DECRETO 2332/96
VISTO
la sanción de
CONSIDERANDO:
Que,
por Decreto 135/96 se aprueba la estructura organizativa del Ministerio de
Asuntos Agrarios delimitándose las competencias que estaban atribuidas al ex
Ministerio de
Que,
de la propuesta efectuada por el Ministerio de
Que, se conviene en esta instancia la aprobación de la estructura organizativa centralizada del citado Ministerio, dejando para una segunda etapa la reorganización de los organismos descentralizados;
Que,
con relación al Instituto Provincial del Empleo se modifica su dependencia,
incorporándoselo como responsable
ejecutivo de los objetivos a desarrollar y cumplir por
Que, en consecuencia se impone la aprobación de una estructura organizativa ágil y eficiente de las áreas, centralizadas, que le permita ejercer y cumplir sus cometidos con eficacia, así como la definición de los cargos que a ese efecto resulten;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Apruébase en el
ámbito del Ministerio de
ARTÍCULO 2º: Determínanse para
la estructura organizativa centralizada aprobada precedentemente los siguientes
cargos: Subsecretario de Industria, Comercio y Minería, Subsecretario de
Turismo, Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales, Responsable
del Programa de Relaciones Institucionales equiparado al cargo de Director
Provincial, Responsable del Programa de Coordinación General de Sectores
Productivos equiparado al cargo de Director Provincial, Director General de
Administración, Director Provincial de Comercio Interior, Director Provincial
de Desarrollo y Promoción Industrial, Director Provincial de Minería, Director
Provincial de Turismo, Director Provincial de Relaciones Económicas
Internacionales, Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares, Director de
Personal, Director de Servicios Técnico-Administrativos, Director de Análisis y
Contralor Comercial, Director de Política Comercial, Director de Desarrollo
Industrial, Director de Promoción Industrial, Director de Geología y Minería,
Director de Coordinación Técnica Turística, Director de Promoción y Servicios,
Director de Integración Regional y Cooperación Internacional, Director de
Desarrollo de Exportaciones, Subdirector de Contabilidad, Subdirector de
Servicios Auxiliares, Subdirector de Personal, Subdirector de Desarrollo de
Sectores Productivos, Subdirector de Radicación Industrial, Subdirector de
Promoción Industrial, Jefe del Departamento Auditoria, Jefe del Departamento
Contabilidad, Jefe del Departamento Tesorería, Jefe del Departamento
Presupuesto, Jefe del Departamento Liquidación de Otras Erogaciones, Jefe de1
Departamento Contrataciones, Compras y Suministros, Jefe del
Departamento Liquidación de Haberes, Jefe del Departamento Registro
Patrimonial, Jefe del Departamento Mantenimiento, Jefe del Departamento
Talleres y Servicios, Jefe del Departamento Automotores, Jefe del Departamento
Laborales, Jefe del Departamento Estructuras y Planteles Básicos, Jefe del
Departamento Capacitación. Jefe del Departamento Control de Asistencia, Jefe
del Departamento Legajos y Ficheros, Jefe del Departamento Despacho y
Protocolización, Jefe del Departamento Mesa General de Entradas, Jefe del
Departamento Informática, Jefe del Departamento Administrativo de
ARTÍCULO 3º: Limítanse las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que aprueba el presente decreto. A esos fines, y en relación al personal con estabilidad la limitación que se dispone deberá ajustarse al régimen estatutario que resulte aplicable.
ARTÍCULO 4º: Asígnase
al Instituto Provincial del Empleo (I.P.E.) la
responsabilidad ejecutiva de los programas de empleo que determina el Decreto
2.727/95 de creación de
ARTÍCULO 5º: Sin perjuicio de
las acciones atribuidas a los Programas definidos en el Anexo IV, y de lo
dispuesto en el artículo precedente, el titular de
ARTÍCULO 6º: Las unidades orgánicas del área de personal adecuarán su funcionamiento a las disposiciones del Decreto 4015/93.
ARTÍCULO 7º: El Ministerio de Economía, efectuará las adecuaciones presupuestarias que fueren necesarias para el cumplimiento del presente decreto.
ARTÍCULO 8º: A partir del presente regirá el plazo establecido en el artículo 3° del Decreto 135/96.
ARTÍCULO 9º: El presente Decreto
será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de
ARTÍCULO 10: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, y archívese.
DUHALDE
R. Citara
C. R. Brown
J. L. Remes Lenicov
ANEXO I
ANEXO II
OBJETIVOS DE LAS SUBSECRETARÍAS
MINISTERIO DE
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
1. Planificar, programar y proyectar la promoción y desarrollo de las actividades industriales de comercio y explotación minera en todo el ámbito de la provincia, asegurando la adecuada implementación de las políticas de inversión determinadas para el sector.
2. Organizar y coordinar los análisis y estudios necesarios a la promoción y desarrollo industrial y del comercio interior, proponiendo pautas y acciones tendientes al logro de su cometido teniendo en miras la importancia del fomento en las inversiones en todo el ámbito de la provincia, en especial aquella vinculada con la pequeña y mediana industria.
3. Coordinar, organizar y programar los análisis tendientes a facilitar el desarrollo industrial, comercial y minero, proponiendo y promoviendo la desregulación y agilización de dichas actividades en orden a facilitar su expansión. y ampliación a fin de aumentar sus capacidades productivas y la inserción de sus productos tanto en el mercado interno como externo en óptimas condiciones competitivas.
4. Programar y proyectar las actividades de sus áreas al mejoramiento de los regímenes de promoción industrial, comercial y minera, a fin de transformar a la provincia en todas sus regiones, en un óptimo ámbito para el asentamiento de nuevos emprendimientos industriales en los rubros tradicionales y no tradicionales, la expansión comercial y el desarrollo de la explotación minera, promoviendo, proponiendo e interviniendo en los regímenes de concesiones y licitaciones.
5. Organizar y coordinar los análisis e investigaciones
tendientes al mejor conocimiento y aprovechamiento de las capacidades
geológicas del suelo y subsuelo e impulsar el fomento y expansión de las actividades
económico-productivas proveniente de los mismos, así también, aquellos
referidos a la prospección, evaluación, promoción., extracción,
comercialización e industrialización de producción de la minería y yacimientos
en general, coordinando pautas y acciones con los Organismos competentes de
6. Intervenir en todas las actividades relacionadas con la expansión, reglamentación, control y fomento del comercio interior como, así también, participar en la elaboración y fijación de la política provincial de fletes y costos de transportes.
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
1. Promocionar y fomentar la expansión del Turismo en
todo el ámbito de
2. Asistir al Señor Ministro en todos los asuntos relacionados con la misión asignada.
3. Estudiar, organizar, promocionar y desarrollar las actividades relacionadas con el turismo, para procurar la maximización de los recursos dentro del marco de las políticas definidas por el Gobierno Provincial.
4. Difundir y promocionar los recursos de
5. Prever las medidas pertinentes para cubrir la información al turista y público en general.
6. Elaborar programas de actividades promocionales del turismo.
7. Elaborar el Plan de Desarrollo Turístico Provincial.
8. Representar al Organismo ante el Consejo Provincial de
Guardavidas y Seguridad de Playas y Natatorios de
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
1. Planificar, programar y proyectar las actividades necesarias a la promoción y desarrollo del comercio exterior, teniendo en miras el fomento de la producción en todas las áreas que son objeto su competencia.
2. Organizar y coordinar los análisis y estudios vinculados a la oferta potencial de los productos exportables, como asimismo, analizar las demandas y necesidades del mercado externo y las posibilidades de ser satisfechas por los productores provinciales.
3. Promover, auspiciar y participar en todos aquellos eventos tendientes al afianzamiento del comercio exterior, coordinando pautas y criterios con los organismos nacionales competentes en la materia y asegurando la mayor participación posible de los productos de la provincia en los programas generales de exportación.
4. Organizar y coordinar los análisis tendientes a facilitar la inserción de los productos provinciales en el mercado externo, promoviendo la desregulación de las exportaciones a fin de asegurar la participación de los mismos en óptimas condiciones competitivas como así también, proponer las modificaciones necesarias a la legislación vigente para el logro de sus cometidos, sin perjuicio de la participación y control fiscal imprescindible a la administración de Gobierno.
5. Organizar, implementar y mantener actualizado un registro provincial de productores con capacidad exportable discriminado por áreas de productos, capacidad real y potencial, calidad y demás condiciones que hagan a la oferta como asimismo difundir y promover la oferta exportable.
6. Proponer y elaborar los proyectos, planes y programas de cooperación internacional para el desarrollo económico provincial, evaluando las posibles líneas de crédito externo e inversiones.
7. Realizar los análisis técnico-económicos de los posibles convenios de cooperación internacional, elaborando los informes necesarios a la evaluación de los mismos y previos a su aprobación, concertando pautas y criterios y convocando la participación del Ministerio de Economía.
ANEXO III
METAS DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES Y GENERALES
MINISTERIO DE
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
1. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera en el ámbito del Ministerio, elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de las dependencias y organismos de la jurisdicción ministerial y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes.
2. Organizar,
controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores de las
Subsecretarías y Dependencias de
3. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento de la jurisdicción como, así también, organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras. contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.
4. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del personal el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el debido control de la asistencia, confección y archivo de legajos y demás actividades vinculadas al tema.
5. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico administrativo necesario a los organismos de la jurisdicción diligenciando las actividades propias a la mesa de entradas, salidas y archivo, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas y archivos de documentación, sistemas de informática, control y registro de redes y P.C., hardware y software, estructuras organizativas, plantas de personal, agrupamientos, asignación de espacios, elaboración de mapas e índices de telefonía y,.todo lo relacionado con los procedimientos y diligenciamiento de los actos administrativos.
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMERCIO INTERIOR
1. Organizar, coordinar y dirigir los análisis y estudios referidos al contralor de la comercialización de productos en el mercado interno, proponiendo y proyectando las modificaciones a las reglamentaciones existentes a fin de optimizar las tareas de fiscalización.
2. Organizar y mantener un registro ordenado de los mercados y canales de comercialización y distribución de bienes de consumo elaborando informes sobre su funcionamiento, administración, capacidad y otras características que contribuyan al conocimiento real del sector y proponer y proyectar modos de optimización.
3. Organizar e
implementar estadísticas sobre la comercialización en el ámbito provincial, determinando las
características de los productos que ingresan
y egresan de
4. Coordinar el ejercicio de las actividades de fiscalización y el buen desempeño de las mismas, como así también, el debido cumplimiento de las normativas vigentes en todas las actividades que hacen a la comercialización de productos, coordinando pautas y acciones con otros organismos provinciales, nacionales y municipales e informando y denunciando los desvíos detectados y dictando resoluciones en los casos de infracción.
5. Proponer y promover programas de educación y defensa del consumidor, ordenamiento comercial, metrología legal, abastecimiento, lealtad comercial, equilibrio de precios y demás formas que contribuyan a optimizar el desenvolvimiento del comercio interior, aplicando y controlando el desarrollo de los programas aprobados.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL
1. Organizar, analizar, proponer, dirigir y ejecutar las actividades conducentes a la elaboración y cumplimiento de los proyectos, planes y programas relacionados con la radicación, desarrollo y promoción del sector industrial, en general y de las pequeñas y medianas industrias en particular.
2. Coordinar e implementar las actividades de difusión de la promoción industrial, en todo el ámbito provincial, desarrollando tareas de asesoramiento e información.
3. Analizar, evaluar e informar sobre los planes y programas de desarrollo industrial, las regiones potencialmente aptas y la conveniencia de las inversiones en base a las demandas efectivas y potenciales de los mercados internos y externos.
4. Evaluar, analizar y difundir las necesidades y demandas que hacen a la expansión y asentamiento de la pequeña y mediana industria, e impulsar el desarrollo tecnológico del sector con el objeto de mejorar la competitividad y rentabilidad de las empresas.
5. Organizar y mantener actualizado un registro de industrias y empresas asentadas en la jurisdicción provincial, determinando las características de especialidad , capacidad de producción real y potencial, capacidad de mano de obra real y potencial, situación tecnológica y toda otra particularidad que contribuya al conocimiento fehaciente de las industrias y proveer la sistematización de dicha información.
6. Organizar y mantener actualizado el registro de beneficiarios de los regímenes de promoción, efectuado el seguimiento y control que específica la normativa legal.
7. Analizar, evaluar e informar los resultados alcanzados de la promoción industrial en las distintas regiones bonaerenses. Como así también, de las solicitudes de acogimiento a los regímenes de promoción industrial de los distintos sectores de la producción.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA
1.
2. 1. Proponer y diseñar las políticas, proyectos, planes y programas de desarrollo y preservación de los recursos geológicos y mineros.
3. 2. Evaluar los estudios de factibilidad técnico-económicos referidos a la actividad minera en el territorio bonaerense.
4. 3. Ejercer la autoridad minera provincial aplicando del código de minería de la nación y sus leyes y normativas complementarias.
5. 4. Promover el desarrollo tecnológico de las actividades mineras.
6.
5. Supervisar y controlar las explotaciones mineras
atemperando el posible impacto ambiental, en coordinación con
7. 6. Proveer estudios sobre los recursos minerales del territorio provincial.
8. 7. Proponer modificaciones a la normativa legal de aplicación.
9.
8. Representar a
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TURISMO
1. Promover y planificar las actividades vinculadas con el turismo, mediante la utilización de los recursos disponibles, dentro del marco de las políticas definidas por el Gobierno Provincial.
2. 2. Reglamentar, controlar y fiscalizar las políticas conducentes al desarrollo, promoción y prestación de los servicios de todas las actividades vinculadas con el turismo.
3. 3. Aplicar las normas legales vigentes.
4.
4. Dictar un sistema normativo que regule y actualice la
actividad turística de
5. 5. Implementar las acciones y medidas tendientes a preservar los atractivos turísticos y potenciales.
6. 6. Fomentar y promover la actividad recreativa.
7.
7. Elaborar el presupuesto anual de
8. 8. Disponer la afectación de recursos humanos.
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
1. Supervisar los estudios y elevar las propuestas a las autoridades competentes en el orden nacional y provincial, tendientes a la adopción de medidas que faciliten las tramitaciones y el transporte de exportación como así también la compatibilización de normas entre los países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
2. Proponer, implementar y evaluar programas tendientes a promover la participación de los sectores productivos e industriales de la provincia en el proceso de integración de sus pares de los países integrantes del Mercado Común del Sur.
3. Promover y generar alternativas de cooperación internacional para el desarrollo económico-social provincial.
4. Supervisar los estudios realizados sobre posibilidades de comercialización externa de productos bonaerenses, difundir los mismos entre los sectores interesados, acordando la implementación de los programas tendientes a lograr una mayor presencia en los mercados internacionales.
5. Brindar asesoramiento sobre comercio exterior y proponer e implementar programas de capacitación empresaria.
6. Difundir y organizar la participación oficial en misiones comerciales y encuentros empresariales.
ANEXO IV
RESPONSABILIDADES DE LOS PROGRAMAS
PROGRAMA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
1. Planificar, organizar, coordinar e implementar los sistemas de comunicación surgidos de las necesidades de interrelación con organismos, entes, institutos, asociaciones, cámaras .y demás entidades que representen al sector empresarial y productivo bonaerense.
2. Organizar, implementar y mantener
actualizado un registro informativo de entidades que representen al sector
empresarial, productivo y trabajador a nivel provincial, regional y municipal a
fin de poder instrumentar los mecanismos necesarios para la promoción y
divulgación de los programas, acciones, proyectos y actividades, que se
realizan en el Ministerio de
3. Supervisar e instrumentar los mecanismos necesarios para la promoción, divulgación y publicidad de los contenidos de los programas del organismo, coordinando acciones con la. Secretaría de Comunicación Social.
4. Desarrollar acciones y metodologías tendientes a facilitar el mantenimiento de los contactos y/o vínculos que fueran necesarios para posibilitar la firma de convenios, pactos, acuerdos, compromisos e instrumentos de cooperación, que faciliten la ejecución concertadas de programas y proyectos, intercambio de información y experiencias, canalizando y derivando peticiones, propuestas alternativas y vías de solución a las problemáticas del sector productivo bonaerense.
5. Programar, proponer e implementar los planes y programas referidos a la desregulación y descentralización productiva en todo el ámbito provincial, coordinando pautas y acciones comunes con organismos provinciales y nacionales, y elaborando las propuestas de modificación legislativa y normativa necesaria a su cometido.
6. Organizar y coordinar las actividades conducentes a la supervisión y fiscalización de los mercados de la producción, asegurando la libre competencia e intervenir en los casos de desvirtuación a través de la existencia de monopolios, oligopolios o toda otra forma de distorsión, proponiendo, elaborando y ejecutando las acciones necesarias para restablecer y mantener dicha libertad.
7. Programar, organizar y coordinar la recepción de demandas presentadas por parte de las entidades cooperativas y/o institutos, realizando las derivaciones que correspondan a las áreas y dependencias de esta jurisdicción Ministerial como así también la realización de un seguimiento de la tramitación y registro de los resultados obtenidos.
8. Atender las tareas relacionadas con la agenda de viajes, visitas y traslados de funcionarios del Ministerio.
9. Informar a los distintos organismos del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo y a las autoridades de las entidades que representen al sector productivo sobre eventos que organice y convoque el Ministerio a fin de lograr una participación efectiva.
10. Organizar y supervisar la asistencia a las autoridades en las áreas secretaría privada, audiencias, relaciones públicas, e interorgánicas, verificando el cumplimiento de las determinaciones fijadas para éstos temas.
11. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al programa.
PROGRAMA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SECTORES PRODUCTIVOS
1. Realizar el análisis y estudio de los distintos programas sectoriales a fin de conciliar y evaluar su compatibilización con los planes generales de producción y las políticas determinadas por el Poder Ejecutivo.
2. Elaborar los programas de coordinación general de necesidades y desarrollo armónico de los sectores productivos atendiendo la complementariedad e interrelación de los mismos.
3. Evaluar los planes generales de necesidades de inversión de las áreas productivas, proponiendo y elaborando los programas en concordancia con los distintos regímenes de fomento y promoción, contribuyendo a un desarrollo equitativo de los intereses que operan en el ámbito provincial.
4. Controlar y evaluar la ejecución de los programas en distintas áreas de la producción, a fin de lograr su adecuación a los planes y política conducentes a la consolidación e incremento del sistema económico productivo provincial, en el marco del pleno aprovechamiento de los factores de producción, agilización y expansión de la cadena de distribución y fomento de nuevas y mayores inversiones.
5. Participar en actividades vinculadas a la aplicación de las políticas comerciales asegurando la primacía de los criterios de libre iniciativa y de respeto total a los mercados.
6. Participar en la elaboración de los planes de importaciones en pos de la mayor competencia y en la promoción de la racionalización de los procesos de comercialización de los bienes económicos en el mercado interno, atendiendo las necesidades de desarrollo, y modernización de la productividad en la provincia.
7. Promover la organización y realización
de eventos y
muestras
bonaerenses a realizarse en las distintas provincias del territorio argentino,
coordinando acciones con áreas o dependencias representativas e interesadas .de
8. Organizar y promover la participación de microemprendimientos bonaerenses en distintas muestras que se realicen en el país.
9. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al programa.
ANEXO V
ACCIONES DE LAS DIRECCIONES
MINISTERIO DE
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
1. Organizar, coordinar y determinar la
implementación de todos los actos administrativo-contables necesarios para la
gestión, económico-financiero de
2. Organizar las actividades inherentes al
control y gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores asignados a la
jurisdicción por
3. Intervenir en forma directa en la
gestión previa y la ejecución de toda compra o venta ejerciendo los controles y fiscalización
pertinentes como así también en la ejecución de todos los contratos.
Implementar y fiscalizar el registro de licitadores de
4. Coordinar, organizar y administrar el Registro Patrimonial de Bienes según las normas y reglamentaciones vigentes y coordinar el funcionamiento y supervisión de todos los sectores a su cargo.
5. Ordenar y controlar las actividades que
hacen a la prestación de los servicios auxiliares necesarios para el normal
funcionamiento de las áreas y dependencias de
DIRECCIÓN PERSONAL
1. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de los recursos humanos asignados a la jurisdicción, de acuerdo a las normativas, reglamentaciones y disposiciones determinadas para el sector y en un todo de acuerdo con las pautas emanadas de la repartición central rectora en los temas de personal.
2. Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de los temas laborales y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal.
3. Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de controlar el efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y pedidos de licencias previstos por los textos legales vigentes.
4. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes del personal mediante la elaboración de los legajos de cada agente y controlar las certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los beneficios jubilatorios.
5. Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los planteles básicos, movimiento y asignación del personal, carrera administrativa, concursos y anteproyectos de estructuras de acuerdo a las pautas fijadas y concertando criterios con los organismos rectores en la materia, y las relaciones en lo atinente a capacitación del personal conn1as reparticiones del Ministerio y con el Organismo Central de Administración de Personal.
DIRECCIÓN DE SERVICIOS TÉCNICO - ADMINISTRATIVOS
1. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios a la atención del despacho de la jurisdicción, elaborando y proponiendo los anteproyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios y otros actos inherentes a la gestión, verificando el estricto cumplimiento de las normas legales de aplicación.
2. Organizar, implementar y controlar el
debido registro y protocolización de los actos administrativos que se dicten
en el área como así también organizar y fiscalizar las tareas de
3. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de material bibliográfico y documentación, como asimismo la asignación de espacios físicos y equipamientos, la organización de índices y mapas telefónicos, carteleras e indicadores.
4. Programar y supervisar el servicio de apoyo informático para las reparticiones y dependencias de la jurisdicción, sistemas programas, controles de redes y P.C., hardware y software.
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMERCIO INTERIOR
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y CONTRALOR COMERCIAL
1. Elaborar normas de comercialización y vigilar el cumplimiento de la legislación vigente en la materia.
2. Aplicar normas tendientes a reordenar las estructuras comerciales.
3. Constatar y determinar la existencia de infracciones, implementando las acciones correctivas necesarias.
4. Ejecutar programas de control de acuerdo a las atribuciones conferidas por las disposiciones legales vigentes y en particular las .relacionadas con las normas de abastecimiento, de promoción y de ordenamiento comercial, de metrología legal y de lealtad comercial.
DIRECCIÓN DE POLÍTICA COMERCIAL
1. Contribuir a mejorar los actuales canales de comercialización y distribución de bienes de consumo masivo, coordinar políticas de integración con los sectores industriales y desarrollar programas de educación y defensa del consumidor.
2. Promover juntamente con la actividad privada y otros organismos del Estado nuevos sistemas de comercialización de bienes de consumo masivo.
3. Proyectar la normativa de contralor y supervisar el funcionamiento de los nuevos sistemas de comercialización que con su intervención se implementen, procurando reordenar las estructuras comerciales existentes.
4. Celebrar acuerdos de cooperación con los municipios para la coordinación de sus actividades.
5. Apoyar a entidades privadas cuyo propósito sea la defensa del consumidor.
6. Desarrollar acciones tendientes a la desregulación de normativa vigente, la integración de políticas con sector industrial y al análisis de estructuras comerciales.
7. Organizar seminarios y congresos juntamente con sectores empresarios, municipios, asociaciones de consumidores y cámaras.
8. Analizar las actividades comerciales sectorialmente para sugerir la resignación de recursos en orden a la baja de costos y a la mejora de calidad.
9. Propender a la normalización de envases y tipificación de mercaderías tanto como para comercio interior, como para el intercambio comercial dentro del marco internacional del Mercosur.
10. Coordinar actividades y programas con
las autoridades nacionales sobre la comercialización de bienes y servicios
producidos y
ofrecidos
en
11. Coordinar con organismos técnicos y financieros nacionales e internacionales, las acciones tendientes a la modernización y desarrollo del comercio.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL
DIRECCIÓN DE DESARROLLO INDUSTRIAL
1. Fomentar y apoyar la localización de parques y sectores industriales planificados que permitan el desarrollo económico de cada región.
2. Promover estudios sectoriales, económicos, tecnológicos y de infraestructura, que posibiliten el ordenamiento de la localización de los agrupamientos industriales.
3. Elaborar y proyectar las actualizaciones de las normas referidas a1 tema de su competencia.
4. Desarrollar y coordinar acciones con los centros de investigación y desarrollo tecnológicos de .universidades o instituciones públicas o privadas a fin de implementar convenios y programas de extensión; intercambio de información y asesoramiento a industriales.
5. Estimular el intercambio de información de carácter productivo, entre los diversos agentes económicos que operen dentro del ámbito provincial, nacional e internacional.
6. Proponer programas y realizar estudios comparativos que posibiliten la mejora de la competitividad de las empresas provinciales en el ámbito del Mercado Común del Sur.
7. Programar y coordinar el desarrollo de la pequeña y mediana empresa, manteniendo contactos con las cámaras empresariales de manera de aplicar las políticas fijadas para cada caso.
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL
1. Implementar el sistema de radicación, control,
registro y evaluación de la localización industrial en el territorio de
2. Asesorar y orientar en los proyectos técnicos referidos al ordenamiento regional y territorial de industrias.
3. Organizar y mantener actualizado el, registro de beneficiarios de los regímenes de promoción, efectuando las tareas de seguimiento y control que la normativa especifica.
4. Elaborar informes sobre los resultados de la aplicación de la promoción industrial, determinando los beneficios económico-sociales.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
1. Implementar las políticas de desarrollo, preservación y promoción de las actividades relacionadas con los recursos geológicos y. mineros en e1 territorio bonaerense.
2. Fiscalizar el cumplimiento de las normas legales que regulan la actividad minera y ejercer el control técnico sobre las explotaciones.
3. Elaborar estudios de factibilidad técnico-económico de las explotaciones mineras actuales y potenciales en el territorio bonaerense.
4. Mantener actualizado el registro de productores mineros.
5. Ejercer el control, mediante el poder de policía minera, del cumplimiento de las normas de seguridad e higiene y ambientales en las minas y canteras del territorio provincial, coordinando acciones con los organismos competentes en materia.
6. Tramitar otorgamientos de títulos de propiedad minera.
7. Implementar un banco de datos de recursos geológicos y mineros, cartografía geológica-minera, imágenes satelitales y mapas temáticos.
8. Tramitar las concesiones mineras y supervisar los pagos de canon y regalías.
9. Llevar el catastro minero provincial.
SUBSECRETARIA DE TURISMO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TURISMO
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN TÉCNICA TURÍSTICA
1. Reglamentar, controlar y fiscalizar las políticas conducentes al desarrollo de las actividades vinculadas con el turismo.
2. Estudiar y desarrollar las acciones que en materia de
política turística, establezca
3. Administrar las unidades turísticas fiscales que se
encuentren bajo la jurisdicción de
4. Agilizar las acciones referentes al funcionamiento de los consejos zonales.
5. Promover el desarrollo de los recursos humanos mediante acciones de capacitación.
6. Implementar las pautas presupuestarias de
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y SERVICIOS
1. Reglamentar, controlar y fiscalizar la política conducente a la promoción y los servicios turísticos.
2. Promocionar, promover y difundir los recursos de
3. Proveer las medidas necesarias para cubrir la información al turista y a otras áreas, y las normas reglamentarias de los servicios turísticos con el fin de lograr la mejor prestación de los mismos.
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN REGIONAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
1. Proponer, implementar y evaluar programas tendientes a promover la participación de los sectores productivos e industriales de la provincia en el proceso de integración con sus pares de los países integrantes del Mercado Común del Sur.
2. Realizar estudios y elevar propuestas a las autoridades competentes en el orden nacional y provincial, tendientes a la adopción de medidas que faciliten las tramitaciones y el transporte de exportación, como así también la compatibilización de normas entre los países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), todo ello para alcanzar un mayor nivel de competitividad en las exportaciones bonaerenses a ese mercado regional.
3. Proponer, dirigir y efectuar los relevamientos de las necesidades por áreas y regiones a fin de detectar y sistematizar un orden de prioridades y características en relación a los convenios de cooperación y asistencia técnica aprobados o a aprobarse.
4. Efectuar el relevamiento y mantener, información actualizada sobre los organismos y modalidades de cooperación ofrecidos por los países desarrollados, como así también, difundir y asesorar a los sectores públicos y .privados sobre los trámites y requisitos para el acceso a los mismos.
5. Relevar fuentes de información sobre mercados externos, características generales de los mismos y posibilidades de mercados, para el empresariado bonaerense, como así también realizar información comercial por países, productos y sectores.
DIRECCIÓN DESARROLLO DE EXPORTACIONES
1. Desarrollar e implementar programas de promoción de exportaciones a nivel sectorial y regional.
2. Intervenir en todo lo concerniente al peticionamiento operativo y concreción de los convenios y proyectos de cooperación técnica internacional, como asimismo, en el seguimiento de sus implementaciones realizando la evaluación de cada uno de ellos.
3. Estudiar y proyectar las posibilidades de cooperación y complementación de la provincia en áreas económicas-financieras de otros países.
4. Realizar estudios económicos a fin de determinar aquellos sectores con potencial exportador.
5. Participar en la elaboración del calendario de misiones comerciales al exterior.
ANEXO VI
RESPONSABILIDADES DE LAS SUBDIRECCIONES
MINISTERIO DE
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
· Administrar las tareas correspondientes a los siguientes departamentos: Contabilidad, Tesorería, Presupuesto, Liquidación de Otras Erogaciones; Contrataciones, Compras y Suministros; Liquidación de Haberes y Registro Patrimonial.
SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES
· Administrar las tareas correspondientes a los siguientes departamentos: Mantenimiento; Talleres y Servicios y Automotores
DIRECCIÓN DE PERSONAL
SUBDIRECCIÓN DE PERSONAL
· Administrar las tareas correspondientes a los siguientes departamentos: Control de Asistencia y legajos y Ficheros.
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL
DIRECCIÓN DE DESARROLLO INDUSTRIAL
SUBDIRECCIÓN DESARROLLO DE SECTORES PRODUCTIVOS
·
Administrar las tareas correspondientes al
Departamento Desarrollo de
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL
SUBDIRECCIÓN DE RADICACIÓN INDUSTRIAL
· Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Técnico de Radicación Industrial y Coordinación y Registración Industrial.
SUBDIRECCIÓN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL
· Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Evaluación de Proyectos y Registro y, Control de Proyectos
ANEXO VII
TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS
MINISTERIO DE
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DEPARTAMENTO AUDITORÍA
1. Analizar, programar, proponer e
implementar las acciones necesarias a fin de llevar a cabo, con la periodicidad
que determine
2. Elaborar los informes técnicos y dictámenes que, en materia contable, serían como resultado de las auditorías practicadas realizando por sí o a pedido de las autoridades respectivas, arqueos, inventarios, compulsas y peritajes.
3. Asistir y participar en las aperturas
de los actos Iicitatorios, concursos, compulsas y otros actos, en orden a las
verificaciones y supervisión de las determinaciones especificadas en
4. Integrar obligatoriamente las
comisiones de preadjudicación de. Las licitaciones llevadas a cabo el régimen de
5. Iniciar y desarrollar las investigaciones necesarias, implementando los actos previos a la instrucción de los sumarios que puedan producirse en los temas administrativo-contables.
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO CONTABILIDAD
1. Ejecutar las acciones necesarias a la elaboración y control del presupuesto, incluyendo las distintas etapas de registración y la determinación de residuos pasivos, deuda exigible y su posterior seguimiento.
2. Efectuar las rendiciones de cuentas, control de cargos y descargos de los fondos y valores y confeccionar la cuenta general del ejercicio.
3. Realizar el control de la documentación entregada a Tesorería, la confección de la contabilidad de fondos y valores, conciliación bancaria y registro de deudores varios.
4. Determinar la imputación de las erogaciones y elaborar los estados diarios y mensuales de ejecución presupuestaria y. controlar el cierre del ejercicio económico.
5. Llevar la contabilidad analítica de las cuentas de terceros.
DEPARTAMENTO TESORERÍA
1. Coordinar y organizar la recepción de
fondos asignados a
2. Administrar los fondos y valores ejerciendo el debido control de ingresos y egresos, administrar la caja chica, el fondo permanente y atender las gestiones de divisas relacionadas con misiones al exterior.
3. Realizar el resumen del movimiento diario de fondos y mantener actualizadas y controlar las altas y bajas de documentos en garantía.
4. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y pagos, manteniendo informado al Departamento Contabilidad sobre las operaciones de ingresos y egresos.
5. Efectuar los pagos a proveedores con sujeción a las normas legales vigentes -ley de contabilidad y su reglamentación.
6. Elaborar el cierre del ejercicio financiero
DEPARTAMENTO PRESUPUESTO
1. Analizar los anteproyectos de
presupuesto de cada una de las reparticiones y organismos de
2. Confeccionar los proyectos a elevar al Ministerio de Economía.
3. Realizar las reasignaciones de créditos
en función del presupuesto definitivo aprobado por
4. Ejercer el seguimiento y control de la aplicación del presupuesto aprobado.
DEPARTAMENTO LIQUIDACIÓN DE OTRAS EROGACIONES
1. Registrar y controlar la documentación de los distintos gastos concernientes a erogaciones de bienes y servicios
2. Confeccionar las liquidaciones de
aquellos gastos que se abonen por
3. Efectuar en las liquidaciones los descuentos en concepto de impuestos que pudieran corresponder.
4. Confeccionar los pedidos de fondos que
corresponde efectuar, conforme los adelantos que se reciben en concordancia
con las previsiones del artículo 59 de
5. Registrar la contabilidad de cargos de los fondos recibidos.
DEPARTAMENTO CONTRATACIONES, COMPRAS Y SUMINISTROS
1. Coordinar la recepción y control de los
pedidos de adquisición y su remisión a contabilidad para su compromiso,
realizando el completamiento de pliegos, supervisando el cumplimiento de las
disposiciones de
2. Controlar las preadjudicaciones y confeccionar las adjudicaciones y órdenes de compra originadas en distintos actos licitatorios y contrataciones directas.
3. Controlar el cumplimiento en tiempo y forma de las estipulaciones, contractuales y diligenciar y controlar las facturaciones.
4. Organizar, mantener y actualizar el
registro de proveedores y licitaciones de acuerdo a los datos que suministre
5. Elaborar los actos necesarios a la publicación de los anuncios de licitaciones.
6. Organizar y mantener actualizado el registro de proveedores de la jurisdicción como, así también, emitir las órdenes de compras necesarias y llevar el control de las facturas conformadas atendiendo las órdenes de compra emitidas.
7. Atender las necesidades de compras por caja chica y realizar las compras urgentes y menores.
8. Efectuar la supervisión de almacenes y la recepción, control y atención de vales de pedidos.
9. Practicar la administración de inventarios, mantener el economato y el control de distribución y de stock mínimos.
DEPARTAMENTO LIQUIDACIÓN DE HABERES
1. Organizar, disponer y controlar las
liquidaciones de sueldos y complementos para el personal de las plantas
aprobadas y cargos superiores y mensualizados de la jurisdicción, practicando
las retenciones impuestas por las
.leyes y reglamentaciones vigentes
y efectuar las modificaciones que se produjesen según las incidencias de las
novedades comunicadas por
2. Expedir las certificaciones solicitadas para entidades bancarias, casas de comercio, Instituto de Previsión Social, Instituto de Obra Médico Asistencial y otras entidades, Instituciones o interesados.
3. Confeccionar los respectivos pedidos de fondos para atender las tareas propias del sector.
4. Preparar las rendiciones de cuentas consecuentes, que deben ser elevadas a los organismos provinciales de contralor pertinentes.
DEPARTAMENTO REGISTRO PATRIMONIAL
1. Organizar y efectuar la registración de
bienes muebles e inmuebles y las variaciones patrimoniales en los libros
contables; confeccionar las planillas periódicas y el balance anual para su
remisión a
2. Proyectar las disposiciones, resoluciones, decretos y otros actos referidos a la gestión patrimonial.
3. Realizar la marcación física de los bienes de uso y los inventarios selectivos y realizar inspecciones periódicas a las distintas reparticiones.
4. Organizar y determinar la asignación y traslado de bienes en la jurisdicción evaluando las necesidades reales de uso.
5. Atender la centralización y control de la información remitida por las áreas y organismos con descentralización funcional y realizar las gestiones pertinentes determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en condición de rezago. Controlar y fiscalizar los depósitos y almacenes de bienes en desuso.
SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO MANTENIMIENTO
1. Elaborar y supervisar los proyectos y modificaciones, ampliaciones y ejecución de obras atendiendo la documentación de planos, si fuera necesario participar en la confección de pliegos de licitación.
2. Determinar necesidades, conveniencias y oportunidad de construcción, refacción, modificación y reforma del edificio, instalaciones, maquinarias y muebles.
DEPARTAMENTO TALLERES Y SERVICIOS
1. Organizar, coordinar y controlar el funcionamiento de los talleres generales, recibir las solicitudes y analizar su viabilidad y ejecución; informar dando razón de las necesidades de compra y abastecimiento para los mismos.
2. Organizar y programar la prestación de los servicios generales de maestranza, mayordomía, expedición, conmutador, traslado de bienes muebles y otros necesarios al normal funcionamiento del organismo, propios y/o contratados y supervisar la conservación en perfecto estado de higiene de todas las reparticiones y dependencias de la jurisdicción como, asimismo, la guardia policial.
DEPARTAMENTO DE AUTOMOTORES
1. Organizar, programar y efectuar la distribución del parque automotor de acuerdo a las necesidades y según las prioridades determinadas como, así también, organizar proponer y .controlar la reparación y mantenimiento de los vehículos.
2. Verificar el cumplimiento de las disposiciones dispuestas para el servicio y organizar y programar la asignación de chóferes y confeccionar hojas de ruta y fojas de comisión.
3. Inspeccionar el movimiento de las unidades y su estado de uso, dentro y fuera del radio de la ciudad como, así también, fiscalizar el uso y otorgamiento de vales de nafta, realizando cuadros comparativos de consumo de combustible y kilometraje de automotores.
DIRECCIÓN PERSONAL
DEPARTAMENTO LABORALES
1. Coordinar, proyectar, proponer y tramitar los actos administrativos necesarios a los ingresos y egresos del personal
2. Atender el trámite de todas las actuaciones relacionadas con los derechos, deberes y prohibiciones del personal, de acuerdo con los regímenes y normativas vigentes como, así también, aquellas vinculadas con toda modificación en su situación de revista.
3. Elaborar y gestionar los actos necesarios a la obtención de los beneficios previsionales previstos por las normativas legales vigentes.
4. Organizar y mantener actualizado el archivo y registro de normas regímenes y estatutos a aplicar en los temas de su competencia.
5. Coordinar pautas y acciones comunes con otras dependencias del área.
DEPARTAMENTO ESTRUCTURAS Y PLANTELES BÁSICOS
1. Organizar y mantener organizado el archivo y biblioteca técnica de normas y reglamentaciones sobre estructuras escalafones y carrera administrativa a ser aplicados en la jurisdicción.
2. Elaborar y proponer los anteproyectos y proyectos de modificación de estructuras que le sean solicitados. Aplicando las normativas y disposiciones vigentes y. coordinando pautas y criterios con el organismo o repartición rector en la materia.
3. Programar e implementar un registro de plantas del personal determinando los cargos ocupados y vacantes, discriminados según las características específicas de los regímenes y la organización estructural del área.
4. Organizar e instrumentar un registro de personal en actividad señalando todas aquellas actividades que hacen al desarrollo de la carrera administrativa del mismo.
DEPARTAMENTO CAPACITACIÓN
1. Planificar, programar y desarrollar las acciones y tareas tendientes a optimizar los sistemas de información, capacitación, especialización de los recursos humanos, elaborando programas de investigación y programas de capacitación en orden a los temas de su competencia, coordinando y concertando pautas con el Instituto Provincial de Administración Pública (I.P.A.P).
2. Coordinar con las distintas áreas y dependencias de la jurisdicción la difusión de los distintos cursos de capacitación programados por el I.P.A.P.
3. Realizar y promover los análisis, estudios e investigación necesarios, a fin de evaluar los requerimientos de mejoramiento y optimización de la capacitación y formación de los recursos humanos existentes en la jurisdicción.
4. Actualizar el diagnóstico de las necesidades de capacitación de los agentes de la jurisdicción y proponer las actividades a desarrollar para responder a las demandadas.
5. Ejecutar la administración de las actividades relacionadas con los docentes y los alumnos que participen en los distintos programas de capacitación.
6. Intervenir en el registro y certificación de las acciones de capacitación.
7. Asistir y coordinar las acciones de capacitación que se efectúen.
8. Mantener registro de asistencia de docentes y alumnos y efectuar el contralor pertinente.
9. Efectuar la difusión de las acciones de capacitación a las distintas Reparticiones.
SUBDIRECCIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO CONTROL DE ASISTENCIA
1. Controlar el cumplimiento y observaciones del régimen horario ordinario, como asimismo de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de todo el personal de la jurisdicción.
2. Verificar y tomar intervención en todo permiso de salida previsto por la norma legal vigente, comisiones y licencias por descanso anual de los agentes.
3. Intervenir en todo ingreso, toma de posesión, asignación de cargos en forma interina, cambio de destino, etc. e informar al sector liquidador de sueldos.
4. Elaborar informes estadísticos, cuadros, gráficos y partes diarios, mensuales y anuales en materia de asistencia personal.
5. Actuar juntamente con el organismo de contralor médico en la tramitación de las licencias por enfermedad, juntas médicas, accidentes de trabajo y temas inherentes del área.
6. Realizar toda citación y/o notificación al personal, de conformidad con las leyes que rigen el procedimiento en el tema.
DEPARTAMENTO LEGAJOS Y FICHEROS
1. Coordinar, supervisar y efectuar la confección, actualización, mantenimiento, control y archivo de los legajos y ficheros de todo el personal de la jurisdicción.
2. Registrar en el legajo de cada agente todo dato inherente al desarrollo de su carrera administrativa desde su ingreso hasta su egreso.
3. Extender certificaciones y constancias relacionadas con los servicios del personal, tanto en la actividad como dado de baja y ejecutar las acciones necesarias para la obtención de beneficios.
4. Colaborar con el departamento Estructuras y Planteles Básicos en el registro y sistematización de la información referida a cargos, altas, bajas, censos del personal y en la elaboración de los cuadros gráficos y estadísticos concernientes a tales temas.
DIRECCIÓN DE SERVICIOS TÉCNICO-ADMINISTRATIVOS
DEPARTAMENTO DESPACHO Y PROTOCOLIZACIÓN
1. Programar, supervisar e instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento del despacho de actuaciones administrativas, giradas o iniciadas en la unidad Ministro y prestar asistencia y asesoramiento a las dependencias y áreas de toda la jurisdicción.
2. Efectuar la recepción, distribución y gestión de los proyectos y actos administrativos como, asimismo, verificar la correcta aplicación de las normas de reglamentaciones vigentes en la elaboración de los mismos y efectuar su presentación para la firma de las autoridades.
3. Supervisar y ejecutar los actos de protocolización, archivo, aplicación y control de resoluciones, decretos, leyes y mensajes y las publicaciones en el Boletín Oficial.
4. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los registros y ficheros del control de la gestión administrativa del sector y atender las consultes de otros organismos y reparticiones como, así también, asistir a las áreas de apoyo administrativo de las áreas y dependencias de la jurisdicción, coordinando y concertando pautas y criterios comunes.
5. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas para la confección y trámite de todas las actuaciones a dar salida.
DEPARTAMENTO MESA GENERAL DE ENTRADAS
1. Organizar, supervisar y atender la recepción y entrada de todas las actuaciones giradas a la jurisdicción como, así también su salida.
2. Programar, implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones entradas y su movimiento interno suministrando la información que requieran sobre el destino dado a las mismas, tanto las dependencias y reparticiones del área como los organismos externos.
3. Labrar los expedientes necesarios al. Trámite de los actos administrativos que se inician en la jurisdicción, llevando un registro numérico y temático de los mismos, y confeccionar los sistemas de fichado y movimiento requerido para el buen orden de dichas actuaciones.
4. Aplicar y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones dictadas para el sector.
5. Atender el archivo de actuaciones concluidas llevando un registro pormenorizado de las mismas.
6. Organizar, mantener e instrumentar el
servicio de gestoría y correo para todas las Dependencias de
7. Implementar y mantener un registro actualizado de todo el movimiento de actuaciones producido en el recetor, suministrando la información que cada dependencia requiera sobre las gestiones realizadas.
8. Recibir las actuaciones giradas por defectos en su tramitación remitiéndolas a sus dependencias de origen.
9. Realizar y tramitar los proyectos de decretos originados en la jurisdicción como, así también efectuar el seguimiento de los mismos hasta su conclusión.
DEPARTAMENTO INFORMÁTICA
1. Planificar e implementar la actualización y funcionamiento de los sistemas de informática, necesarios a la modernización, control y seguimiento de las gestiones propias de la jurisdicción.
2. Asesorar sobre las aplicaciones prácticas de los sistemas computarizados y atender las necesidades de programación, ejecución de operaciones y capacitación operativa requeridas por las reparticiones y dependencias de área.
3. Coordinar y ejecutar los controles de las redes de P.C. y teleproceso y la administración de bases de datos
4. Atender las necesidades de mantenimiento reequipamiento y service, y elaborar los informes técnicos previos a toda contratación.
5. Asesorar ante la eventual adquisición de nuevos equipos y mantener un registro actualizado de los existentes en la jurisdicción y los mapas de redes, terminales y P.C.
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMERCIO INTERIOR
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
1. Desarrollar las tareas administrativas tendientes a brindar a las dependencias y sectores del área, el apoyo necesario para el cumplimiento de sus tareas específicas
2. Confeccionar proyectos de decretos, resoluciones y disposiciones.
3. Redactar notas, memorandos,
providencias y todo cuanto sea necesario para la atención del despacho de
4. Registrar, comunicar y archivar circulares, disposiciones, publicaciones, correspondencia y todo acto administrativo que ingrese o se origine en la repartición.
5. Realizar la liquidación a municipalidades de la participación en la recaudación de las multas impuestas por infracciones detectadas en las tareas de contralor. Como así también, las correspondientes a particulares del valor actualizado con relación a multas impuestas que se pagan fuera de término.
6. Registrar y archivar las resoluciones dictadas por el Director Provincial.
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y CONTRALOR COMERCIAL
DEPARTAMENTO CONTRALOR COMERCIAL
1. Realizar las inspecciones a los comercios mayoristas, minoristas, empresas e industrias, a fin de detectar las infracciones a las normas legales vigentes en materia de comercialización.
2. Implementar operativos especiales de contralor en toda la provincia de Buenos Aires.
3. Elaborar informes sobre los operativos y las verificaciones realizadas.
4. Controlar el cumplimiento de las normas sobre identificación de mercaderías, rotulación y contenidos de envases, denominación de origen, publicidad y promoción mediante premios.
5. Extraer muestras e intervenir frutos o productos en infracción, coordinando, de ser necesario acciones con organismos competentes en la materia.
DEPARTAMENTO ACTUACIONES
1. Instruir los sumarios y proyectar las resoluciones derivadas de la aplicación de las leyes nacionales y/o provinciales de abastecimiento, de metodología legal, de lealtad comercial y las normas que en su consecuencia se dicten, vigentes en jurisdicción provincial.
2. Evaluar y decidir sobre la procedencia de los recursos interpuestos frente a resoluciones sancionatorias, dando intervención, cuando corresponda a los organismos pertinentes (Fiscalía de Estado, Cámara Federal, etc).
3. Recibir las denuncias derivadas del incumplimiento de normas tales como las relativas a lealtad comercial, competencia leal, defensa del consumidor, etc.
4. Asesorar a los municipios con relación
a la parte sustancial de procedimiento de las leyes nacionales de las que
5. Producir dictámenes ante consultas efectuadas por organismos estatales, entidades intermedias o particulares sobre la problemática vinculada al tratamiento legal de los temas de contralor comercial.
6. Responder oficios o pedidos de informes
requeridos por
7. Participar en los distintos operativos de
verificación instrumentados por
DIRECCIÓN DE POLÍTICA COMERCIAL
DEPARTAMENTO ANÁLISIS Y PROGRAMAS COMERCIALES
1. Analizar los actuales canales de comercialización propendiendo a su mejoramiento y a una más óptima distribución de los bienes de consumo masivo, coordinando con entidades públicas o privadas que a tal fin se implementen.
2. Estructurar un sistema normativo tendiente a proteger el normal desenvolvimiento de los nuevos sistemas comerciales, evitando intermediación ineficiente e innecesaria.
3. Investigar las redes de comercialización de productos alimentarios.
4. Apoyar las funciones de contralor
comercial y
colaborar
en la sustanciación de actuaciones sumariales aportando los elementos
técnico-contables necesarios para el seguimiento de las actuaciones
iniciadas, participando en el asesoramiento a los municipios de
5. Coordinar con los municipios las tareas de programación e implementación de las medidas de índole comercial.
6. Programar reuniones de asesoramiento a entidades públicas y privadas en materia de comercialización.
7. Relevar a nivel partido los comercios
con sistema de venta por autoservicio (Supermercados, autoservicios, de
alimentarios, no alimentarios, super-tiendas y
cadenas de negocios minoristas), con el fin de determinar los rubros que
comercializan proveedores y procedencia de los productos. Organizar y coordinar
el funcionamiento de los mercados existentes en todo el ámbito de
8. Promover la modernización de los sistemas de comercialización fruti-hortícolas tendientes a dar transparencia a las actuales estructuras comerciales en beneficio de una más clara comercialización y establecer un adecuado régimen de tipificación de mercadería y normalización de envases.
9. Impulsar y participar en la adaptación e instalación de nuevos mercados concentradores de productos perecederos, que puedan integrarse en forma interconectada a un sistema nacional, promoviendo la puesta en funcionamiento de un adecuado sistema de información que permita orientar a los intervinientes en el proceso, desde los productores hasta los consumidores, a los fines de lograr una mejor planificación de las distintas producciones.
10. Proyectar y proponer normas para el
desenvolvimiento y contralor de los mercados comunitarios en
11. Brindar apoyo técnico a las municipalidades que proyecten instalar mercados comunitarios.
12. Supervisar los mercados comunitarios
existentes en
13. Llevar un registro de proveedores adheridos al sistema de compras y mercados comunitarios y facilitarlos al momento que lo soliciten los municipios, organismos nacionales, entidades de bien público y sindicatos que deseen realizar compras comunitarias
DEPARTAMENTO ORIENTACIÓN AL CONSUMIDOR
1. Promover actividades tendientes a la información, orientación y educación del consumidor, estimulando la organización de los consumidores a fin de lograr la defensa de sus derechos.
2. Detectar e investigar las necesidades, intereses y problemas del consumidor, a fin de desarrollar programas de información, orientación y educación al consumidor.
3.
Favorecer la información del ciudadano como consumidor a través de cursos,
conferencias, publicaciones, etc., coordinando estas actividades con entidades
públicas y privadas de toda
4. Realizar actividades que estimulen la organización, educación y participación activa de la población en defensa del consumidor, a través de organizaciones sin fines de lucro que se formarán con la agrupación voluntaria de personas.
5. Asesorar e informar a las asociaciones de consumidores, sobre las leyes, decretos y resoluciones que rigen la comercialización de productos y prestación de servicios.
6. Facilitar la información al consumidor para ayudarle en la elección más racional de los productos y servicios que adquiera, protegiéndolo frente a las prácticas comerciales abusivas.
7. Realizar juntamente con otros organismos públicos, investigaciones y ensayos comparativos para el mejor conocimiento de los productos.
8. Organizar, coordinar y ejecutar las medidas, planes y programas que se adopten, tendientes a la protección del consumidor.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN INDUSTRIAL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
1. Atender el registro de entradas, salidas, trámite y
movimiento interno y archivo de las actuaciones .giradas o iniciadas en el área
de
2. Recabar la información necesaria de las dependencias del
sector a fin de elaborar y proponer los anteproyectos de presupuesto del mismo,
verificando el cumplimiento de las normativas vigentes, como así también
realizar el control de ejecución del gasto y facturaciones, bajo la supervisión
y directivas de
3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias del sector y sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.
Organizar y supervisar la asistencia a las autoridades en las áreas, secretaria privada, ceremonial, audiencias, prensa, difusión y relaciones públicas e interorgánicas verificando el cumplimiento de las determinaciones fijadas para estos temas.
4. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas, necesarios al normal funcionamiento del Organismo.
DIRECCIÓN DE DESARROLLO INDUSTRIAL
DEPARTAMENTO PLANIFICACIÓN INDUSTRIAL
1. Apoyar la creación de parques y sectores industriales planificados, realizando estudios sectoriales económicos, tecnológicos y de infraestructura que sean necesarios.
2. Analizar y elaborar dictamen sobre los proyectos y solicitudes de implementación de agrupamientos industriales.
3. Estudiar e informar sobre la aplicación de leyes y decretos que tengan directa relación con el funcionamiento de Parques y Sectores Industriales Planificados, promoviendo las actualizaciones normativas que se estimen necesarias.
4. Realizar un relevamiento periódico de los trabajos y estudios sobre los parques y sectores industriales planificados, compatibilizándolos con las distintas líneas de trabajo que se establezcan en el ámbito de la- Dirección Provincial. Proponer modificaciones o nuevos programas que fueren menester.
5. Mantener un permanente contacto con las cámaras sectoriales con la finalidad de conocer su problemática y apoyar la reconversión del sector para un mejor desenvolvimiento dentro de la economía regional.
DEPARTAMENTO DESARROLLO TECNOLÓGICO E INFORMACIÓN INDUSTRIAL
1. Implementar las acciones derivadas de los convenios con los centros de investigación y desarrollo de las Universidades e Instituciones públicas o privadas, referentes a programas de extensión; intercambio de información y asesoramiento a industriales.
2. Relevar, procesar y proveer todo tipo de información
económica y productiva
de
3. Brindar la información requerida por las distintas áreas o dependencias del organismo en los temas de su competencia.
4. Proponer, proyectar y gestionar la suscripción de convenios que permitan recabar información productiva de entes públicos o privados.
5. Participar en los planes de transferencia tecnológica y en el análisis de los convenios de asistencia técnica con los organismos pertinentes.
6. Ejecutar las actividades vinculadas con los planes aprobados en lo referente a los centros de información tecnológica y asesoramiento técnico a la industria, determinando las características de especialidad y capacidad de producción real y potencial.
7. Proponer programas de inversiones y modernización tecnológica, promocionando aquellos sectores que comparativamente se beneficien dentro del Mercosur
8. Analizar comparativamente los servicios, materias primas, tecnologías, leyes de promoción y crediticias por países integrante del Mercado Común del Sur, a fin de elaborar informes y asesoramiento de empresarios.
SUBDIRECCIÓN DESARROLLO DE SECTORES PRODUCTIVOS
DEPARTAMENTO
DESARROLLO DE
1. Ejecutar las actividades correspondientes a los planes, referidas a los centros de información y asesoramiento técnico a la industria.
2. Participar en los planes de asistencia técnica crediticia para los distintos sectores a través de los organismos nacionales e internacionales.
3. Promover y mantener las vinculaciones con las diferentes áreas de Gobierno y entidades oficiales, privadas y del sector industrial de manera de lograr una mejor programación de las políticas a implementar hacia las Pequeñas y Medianas Empresas.
4. Intervenir en las actividades inherentes a la formulación de políticas orientadas a lograr una mayor eficiencia de las capacidades industriales existentes de .las Pequeñas y Medianas Empresas.
5. Coordinar acciones con los responsables del organismo para la participación de la provincia en ferias y eventos de carácter nacional e internacional.
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL
SUBDIRECCIÓN DE RADICACIÓN INDUSTRIAL
DEPARTAMENTO TÉCNICO DE RADICACIÓN INDUSTRIAL
1. Implementar y completar las disposiciones normativas de aplicación para toda la radicación industrial, aplicando las mismas en todos los trámites referidos al tema.
2. Evaluar los estudios de prefactibilidad respecto a las localizaciones industriales individuales.
3. Realizar el análisis de proyectos técnicos regionales de radicación.
4. Elaborar informes sobre las actualizaciones legislativas relacionadas con el funcionamiento de establecimientos industriales y sobre la aplicación de las mismas, promoviendo las actualizaciones a las normativas.
5. Evaluar y compatibilizar los informes de radicaciones en corredores productivos, ejes de desarrollo y agrupamientos industriales.
6. Desarrollar los estudios correspondientes para analizar la política a seguir en materia de corredores de desarrollo, de los ya existentes y los nuevos corredores de desarrollo económico en la provincia, tendiendo siempre al mejoramiento económico-social.
7. Promover las acciones y actividades inherentes a la preservación del medio ambiente y la protección de los recursos naturales y del suelo, coordinando acciones con los organismos y reparticiones competentes en la materia.
DEPARTAMENTO COORDINACIÓN Y REGISTRACIÓN INDUSTRIAL
1. Organizar y mantener actualizadas un registro de las radicaciones industriales
otorgadas y de las empresas instaladas en
2. Participar en los análisis de los proyectos técnicos regionales de radicación industrial
3. Establecer vínculos e intercambiar información con los distintos registros sobre industrias y empresas, públicos o privados, del territorio nacional.
SUBDIRECCIÓN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL
DEPARTAMENTO EVALUACIÓN DE PROYECTOS
1. Analizar, evaluar y
elaborar los dictámenes sobre las solicitudes de acogimiento a regímenes de
promoción industrial en los que
2. Asesorar a los inversionistas, cámaras, municipios y demás organismos, sobre las presentaciones de acogimiento a los distintos regímenes de promoción.
3. Establecer una metodología para el estudio de proyectos y proponer la normativa para institucionalizar el método y los criterios técnicos de evaluación.
4. Promocionar los proyectos industriales en cada municipio o región y evaluarlos a fin de determinar la conveniencia de los mismos, de acuerdo al costo-beneficio social.
DEPARTAMENTO REGISTRO Y CONTROL DE PROYECTOS
1. Controlar los compromisos contraídos por los beneficiarios de los apoyos promocionales otorgados por el Estado.
2. Efectuar los registros industriales referidos a la aplicación de políticas promocionales, tanto nacionales como provinciales.
3. Controlar el cumplimiento específico de la aplicación de políticas promocionales a través de un exhaustivo estudio técnico-legal de cada una de ellas.
4. Realizar informes periódicos de las verificaciones que se efectúan en las empresas que poseen beneficios promocionales.
5. Elaborar estudios y estadísticas sobre las empresas beneficiarias de apoyos promocionales.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
1. Organizar,
implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para las
dependencias de
2. Atender el registro de entradas, salidas, trámite y movimiento de actuaciones giradas o iniciadas.
3. Brindar información de tramitaciones mineras.
4. Sustanciar los actos administrativos necesarios y verificar cumplimientos de plazos y observaciones.
5. Diligenciar proyectos, decretos, resoluciones y disposiciones.
6. Registrar las
disposiciones de
7. Confeccionar notas, memorandos y providencias.
8. Llevar el registro, comunicación y archivo de normas jurídicas e institucionales, publicaciones. correspondencias y expedientes.
9. Llevar el
inventario de bienes con cargo a
10. Organizar y
mantener actualizado el archivo documental de
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
DEPARTAMENTO GEOLOGÍA
1. Realizar estudios regionales y zonales tendientes al conocimiento de los recursos geológicos, y elaborar informes sobre las condiciones morfológicas y estructurales del territorio bonaerense.
2. Relevar geológicamente el territorio provincial
3. Estudiar las
características geológicas del suelo y subsuelo de
4. Elaborar mapas geológicos y temáticos que permitan a los sectores públicos y privados conocer las condiciones geológicas y ambientales.
5. Estudiar las condiciones de riesgo natural a que están expuestas distintas zonas provinciales.
6. Evaluar la situación ambiental que produce la actividad minera, en coordinación con el organismo competente en la materia.
7. Realizar tomas de muestras de minerales y propiciar sus análisis.
8. Generar y mantener actualizada la base de datos de información geológica y proponer los intercambios de informaciones con organismos nacionales y extranjeros.
9. Promover la capacitación científica del personal.
10. Editar mapas geológicos regionales y provinciales.
DEPARTAMENTO MINERÍA
1. Elaborar los actos administrativos para las concesiones mineras, según la legislación vigente en la materia.
2. Organizar y mantener actualizado el registro de concesiones mineras y de productores mineros.
3. Verificar los pagos de canon minero y de regalías y administrar concesiones de yacimientos en reservas fiscales.
4. Participar en la legalización de los títulos de propiedad minera y de su protocolización.
5. Organizar y mantener actualizado el catastro minero provincial en sus aspectos físico, jurídico y económico.
6. Participar del visado y aprobación de mensuras mineras de títulos de la propiedad inmueble, donde se ubican las concesiones.
7. Ejercer la función de policía minero y controlar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene y de impacto ambiental por actividad minera, en concordancia con los organismos competentes.
8. Elaborar y mantener actualizada la base de datos, el mapa minero y el padrón minero y elaborar la estadística minera provincial.
9. Proporcionar estudios de base e información sobre las propiedades de los minerales objeto de explotación.
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TURISMO
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
1. Atender el registro de entradas, salidas, trámite y
movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área
de
2. Recabar la
información necesaria de las dependencias del sector a fin de elaborar y
proponer los anteproyectos de presupuesto del mismo, verificando el
cumplimiento de las normativas vigentes, como así también realizar el control
de ejecución del gasto y facturaciones, bajo la supervisión y directivas de
3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias del sector y sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.
4. Organizar y supervisar la asistencia a las autoridades en las áreas, secretaría privada, ceremonial, audiencias, prensa, difusión y relaciones públicas e interorgánicas verificando el cumplimiento de las determinaciones fijadas para estos temas.
5. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas, necesarios al normal funcionamiento del área.
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN TÉCNICA TURÍSTICA
DEPARTAMENTO PLANEAMIENTO
1. Planificar el desarrollo turístico de
2. Recopilar la información y promover y/o realizar estudios para el fomento y desarrollo del turismo.
3. Estudiar y preparar programas tendientes a una mejor distribución de las corrientes turísticas en el tiempo, en base al análisis de las estrategias de marketing.
4. Estudiar y elaborar planes tendientes a la preservación de las bellezas naturales, la flora y fauna, en coordinación con los organismos competentes.
5. Estudiar y programar sistemas crediticios e impositivos para fomentar la participación de la actividad privada.
6. Elaborar programas destinados a coordinar los relevamientos y servicios estadísticos.
7. Programar y coordinar cursos de capacitación para las actividades vinculadas al turismo.
8. Organizar y realizar el Inventario Turístico Provincial.
9. Intervenir en
cuestiones técnicas relativas a la administración de bienes fiscales que
atienda
10. Colaborar en la elaboración del Presupuesto de
DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN DE UNIDADES FISCALES
1. Administrar las unidades turísticas fiscales que se
encuentren bajo jurisdicción de
2. Mantener actualizado el registro de antecedentes y/o documentación que hace a la explotación.
3. Intervenir y confeccionar el pliego de bases y condiciones para el llamado a licitación pública.
4. Intervenir en la adjudicación de unidades fiscales.
5. Determinar y controlar el pago de cánones, reajustes y otros conceptos que deriven de las distintas adjudicaciones.
6. Llevar un registro actualizado de concesionarios y/o permisionarios.
7. Intervenir en la fiscalización de las cuestiones técnicas que resulten dé su administración.
8. Coordinar con las municipalidades la supervisión de las unidades fiscales transferidas mediante convenio dé administración, uso y goce.
DEPARTAMENTO DE PARQUES Y PASEOS
1. Coordinar con el organismo competente los aspectos vinculados al desarrollo sustentable de la flora y fauna del parque provincial Pereyra Iraola por la vía de actividades turístico-recreacionales de bajo impacto.
2. Estudiar y desarrollar acciones tendientes a optimizar el hábitat de especies animales y vegetales como recurso base del ecoturismo, coordinando acciones con el organismo competente.
3. Preservar los ambientes naturales y recursos históricos culturales de los diferentes ecosistemas de origen que representen un atractivo turístico, concordando pautas con los organismos competentes.
4. Educar y concientizar a los turistas y usuarios acerca del correcto comportamiento, en el ámbito de los parques y paseos provinciales.
5. Promover y divulgar el contenido y valor de los recursos naturales e históricos culturales, de los parques y paseos provinciales
6. Promover la capacitación de recursos humanos especializados en el manejo de los recursos naturales desde la óptica turística.
7. Participar con los organismos competentes en la materia, en la fiscalización, control y propuestas de elaboración de políticas y acciones conducentes a la preservación, desarrollo y utilización de los parques y paseos provinciales.
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y SERVICIOS
DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN
1. Promocionar,
promover y difundir los recursos turísticos de
2. Ejecutar planes y programas promocionales según los lineamientos de caracterización del producto turístico que defina la política de marketing.
3. Detectar las necesidades de todo tipo de material promocional, en función de las acciones previstas.
4. Implementar los mecanismos para la adquisición, elaboración, producción y administración de todo tipo de bienes, elementos y material promocional y de divulgación.
5. Coordinar la implementación de un banco de documentación visual y archivo gráfico.
6. Promover y gestionar las declaraciones de Interés Turístico Provincial, aplicando la legislación vigente.
7. Elaborar y distribuir el calendario turístico provincial, implementando mecanismos de apoyo y difusión a las fiestas y acontecimientos que lo integran.
8. Fomentar y coordinar los contactos y el trabajo conjunto con entidades privadas y organismos nacionales, provinciales y municipales afines.
9. Establecer vinculaciones con diferentes medios de comunicación y con publicaciones específicas.
DEPARTAMENTO SERVICIOS Y ACCIÓN TURÍSTICA
1. Desarrollar planes
y estrategias a fin de mantener e incrementar el interés turístico en ámbito de
2. Organizar y mantener actualizado un sistema estadístico de datos que permita el análisis de la demanda turística, procedencia, .naturaleza, motivaciones, composición de grupos familiares, expectativas, costumbres, medios de desplazamiento, capacidad de hospedaje -establecimientos hoteleros y campamentos-, recursos disponibles y servicios brindados.
3. Promocionar y difundir a nivel nacional e internacional, los centros turísticos bonaerenses.
4. Asesorar técnicamente a los municipios y coordinar acciones referidas a corredores o zonas turísticas, la participación al sistema bonaerense estadístico de turismo, como así también en la difusión y promoción del turismo.
5. Elaborar y brindar la información turística a organismos o instituciones en e! orden nacional, provincial y municipal. Como así también, al público en general.
6. Relevar, ordenar y mantener actualizado los establecimientos hoteleros, de acuerdo a su categoría, emplazados en el territorio bonaerense.
7. Realizar inspecciones hoteleras tendientes a comprobar las transgresiones a la normativa legal vigente, como así también aquella vinculada a recategorizaciones.
8. Recibir y tramitar
las denuncias de particulares contra establecimientos hoteleros de
9. Organizar el servicio de información turística de la provincia, en ferias, exposiciones y demás eventos que se realicen a nivel nacional e internacional.
Asesorar a los propietarios y responsables del sector hotelero sobre los requisitos a cumplir de acuerdo a la normativa vigente.
10. Elaborar y proponer los actos administrativos referidos a oficios derivados de la justicia, sobre el estado; clasificación, categoría y ubicación del establecimiento hotelero.
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
1.
2.
1. Atender el registro de entradas, salidas, trámite y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o
iniciadas en el área de
2.
2. Recabar la información necesaria de las dependencias
del sector a fin de elaborar y proponer los anteproyectos de presupuesto del
mismo, verificando el cumplimiento de
las normativas vigentes, como así también realizar el control de ejecución del
gasto y facturaciones, bajo la supervisión y directivas de
3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias del sector y sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.
4. Organizar y supervisar la asistencia a las autoridades en las áreas, secretaría privada, ceremonial, audiencias, prensa, difusión y relaciones públicas e interorgánicas, verificando el cumplimiento de las determinaciones fijadas para estos temas.
5. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis. Estudios, legislación y otras normativas, necesarios al normal funcionamiento del Organismo.
DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN REGIONAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DEPARTAMENTO MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR)
1. Organizar e implementar jornadas de difusión sobre Mercado Común del Sur.
2. 2. Brindar información actualizada sobre transporte, aduanas y demás aspectos operativos de exportación e importación a los países miembros del MERCOSUR
3. 3. Analizar normas vigentes en los distintos países a efectos de promover medidas que tiendan a la compatibilización de las mismas.
4. 4. Proponer e implementar acciones tendientes a facilitar la complementación sectorial entre las industrias y producciones de los países miembros.
DEPARTAMENTO INTEGRACIÓN
1. Difundir el calendario de negociaciones internacionales y asesorar a pequeños y medianos empresarios sobre el tema.
2. Realizar la gestión y seguimiento de solicitudes para la inclusión de productos en negociaciones internacionales.
3. Organizar la participación en rondas de negociaciones con otros países.
4. Asesorar y efectuar gestiones tendientes a incluir productos bonaerenses en los sistemas generalizados de preferencias.
5. Difundir las
características del proceso de integración de
6. Asesorar y apoyar a
las empresas o sectores que gestionan la inclusión de sus productos en los
acuerdos suscriptos en el marco de
DEPARTAMENTO RELEVAMIENTO ESTADÍSTICO Y ASISTENCIA OPERATIVA
1. Desarrollar y administrar la red informática de comercio exterior, con acceso a bases de datos nacionales y provinciales.
2. Diseñar y ejecutar distintos sistemas computarizados para la realización de trabajos estadísticos.
3. Preparar
información comercial: por países, productos, general, sectorial, etc.,
destinada para funcionarios, como así también para el empresariado bonaerense,
Centros de Promoción de exportaciones y distintas Reparticiones de
4. Diseñar el armado de originales de publicaciones y carpetas sobre misiones comerciales, ferias, jornadas, etc.
DIRECCIÓN DESARROLLO DE EXPORTACIONES
DEPARTAMENTO CONVENIOS Y PROYECTOS
1. Estudiar y proyectar las posibilidades de cooperación y complementación de la provincia en áreas económicas-financieras de otros países.
2. Proponer e implementar metodologías de trabajo a través de las cuales encauzar la cooperación técnica internacional.
3. Proponer mecanismos de enlace temporales y permanentes mediante convenios y proyectos de complementación y cooperación.
4. Difundir las acciones de la provincia en materia de cooperación internacional en los ámbitos públicos y privados nacionales e internacionales.
DEPARTAMENTO MISIONES COMERCIALES
1. Participar en la elaboración del calendario de misiones comerciales al exterior.
2. Difundir y organizar misiones empresarias al exterior, difundir los programas de actividades, convocatorias y selección de empresarios.
3. Evaluar y efectuar el seguimiento de los grupos de los empresarios participantes en misiones al exterior.
4. Organizar misiones empresarias y viajes individuales al exterior.
DEPARTAMENTO PROGRAMAS SECTORIALES
1. Realizar estudios económicos y proponer aquellos sectores con potencial exportador y desarrollar estrategias específicas de promoción de exportaciones.
2. Relevar información básica a nivel sectorial y trabajar juntamente con las cámaras sectoriales y empresarios en el desarrollo e implementación de programas de promoción acordes con la realidad y posibilidades de cada sector.
3. Definir y ejecutar acciones de promoción de relevamiento y difusión de oferta exportable, asesoramiento, capacitación, participación en ferias, misiones comerciales, y formación de consorcios de exportación, que resulten necesarios para el desarrollo de las exportaciones de cada sector.