LEY 8344

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a incrementar en hasta quinientos (500) los cargos fijados por la Ley 8167, a efectos de posibilitar la designación en el Escalafón de Suboficiales y Tropa de Seguridad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, por un costo de cuatro millones novecientos sesenta y cinco mil setecientos treinta y seis pesos ($ 4.965.736,00).

 

ARTÍCULO 2.- Establécese que los ajustes y adecuaciones pre­supuestarias inherentes al cumplimiento de la presente Ley, estarán exceptuados de las determinaciones de los artículos 10 y 11 de la Ley 8167.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.