa, telecomunicaciones, interconexión energética y demás que se le requiera.
4. Elaborar y evaluar proyectos en su aspecto técnico destinados al fomento y desarrollo de las actividades de la zona, coordinando las acciones con otras áreas, proponiendo los modelos y equipos operativos que los ejecutarán.
5. Relacionarse con instituciones y organismos para la identificación de las limitantes al desarrollo, instrumentando acciones que permitan superarlas a través de formas asociativas y eficaces.
6. Implementar las actividades tendientes a realizar el relevamiento de las actuales y anteriores actividades industriales en la zona, para conformar con empresas de capacidad comercial, asociaciones tendientes a la promoción de las actividades factibles de realizar.
7. Realizar estudios de producción en las actividades florícolas, frutícolas, hortícolas, forestales y de la flora y fauna en general del Delta y en toda materia referente al área que se le requiera.
8. Elaborar y evaluar la factibilidad de programas para la producción, transformación y comercialización de especies de la fauna y flora del Delta, coordinando pautas y acciones con organismos nacionales, provinciales, internacionales, públicos y privados.
9. Implementar actividades tendientes al análisis de la factibilidad de emprendimientos turísticos en la zona del Delta Bonaerense.
• DEPARTAMENTO FINANCIERO
1. Analizar la factibilidad económico-financiera de los proyectos de obras, servicios y otros que se propicien para el desarrollo de la región.
2. Evaluar costo-beneficio en los proyectos que se elaboren en los departamentos técnicos específicos.
3. Organizar un banco de datos sobre información de oferta crediticia provincial, nacional, internacional, pública o privada.
4. Asesorar en los aspectos patrimoniales, económicos y financieros en la etapa de selección de los postulantes para la realización de los proyectos.