DECRETO 1792/94

 

 

LA PLATA, 5 de julio de 1994.

 

VISTO el expediente 2300-4031/94, Alcance 1, por el cual se propicia la aprobación de una enmienda al Convenio Marco del Programa (Contrato de Agente de Valores), firmado el 8 de Abril de 1994 en relación con la implementación del Programa de Emisión de Bonos e Inversión de la Provincia de Buenos Aires; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 11513 aprobó el modelo básico de dicho Convenio, y autorizó al Poder Ejecutivo a realizar todas aquellas modificaciones necesarias o convenientes, sin alterar sus aspectos sustanciales;

 

Que en tal virtud, el Decreto 715/94 aprobó cambios de forma convenidos entre las partes, y facultó al señor Ministro de Economía y/o Subsecretario de Finanzas a firmar el referido  Convenio en nombre y representación de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que posteriormente al dictado del referido Decreto, los Agentes de Valores propusieron dos modificaciones de forma adicionales;

 

Que dichas modificaciones sólo apuntan a facilitar la comercialización de los Bonos, sin implicar perjuicio alguno para la Provincia;

 

Que en tal entender, el señor Ministro de Economía suscribió estas modificaciones, por lo que se hace necesario su ratificación por el Poder Ejecutivo en virtud de lo dispuesto por la Ley 11513;

 

Que a fs. 23 y su vuelta se ha expedido favorablemente el señor Asesor General de Gobierno;

 

Por ello,

             

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

DECRETA:

 

 

ARTÍCULO 1.- Ratifícase la “Enmienda al Convenio Marco del Programa”, suscripta por el señor Ministro de Economía de la Provincia de Buenos Aires con fecha 8 de Abril de 1994, cuya copia, en idioma inglés y traducción certificada al español, integra el presente como Anexo I.

 

 ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía. 

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al "Boletín Oficial", pase al Ministerio de Economía, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Honorable Tribunal de Cuentas para su conocimiento y archívese.

 

 

DUHALDE

 

J. L. Remes Lenicov

 

 

 Nota: Los Anexos podrán ser consultados en nuestro sitio web, en su versión PDF.