Fundamentos de la Ley 13705

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se procura ratificar el convenio suscrito con fecha 8 de febrero de 2007 entre la Nación y la provincia de Buenos Aires, aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo 1.021/07, por el cual se acuerdan las condiciones para iniciar el proceso de transferencia al Estado nacional de los servicios ferroviarios que oportunamente fueron concesionados a la provincia de Buenos Aires, en el marco de los Decretos Nacionales 1.168/92 y 770/93.

Por el citado convenio se constituye una Unidad Operativa de Transferencia con representantes nacionales y provinciales para que en el lapso de ciento ochenta (180) días, plazo que puede ser ampliado, se efectúen inventarios, estados patrimoniales, programas de mantenimiento, relevamiento de personal y toda otra acción que resulte conducente.

Asimismo se acuerda fijar mecanismos aptos para crear una Unidad de Gestión Operativa, comprometiéndose la Nación a aportar el presupuesto necesario para garantizar la operación de los servicios y a no suprimir ninguno de los ramales que se encuentran consignados en el convenio.

Que se garantizan las condiciones laborales del personal que integra la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario provincial, comprometiéndose asimismo las partes a obtener las ratificaciones pertinentes en el marco de sus respectivas jurisdicciones.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.