DEPARTAMENTO DE
JUSTICIA
DECRETO 159
La Plata, 20 de diciembre de 2007.
VISTO la sanción de la Ley N° 13.757 que en su artículo primero establece entre otras la cartera del Ministerio de Justicia, determinando en el capítulo III, artículo 18 las competencias de la Jurisdicción, y
CONSIDERANDO:
Que en atención al cumplimiento de las competencias otorgadas por la Ley citada
en el enunciado del presente acto, se hace necesario en esta instancia
modificar la estructura Orgánico Funcional aprobada por Decretos N° 2388/02,
950/05 y 951/05, dotando al organismo de una nueva estructura organizativa, a
los efectos de dar respuesta en los tiempos que las circunstancias y los
objetivos de la repartición exigen;
Que los objetivos de la citada Ley se orientan a transformar la estructura del
Ministerio creando, modificando, extinguiendo o suprimiendo total o
parcialmente funciones, asignando o reasignando las mismas en los términos que
se determinen, a fin de dotarla de eficiencia para atender a sus acciones fundamentales,
optimizar los recursos humanos y materiales y los servicios que presta;
Que en orden a lo expuesto precedentemente se procedió a suprimir tres (3)
Subsecretarías, cuatro (4) Direcciones Provinciales, una (1) Dirección General,
dos (2) Direcciones, una (1) Subdirección y once (11) Departamentos de la ex
Estructura Organizativa del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos
Aires aprobada mediante Decretos N° 2388/02, N° 950/05, N° 951/05 y N° 1300/07;
Que asimismo no sufren modificaciones en su estructura y competencia el
Patronato de Liberados Bonaerense y el Servicio Penitenciario Bonaerense, cuyas
estructuras fueran aprobadas mediante Decretos N° 3407/04 y 949/05;
Que al mismo tiempo, por el artículo 55 de la Ley N° 13.757, se sustituye el
artículo 5º de la Ley N° 10.830 pasando a depender la Escribanía General de
Gobierno jerárquica y funcionalmente del Ministerio de Justicia;
Que conforme a la política de Modernización del Estado, se ha elaborado una
propuesta de una nueva Estructura Orgánico Funcional para el Ministerio de
Justicia;
Que por mantenerse en sustancia los lineamientos de la anterior estructura, y
atendiendo a la complejidad de las competencias atribuidas, cabe prescindir del
procedimiento y los recaudos para la diagramación estructural previstos en el
Decreto Nº 1322/05;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en el uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 - proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Aprobar en
el ámbito del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la
Estructura Organizativa centralizada de acuerdo al organigrama y acciones de
las Unidades Funcionales que como Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 forman parte
integrante del presente decreto, exceptuándola del cumplimiento del Decreto Nº
1322/05.
ARTICULO 2º. Mantener las Estructuras Organizativas y competencias de los
Organismos Descentralizados, Patronato de Liberados Bonaerense y Servicio
Penitenciario Bonaerense, aprobados oportunamente mediante Decretos N° 3407/04
y N° 949/05, respectivamente.
ARTICULO 3º. Determinar para la Estructura Organizativa aprobada
precedentemente los cargos que a continuación se citan: Un (1) Subsecretario de
Justicia, Un (1) Subsecretario de Política Criminal, Un (1) Director Provincial
de Entidades Profesionales y Gestión Social Profesionalmente Responsable, Un
(1) Director Provincial de Personas Jurídicas, Un (1) Director Provincial del
Centro de Protección de los Derechos de la Víctima, Un (1) Director Provincial
de Política Penitenciaria, Un (1) Director General de Salud Penitenciaria, Un
(1) Director General de Administración, Un (1) Director Provincial del Programa
de Infraestructura Judicial y Penitenciaria, Un (1) Director de Oficina de
Proyectos, Un (1) Director de Relaciones de Justicia, Un (1) Director de
Antecedentes y Garantías Constitucionales, Un (1) Director de Entidades
Profesionales, Un (1) Director de Gestión Social Profesionalmente Responsable,
Un (1) Director de Legitimaciones de Personas Jurídicas, Un (1) Director de
Fiscalización de Personas Jurídicas, Un (1) Director de Registro de Personas
Jurídicas, Un (1) Director de Asociaciones Mutuales de Personas Jurídicas, Un
(1) Director Técnico Administrativa, Un (1) Director de Política Criminal, Un
(1) Director de Defensa a la Víctima, Un (1) Director de Asistencia a la
Víctima, Un (1) Director de Protección a la Víctima, Un (1) Director de Población
Carcelaria, Un (1) Director de Personal y Asuntos Penitenciarios, Un (1)
Director de Inspección y Control, Un (1) Director de Gestión y Calidad de la
Salud, Un (1) Director de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud, Un (1)
Director de Salud Mental y Adicciones, Un (1) Director Administrativo, Un (1)
Director de Administración Contable, Un (1) Director de Liquidaciones y
Sueldos, Un (1) Director de Finanzas, Un (1) Director de Gestión y Control
Presupuestario, Un (1) Director de Compras y Contrataciones, Un (1) Director de
Servicios Técnico Administrativos, Un (1) Director de Auditoría, Un (1)
Director Delegado de la Dirección Provincial de Personal de la Provincia, Un
(1) Director de Coordinación de Financiamiento, Un (1) Director de Coordinación
de Infraestructura y Equipamiento, Un (1) Subdirector de Liquidaciones, Un (1)
Subdirector de Servicios Técnico Administrativos, Un (1) Subdirector de
Personal, Un (1) Jefe de Departamento Técnico Administrativo, Un (1) Jefe de
Departamento Medios Alternativos para la Resolución de Conflictos, Un (1) Jefe
de Departamento Relaciones de Justicia, Un (1) Jefe de Departamento Recursos
del Poder Judicial, Un (1) Jefe de Departamento Registro de Deudores
Alimentarios Morosos, Un (1) Jefe de Departamento de Deudores con Ejecuciones
Judiciales, Un (1) Jefe de Departamento de Actividades Programáticas, Un (1)
Jefe de Departamento Técnico, Un (1) Jefe de Departamento Registraciones
Notariales, Un (1) Jefe de Departamento Gestión Social Profesionalmente
Responsable, Un (1) Jefe de Departamento Auditoría Contable de Personas
Jurídicas, Un (1) Jefe de Departamento Delegaciones del Interior de Personas
Jurídicas, Un (1) Jefe de Departamento Legal de Personas Jurídicas, Un (1) Jefe
de Departamento Contralor de Personas Jurídicas, Un (1) Jefe de Departamento
Inspecciones de Personas Jurídicas, Un (1) Jefe de Departamento Asesoramiento a
Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro y Seguimiento de los Convenios con los
Municipios, Un (1) Jefe de Departamento Registro de Personas Jurídicas, Un (1)
Jefe de Departamento Rúbrica de Libros Sociales de Personas Jurídicas, Un (1)
Jefe de Departamento Oficios y Medidas Cautelares de Personas Jurídicas, Un (1)
Jefe de Departamento Promoción y Fomento de Personas Jurídicas, Un (1) Jefe de
Departamento Conformación y Fiscalización de Personas Jurídicas, Un (1) Jefe de
Departamento Control, Un (1) Jefe de Departamento Apoyo Administrativo, Un (1)
Jefe de Departamento Observatorio del Delito, Un (1) Jefe de Departamento
Defensa a la Víctima, Un (1) Jefe de Departamento Asistencia a la Víctima, Un
(1) Jefe de Departamento Protección a la Víctima, Un (1) Jefe de Departamento
Apoyo Administrativo, Un (1) Jefe de Departamento Población Carcelaria, Un (1)
Jefe de Departamento Conmutación de Penas, Un (1) Jefe de Departamento
Designaciones, Un (1) Jefe de Departamento Personal Penitenciario, Un (1) Jefe
de Departamento Calidad Integral de la Salud, Un (1) Jefe de Departamento
Procesamiento y Análisis de la Información y Bioestadística, Un (1) Jefe de Departamento
Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica, Un (1) Jefe de
Departamento Farmacia, Insumos y Equipamiento Sanitario, Un (1) Jefe de
Departamento Técnico Médico Legal, Un (1) Jefe de Departamento Medicina General
y Prevención de la Salud, Un (1) Jefe de Departamento Areas Sanitarias (I a X),
Un (1) Jefe de Departamento Adicciones, Un (1) Jefe de Departamento Psiquiatría
Psicología, Un (1) Jefe de Departamento Administrativo, Un (1) Jefe de
Departamento Higiene, Seguridad y Medicina Laboral, Un (1) Jefe de Departamento
Servicios de Apoyo, Un (1) Jefe de Departamento Contable, Un (1) Jefe de
Departamento Contable, Un (1) Jefe de Departamento Análisis y Control de
Gastos, Un (1) Jefe de Departamento Liquidación de Cajas Chicas, Servicios
Públicos y Facturaciones, Un (1) Jefe de Departamento Patrimonio, Un (1) Jefe
de Departamento Sistema Informático de la Contaduría General de la Provincia,
Un (1) Jefe de Departamento Seguros, Un (1) Jefe de Departamento Sueldos
Régimen Servicio Penitenciario Bonaerense, Un (1) Jefe de Departamento Sueldos
de la Ley Nº 10.430, Un (1) Jefe de Departamento Embargos y Mutuales, Un (1)
Jefe de Departamento Peculios, Un (1) Jefe de Departamento Viáticos y Servicios
Extraordinarios, Un (1) Jefe de Departamento. Cómputos, Un (1) Jefe de
Departamento Tesorería, Un (1) Jefe de Departamento Conciliaciones Bancarias,
Un (1) Jefe de Departamento Rendición de Cuentas, Un (1) Jefe de Departamento
Presupuesto, Un (1) Jefe de Departamento Previsiones, Un (1) Jefe de Departamento
Facturaciones, Un (1) Jefe de Departamento Almacenes, Un (1) Jefe de
Departamento Ordenes de Compra, Un (1) Jefe de Departamento Contrataciones, Un
(1) Jefe de Departamento Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, Un (1)
Jefe de Departamento Despacho, Un (1) Jefe de Departamento Servicios
Informáticos, Un (1) Jefe de Departamento Soporte Técnico, Un (1) Jefe de
Departamento Auditoría, Un (1) Jefe de Departamento Verificación y Control
Técnico, Un (1) Jefe de Departamento Laborales, Un (1) Jefe de Departamento
Estructuras y Planteles Básicos, Un (1) Jefe de Departamento Legajos, Control
de Asistencia y Servicios Sociales, Un (1) Jefe de Departamento Higiene y
Medicina Laboral, Un (1) Jefe de Departamento Apoyo Administrativo, todos ellos
conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública
Provincial Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), quedando
derogados los Decretos N° 2388/02, N° 951/05 y 1300/07.
ARTICULO 4º. Transferir e incorporar al Ministerio de Justicia la Estructura
Organizativa con sus respectivas plantas de personal nominadas e innominadas,
los créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros, materiales y
cuentas especiales que correspondan a la Escribanía General de Gobierno y a la
ex Dirección de Entidades Profesionales del ex Ministerio de Gobierno, con sus
correspondientes desagregaciones estructurales, niveles jerárquicos como así
también sus acciones, todo ello a fin de preservar continuidad operativa
funcional a la citada repartición.
ARTICULO 5º. Determinar para el ámbito de la Escribanía General de Gobierno los
siguientes cargos: Escribano General de Gobierno y Escribano Adscripto Superior
(artículo 7º de la Ley N° 10.830) ambos con retribución equivalente a la
determinada por Planilla Salarial; Nueve (9) Escribanos Adscriptos (Capítulo
III de la Ley N° 10.830) todos ellos con retribución equivalente a la de
Director de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96); Un (1)
Director de Administrativa Contable y Recursos Humanos; Un (1) Director de
Gestión Escrituraria; Un (1) Jefe de Departamento Administrativo Contable; Un
(1) Jefe de Departamento Pre-Escriturario; Un (1) Jefe de Departamento
Escriturario y Un (1) Jefe de Departamento Registro General, todos ellos
conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública
Provincial Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96).
ARTICULO 6º. El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones
presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente
decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el
Presupuesto General Ejercicio 2008.
ARTICULO 7º. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros
Secretarios en los Departamentos de Justicia, de Jefatura de Gabinete y
Gobierno y de Economía.
ARTICULO 8º. Registrar comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Ricardo Blas
Casal
Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Justicia
Gobernador
Alberto Pérez
Ministro de Jefatura
de Gabinete y Gobierno
Rafael Perelmiter
Ministro de Economía
ANEXO 1
ANEXO 4
ANEXO 5
ANEXO 6
ANEXO 7
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
ACCIONES
1. Asegurar el respeto y
protección de las garantías constitucionales de los habitantes bonaerenses.
2. Proponer y formular propuestas relacionadas con la política provincial en
materia de organización de la justicia y asistir en la ejecución de la misma.
3. Elaborar y proponer acciones que hacen a la política relacionada a las
personas jurídicas, ejerciendo además el debido contralor legal.
4. Mantener la pertinente relación con el Consejo de la Magistratura Provincial
e intervenir en la elevación de las propuestas para la designación de
magistrados y funcionarios que requieran acuerdo legislativo.
5. Organizar las actividades relacionadas con el ejercicio de la policía
societaria y asociacional.
6. Atender todas las actividades relacionadas con el régimen institucional de
las profesiones que se ejerzan en el territorio provincial y cajas
profesionales; tendiendo a mejorar los controles necesarios y proponiendo las
modificaciones oportunas.
7. Proyectar acciones tendientes a profundizar el vínculo de las Entidades
Profesionales con la Comunidad, en especial, en relación a la prestación de
servicios sociales.
8. Organizar y aplicar el régimen notarial y de designaciones de escribanos
titulares, adscriptos y suplentes de Registro.
SUBSECRETARIA DE
POLITICA CRIMINAL
ACCIONES
1. Proponer la política
criminal de la Provincia y las acciones a seguir en la materia, entendiendo en
la elaboración de anteproyectos normativos en las materias de su competencia.
2. Asistir al Ministro de Justicia en la administración de la política y
programas penitenciarios, reforma penitenciaria y de ejecución penal y proponer
políticas y programas relativos a la problemática penitenciaria y la ejecución
penal en todos sus segmentos.
3. Implementar un enfoque
integrado de prevención del delito, desarrollando estrategias situacionales,
ambientales y sociales.
4. Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas referentes a cuestiones de
política criminal, prevención del delito, problemática penitenciaria y del
sistema de ejecución penal.
5. Ejercer la administración y fiscalización del Servicio Penitenciario
Bonaerense, del Patronato de Liberados Bonaerense, de la Dirección General de
Salud Penitenciaria y del Centro de Protección de los Derechos de la Víctima.
6. Proponer políticas y programas relativos a la inclusión social de las
personas privadas de libertad y a las sometidas a tutela.
7. Establecer los lineamientos políticos para el cumplimiento de las medidas
judiciales.
8. Implementar políticas de transparencia respecto de la situación de las
personas privadas de su libertad en el ámbito del Ministerio de Justicia, de
acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
9. Implementar acciones necesarias para la investigación de actividades conexas
relacionadas con denuncias que por actos de corrupción o abuso, se realicen
contra los integrantes del Servicio Penitenciario Bonaerense, Patronato de
Liberados Bonaerense, Dirección General de Salud Penitenciaria y del Centro de
Protección de los derechos de la Víctima.
10. Proponer al programa de Infraestructura Judicial y Penitenciaria del
Ministerio de Justicia el mejoramiento y construcción de los centros de
detención.
11. Informar a los demás poderes, entes y organismos sobre la situación de las
personas privadas de libertad o sometidas a medidas restrictivas bajo la órbita
de este Ministerio.
12. Recabar y procesar datos que sirvan para la toma de decisiones en materia
de Política Criminal.
13. Intervenir en los trámites de conmutación de penas, proponiendo al Ministro
de Justicia el acto administrativo definitivo.
14. Llevar a cabo seminarios, congresos, jornadas de estudio, realizar
publicaciones referentes a cuestiones de política criminal, prevención del
delito y política de ejecución penal.
15. Promover y desarrollar acciones y mecanismos de coordinación y ejecución de
programas conjuntos con áreas y organismos del Gobierno Nacional, de los
Municipios, Universidades, Colegios Profesionales, organizaciones no
gubernamentales, foros y entidades comunitarias.
16. Promover la instrumentación de convenios de colaboración y de cooperación
institucional con organismos nacionales, provinciales y municipales, destinados
a la implementación conjunta de acciones, planes y programas.
17. Tendrá a cargo el Registro de aspirantes y su destino.
18. Coordinar e implementar políticas necesarias para el debido funcionamiento
del Centro de Protección de los Derechos de la Víctima.
SUBSECRETARIA DE
JUSTICIA
DIRECCION PROVINCIAL DE ENTIDADES PROFESIONALES
Y GESTION SOCIAL PROFESIONALMENTE RESPONSABLE
ACCIONES
1. Proponer, elaborar y
coordinar los anteproyectos normativos o reglamentarios relativos al
funcionamiento ordenado de las Entidades Profesionales en lo que hace a sus
respectivas gestiones administrativas, procurando la necesaria unificación de
criterios.
2. Desarrollar las acciones tendientes a la profundización del vínculo de los
Colegios, Consejos y Cajas Profesionales con la Comunidad, procurando el
establecimiento de políticas dirigidas a estimular la prestación por parte de
aquellos, de servicios destinados a la población de la Provincia de Buenos
Aires.
3. Organizar y mantener un registro de Entidades Profesionales prestadoras de
servicios sociales, procurando la permanente ampliación del universo de
prestaciones y prestadores, formalizando acuerdos que propendan a una gestión
ágil y eficaz de las mismas.
4. Coordinar las relaciones con los Colegios, Consejos y Cajas Profesionales,
evaluar la aplicación y proveer a la fiscalización del cumplimiento de las
normativas y reglamentaciones vigentes.
5. Organizar y mantener un registro de antecedentes doctrinarios, legislativos
y jurisprudenciales respecto a Entidades Profesionales.
6. Organizar y aplicar el régimen notarial y de designaciones de escribanos
titulares, adscriptos y suplentes de Registro.
7. Prestar servicio de guarda de los legajos de los Registros de Escrituras
Públicas de la provincia y producir la información que se le requiera sobre
registros notariales.
SUBSECRETARIA DE
JUSTICIA
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Proponer, elaborar y
coordinar los anteproyectos normativos y reglamentarios relativos al
reconocimiento, organización y funcionamiento de las personas jurídicas que
actúen y operen en todo el ámbito de la Provincia.
2. Organizar, mantener y actualizar un registro y matrícula de sociedades
comerciales, asociaciones civiles, fundaciones, mutualidades y demás
modalidades asociativas que la legislación vigente reconozca como personas
jurídicas. Asimismo, organizar, mantener y actualizar un registro de contratos
de colaboración empresaria: uniones transitorias de empresas (UTE) y
agrupaciones de colaboración.
3. Legitimar, fiscalizar y, en su caso, retirar la personería jurídica a las
modalidades asociativas, controlando o instrumentando según el caso, los
procesos de liquidación.
4. Realizar la promoción, asistencia técnica, asesoramiento integral y acciones
previstas en el convenio aprobado por el Decreto N° 4839/96 vinculado con
asociaciones mutuales en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires.
5. Participar, realizar y promover los estudios e investigaciones necesarios a
la temática del sector e intervenir en los trámites judiciales relacionados con
el ejercicio de la función a su cargo.
SUBSECRETARIA DE
POLITICA CRIMINAL
CENTRO DE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA VICTIMA
ACCIONES
1. Asistir a las víctimas
de delitos en el ámbito de esta Provincia, trabajando a partir de su
reconocimiento como sujeto de derecho atendiendo en sus necesidades de
protección y asesoramiento.
2. Promover, por diferentes medios, el uso efectivo por parte de la víctima, de
los recursos legales que el estado pone a su disposición.
3. Propiciar la adopción o modificación de normas legales y la implementación
de programas que tiendan a garantizar la protección y la asistencia de la
víctima del delito y de su familia.
4. Proponer políticas para la asistencia de la víctima del delito, su
protección y la de su familia, coordinando acciones y programas con el Poder
Judicial y demás organismos competentes del Poder Ejecutivo, Municipalidades y
organizaciones no gubernamentales.
5. Proponer, definir e implementar políticas, planes y programas para asegurar
el conocimiento, el respeto y la protección de los derechos de los habitantes
de la provincia de Buenos Aires, coordinando su ejecución con las áreas y
organismos gubernamentales cuya participación o intervención sea necesaria, y
con las entidades y organizaciones no gubernamentales.
6. Impulsar la participación de los poderes del Estado y de organismos no
gubernamentales en el intercambio de información y de propuestas orientadas a
dar asistencia efectiva a la víctima del delito, tanto a nivel nacional como
provincial y Municipal.
7. Impulsar el aporte y la participación activa de los Colegios de Abogados
tanto en los programas de asistencia a la víctima como en el servicio de
patrocinio jurídico gratuito.
8. Promover la creación de Centros de Asistencia a la Víctima del delito
proporcionando la conformación de Comisiones ad honórem integradas por
familiares de la víctima.
9. Actuar de oficio para lograr el pleno cumplimiento de las medidas
establecidas en el régimen jurídico básico e integral para las personas con
capacidades diferentes (Ley N° 10.592).
10. Estimular a través de los medios de comunicación el uso efectivo de los
recursos y servicios existentes, así como propender al desarrollo del sentido
de solidaridad social en esta materia.
SUBSECRETARIA DE
POLITICA CRIMINAL
DIRECCION PROVINCIAL DE POLITICA PENITENCIARIA
ACCIONES
1. Fiscalizar y controlar
las condiciones de detención que se cumplen en los establecimientos carcelarios
y centros de detención dependientes del Ministerio de Justicia.
2. Coadyuvar a la Subsecretaría de Política Criminal en la planificación,
ejecución y supervisión de la política dispuesta para que la administración
penitenciaria sea efectuada en el contexto de los Derechos Humanos, según
normativa internacional, nacional y provincial.
3. Efectuar un plan de monitoreo y seguimiento permanente de los aspectos
críticos y relevantes en los establecimientos penitenciarios, procesando datos
y elaborando estadísticas para la adopción de las medidas políticas
correspondientes.
4. Coordinar el Cuerpo de Supervisores de Unidades Penitenciarias como fuente
de información directa de la realidad de los establecimientos carcelarios,
tanto en los temas edilicios, de personal, población, visitas, violencia y
demás aspectos concernientes.
5. Establecer planes que fomenten el aprendizaje de aptitudes, trabajo y
estudio de las personas privadas de su libertad, en forma tal que el tiempo de
encierro se convierta en adquisición de herramientas para incluirse
adecuadamente en el medio libre.
6. Participar, mediante los representantes del Ministerio, de la conformación
de los cuerpos técnico criminológicos con sede en las unidades penitenciarias,
particularmente de los Grupos de Admisión y Seguimiento (decreto 2889/04),
aplicando la política emanada en la materia tanto para la administración de
programas de asistencia y tratamiento a la persona privada de libertad como en
la elaboración de informes.
7. Administrar la política de recursos humanos aplicable al personal
penitenciario y de Salud Penitenciaria, estableciendo criterios para la
convocatoria, selección, capacitación permanente y promoción de los agentes
necesarios para desarrollar la tareas asignadas a estas dependencias.
8. Inspeccionar permanentemente el sistema de detención, en lo inherente al
funcionamiento del Servicio Penitenciario Bonaerense y de la Dirección General
de Salud Penitenciaria, dando trámite administrativo y/o judicial a las
irregularidades que se detecten.
9. Definir mecanismos legales, elaborar anteproyectos de reforma y
actualización de normas relacionadas con el Servicio Penitenciario y la
Dirección General de Salud Penitenciaria.
10. Intervenir en la evaluación e informes para el otorgamiento o denegación de
conmutación de penas.
11. Analizar y proponer, articulando con el Programa de Infraestructura
Judicial y Penitenciaria la formulación de proyectos relacionados con la
construcción, ampliación remodelación, mejoramiento y mantenimiento de las
unidades carcelarias y de las alcaidías.
12. Ejercer la función de nexo con el Servicio Penitenciario Bonaerense,
Dirección General de Salud Penitenciaria y el Patronato de Liberados en lo
inherente a la detención y ejecución penal.
SUBSECRETARIA DE
POLITICA CRIMINAL
DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA
ACCIONES
1. Planificar lo atinente
al Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
2. Fomentar la promoción, protección, recuperación y rehabilitación, de la salud
de las personas privadas de libertad y del personal penitenciario.
3. Impartir directivas sobre educación sanitaria elevando el nivel científico
del personal especializado.
4. Evaluar las distintas propuestas de las Direcciones y Departamentos en lo
atinente a la aplicación del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
5. Planificar las actividades a desarrollar por los profesionales médicos,
técnicos y auxiliares pertenecientes a las distintas áreas y Departamentos que
prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.
6. Coordinar acciones con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos
Aires, a través de la Subsecretaría de Política Criminal.
7. Planificar lo concerniente a la transferencia de conocimiento interno en
cada una de las Direcciones y Areas.
8. Procurar y promover, a través del Departamento de Capacitación Técnico
Profesional y de Investigación Científica, la obtención de becas y/o
participación en cursos, jornadas, simposios, congresos, para los integrantes
del cuerpo médico profesional del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
9. Propiciar la celebración de convenios con diferentes organismos de difusión
científica públicos o privados, nacionales o internacionales, tendiendo así al
flujo de comunicación de material vinculado a las ciencias biomédicas.
10. Promover la protección
de la salud de las personas privadas de la libertad mediante el control de un
adecuado régimen alimenticio vigilando el cumplimiento de normas de higiene y
salubridad individual y colectiva, supervisando la ejecución de actividades
deportivas y educación física, controlando los catastros médicos
correspondientes, el desarrollo de los planes de vacunación y el cumplimiento
de las normas de seguridad laboral.
11. Supervisar las actividades inherentes al Reconocimiento Médico del personal
del Servicio Penitenciario Bonaerense.
12. Implementar a través del Legajo Tutelar Único informatizado de cada
interno, la historia clínica de los mismos.
13. Diseñar el plan regional de atención de catástrofes con recursos operativos
propios ensamblándolos funcionalmente con eventuales equipos sanitarios de
apoyo externo.
14. Planificar la ejecución de las tareas de control a través de un área de
auditoría legal y médica.
15. Controlar la aplicación por parte de la Dirección de Gestión y Control de
la Calidad de la Salud Penitenciaria de los mecanismos necesarios para acceder
a los niveles de calidad planificados
16. Realizar la superintendencia sobre la actividad de los profesionales de la
Salud en la Institución, proponiendo, organizando y coordinando las acciones de
capacitación y/o actualización correspondiente.
17. Promover la implementación de medidas tendientes a optimizar las
condiciones de trabajo mediante la implementación de normas de Higiene y
Seguridad.
MINISTRO DE
JUSTICIA
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ACCIONES
1. Programar, controlar y
ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable,
económica y financiera en el ámbito del Ministerio, elaborar el proyecto de
presupuesto anual de los organismos de la jurisdicción del Ministerio y
controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes.
2. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores
de las Subsecretarias y Dependencias de la Jurisdicción, de acuerdo a las
normativas y reglamentaciones vigentes y en un todo de acuerdo con las
instrucciones que imparta el Ministerio de Justicia y de Economía.
3. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro
de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de
los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento de la jurisdicción
como así también organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a
compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás
actividades vinculadas a su competencia.
4. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico administrativo necesario a
los organismos de la jurisdicción, diligenciando las actividades propias a la
mesa de entradas, salidas y archivo, protocolización y despacho, sistemas de
informática, control y registro de redes y computadoras personales, hardware y
software, elaboración de mapas e índices de telefonía.
5. Auditar la correcta aplicación de los recursos de las distintas partidas
presupuestarias de la Jurisdicción, y su asignación, como así también, en el
aspecto operacional de los gastos y recursos presupuestados.
6. Coordinar y controlar la correcta confección de los distintos estados
contables y anexos requeridos por el Organismo correspondiente.
7. Elaborar pautas y brindar soporte metodológico en la planificación de la
administración del recurso humano.
8. Coordinar con la Dirección de Personal, la implementación de un sistema de
control y verificación de la liquidación de haberes respecto de la situación de
revista de los agentes del organismo.
MINISTRO DE JUSTICIA
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL Y PENITENCIARIA
ACCIONES
1. Intervenir en la
aplicación de los recursos para la ejecución de la infraestructura y equipamiento
del Poder Judicial y Servicio Penitenciario, conforme los programas de obras,
en coordinación con las reparticiones del estado Nacional, Provincial,
Municipal, públicas o privadas.
2. Gestionar fondos provenientes de convenios con Organismos de cooperación y
multilaterales de crédito.
3. Planificar y programar las necesidades de organización, infraestructura y
equipamiento del Poder Judicial y del Penitenciario, acorde a los lineamientos
que establezca el Programa de Infraestructura Judicial y Penitenciaria.
4. Desarrollar toda acción necesaria en infraestructura y equipamiento en el
Poder Judicial y Penitenciario en cumplimiento de las metas del programa.
5. Intervenir en todo lo concerniente a los programas de necesidades y
criterios arquitectónicos de los proyectos ejecutivos en las unidades
penitenciarias y judiciales, en coordinación con los organismos específicos.
6. Gestionar las acciones de contratación, seguimiento de obra y equipamiento
de la infraestructura Judicial y Penitenciaria, en los actos preparatorios para
el llamado a concurso, licitación nacional o internacional para la elaboración
de estudios, documentos ejecutivos, seguimiento de las obras, construcción y
equipamiento de los complejos judiciales y penitenciarios.
7. Planificar, coordinar y ejecutar todas las acciones tendientes a la
concreción de los Programas, conforme lo establecido en los párrafos
anteriores, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 inciso 5° de la
Ley de Ministerios.
UNIDAD MINISTRO
OFICINA DE PROYECTOS
ACCIONES
1. Elaborar anteproyectos
de propuestas normativas, reformas a la legislación vigente o a algunos de sus
institutos, organizando y coordinando los equipos de investigación.
2. Estudiar y analizar los proyectos remitidos por otros organismos del Estado
Nacional y Provincial, Universidades, Organizaciones No Gubernamentales y
Colegios Profesionales.
3. Organizar y coordinar las comisiones de estudio y de trabajo en las que
participe el Ministerio o alguno de sus organismos.
4. Procurar la presencia, integración y participación en los proyectos de las
áreas y dependencias que correspondan, y en las comisiones o reuniones de
trabajo dispuestas por los Poderes del Estado Nacional y Provincial.
5. Llevar un registro temático de antecedentes jurisprudenciales y
doctrinarios, de derecho interno y comparado, de los institutos legales o
materias sometidas a investigación.
6. Analizar los aspectos técnicos y de gestión de los proyectos de actos
administrativos, de alcance general y particular en general, que se sometan a
consideración del señor Ministro.
7. Supervisar la recepción, derivación, registro interno, asignación de
trámite, reserva y diligenciamiento de documentación, piezas administrativas,
notas y todo trámite que ingrese o egrese de la Unidad Ministro.
8. Brindar el apoyo administrativo necesario para la comunicación de audiencias
y reuniones de gabinete del señor Ministro.
SUBSECRETARIA DE
JUSTICIA
DIRECCION DE RELACIONES DE JUSTICIA
ACCIONES
1. Asistir y participar
en las actividades inherentes para la designación de magistrados y funcionarios
del Poder Judicial que requieran acuerdo legislativo, en base a las ternas
elevadas por el Consejo de la Magistratura.
2. Coordinar con el Poder Judicial de la Provincia y los Colegios de Abogados,
la formulación de propuestas tendientes a obtener una adecuada asistencia
jurídica gratuita para los sectores carentes.
3. Colaborar en la elaboración de propuestas para la implementación de medios
alternativos para la solución de conflictos.
4. Aconsejar sobre la conveniencia y oportunidad de la implementación de nuevos
fueros y la creación de nuevos departamentos judiciales.
5. Conocer de la organización y funcionamiento de la Justicia de Paz Letrada y
de los Tribunales de menor cuantía, de vecindad y de faltas.
SUBSECRETARIA DE
JUSTICIA
DIRECCION DE ANTECEDENTES Y
GARANTIAS CONSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Relevar y procesar los
antecedentes normativos, doctrinarios y jurisprudenciales, provinciales,
nacionales y extranjeros en materia de justicia.
2. Preparar los decretos de aprobación de textos ordenados de normas generales
en temas de justicia.
3. Elaborar bases estadísticas y proveer su permanente actualización, con
relación al estado de las causas iniciadas en los diferentes órganos, fueros y
departamentos judiciales.
4. Elaborar los estudios estadísticos necesarios para analizar las necesidades
de creación de nuevos órganos judiciales.
5. Proponer y desarrollar acciones tendientes a amparar los derechos y
garantías constitucionales, a fin de asegurar su vigencia en el territorio
bonaerense.
6. Implementar acciones que conlleven a la divulgación de los derechos en
general y a la defensa de los intereses difusos.
7. Coordinar acciones con organismos provinciales y nacionales dedicados a la
defensa de las garantías constitucionales.
8. Llevar un Registro Personal de Deudores Alimentarios Morosos y de Deudores
con Ejecuciones Judiciales, para atender el requerimiento de la certificación
correspondiente.
DIRECCION
PROVINCIAL DE ENTIDADES PROFESIONALES
Y GESTION SOCIAL PROFESIONALMENTE RESPONSABLE
DIRECCION DE ENTIDADES PROFESIONALES
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos Técnico y Registraciones Notariales.
DIRECCION
PROVINCIAL DE ENTIDADES PROFESIONALES
Y GESTION SOCIAL PROFESIONALMENTE RESPONSABLE
DIRECCION DE GESTION SOCIAL PROFESIONALMENTE RESPONSABLE
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes al Departamento de Gestión Social Profesionalmente Responsable.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
DIRECCION DE LEGITIMACIONES DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Realizar los análisis
y estudios de la documentación presentada e informar sobre la legitimidad del
pedido y/o mantenimiento de la personería jurídica de las sociedades
comerciales, asociaciones civiles, fundaciones y otras formas asociativas.
2. Evaluar e informar sobre el debido cumplimiento de la normativa vigente en
las solicitudes de conformación de estatuto de las sociedades civiles y
comerciales, asociaciones, fundaciones, demás modalidades asociativas, uniones
transitorias de empresas y agrupaciones de colaboración, comprendiendo los
aspectos fiscales registrales.
3. Elaborar los actos administrativos necesarios al trámite de conformación,
modificación o disolución de las sociedades y asociaciones exponiendo la fundamentación
de los mismos.
4. Implementar y atender el registro y matrícula de las sociedades comerciales,
uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración, asociaciones
civiles, fundaciones y demás formas asociativas por la legislación vigente.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
DIRECCION DE FISCALIZACION DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Ejercer las
actividades de fiscalización previstas en la Ley N° 8.671 y sus modificatorias
y/o complementarias como, así también, elaborar y proponer los actos
administrativos derivados de esta función.
2. Verificar el debido cumplimiento por parte de las sociedades comerciales,
asociaciones civiles, mutualidades y fundaciones de las obligaciones que las
leyes generales o especiales establezcan para las mismas como, así mismo el
cumplimiento de las obligaciones impuestas por otros organismos de contralor
específicos.
3. Organizar, mantener e implementar los sistemas de inspección necesarios al
desarrollo y cumplimiento de las acciones encomendadas.
4. Recabar, analizar e informar la documentación que acredite el cumplimiento
de las obligaciones por parte de las sociedades y asociaciones, y elaborar y
proponer los actos administrativos derivados de esta actividad.
5. Participar en los estudios e investigaciones necesarios a la temática del
sector, aportando los informes y análisis surgidos de la práctica y experiencia
a fin de tender a optimizar los sistemas de fiscalización y control.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
DIRECCION DE REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Registrar los
instrumentos que ordenen las dependencias del área.
2. Tomar razón de embargos, inhibiciones, concursos, quiebras y demás medidas
cautelares en un registro especial.
3. Confeccionar la Matrícula Registral asentando las inscripciones de las
sociedades por su constitución, reforma de estatutos, aumentos de capital,
modificaciones de sus órganos directivos, disoluciones, liquidaciones y
cancelaciones de su inscripción, embargos y medidas cautelares.
4. Mantener actualizado un registro de entidades inscriptas.
5. Controlar, autorizar y registrar la rúbrica de libros sociales.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
DIRECCION DE ASOCIACIONES MUTUALES
DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Cumplir con las
funciones y tareas previstas en el convenio celebrado por la Provincia de
Buenos Aires con el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social
(INAES), aprobado por Decreto Provincial N° 721/00, realizando la promoción,
fomento, asistencia técnica, asesoramiento integral y demás acciones vinculadas
con las entidades mutuales.
2. Mantener actualizado el Registro de Asociaciones Mutuales con domicilio en
la Provincia de Buenos Aires.
3. Promover y participar en reuniones regionales y/o nacionales.
4. Intervenir en el control público y poder de la policía sobre las entidades
mutuales domiciliadas en la Provincia.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
DIRECCION TECNICO-ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Organizar, implementar
y supervisar los sistemas de apoyo técnico administrativo para todas las
dependencias y áreas de la Dirección Provincial.
2. Informar al público en general sobre las disposiciones vigentes y atender
los requerimientos de los mismos.
3. Elaborar, distribuir y dar a publicidad la información estadística del sector.
4. Elaborar e implementar los planes y programas de informatización para todas
las áreas y dependencias de la Dirección Provincial.
5. Organizar, mantener y actualizar un registro individualizado de la
documentación y antecedentes requeridos para las entidades de la Dirección
Provincial.
6. Coordinar los distintos requerimientos de personal para la Dirección
Provincial.
7. Sustanciar los actos administrativos del sector.
SUBSECRETARIA DE
POLITICA CRIMINAL
DIRECCION DE POLITICA CRIMINAL
ACCIONES
1. Realizar estudios,
investigaciones, detalles estadísticos, en el ámbito del sistema penal.
2. Elaborar y proponer la política criminal y de prevención del delito a
implementar por los organismos vinculados a la materia.
3. Diseñar programas específicos destinados a actuar sobre la problemática
delictiva, tanto en la faz preventiva como punitiva.
4. Coordinar los planes y programas existentes o a crearse en el ámbito de su
competencia y dirigir estudios, investigaciones y estadísticas referentes a
cuestiones de política criminal y prevención del delito.
5. Implementar sistemas y procedimientos para recabar y procesar datos que
sirvan para la toma de decisiones en materia de Política Criminal.
6. Articular los lineamientos de política criminal establecida con la
Subsecretaría de Justicia, Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de
Seguridad, Poder Judicial y todo organismo nacional y provincial vinculado a la
materia.
7. Intervenir en anteproyectos legislativos vinculados con temas de su
competencia en el ámbito del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos
Aires.
CENTRO DE
PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA VICTIMA
DIRECCION DE DEFENSA A LA VICTIMA
ACCIONES
1. Colaborar con la
víctima del delito en la formulación de denuncias y en la tramitación y seguimiento
de las causas judiciales.
2. Asistir y asesorar legalmente a la víctima del delito y, en su caso, a su
familia, elaborando los informes administrativos, técnicos y profesionales
correspondientes de cada uno de los asistidos.
3. Implementar en coordinación con los Colegios de Abogados el servicio de
patrocinio jurídico gratuito de las víctimas.
4. Desarrollar planes y dirigir la investigación en el área de la discapacidad.
CENTRO DE PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA VICTIMA
DIRECCION DE ASISTENCIA A LA VICTIMA
ACCIONES
1. Desarrollar tareas
tendientes a determinar el daño presente en la personalidad de la víctima y la
trascendencia futura de ese daño.
2. Implementar acciones tendientes a brindar asistencia y tratamiento a la
víctima para su recuperación física , psicológica y social.
3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo a
todas las dependencias a las que se asiste y brindar la información requerida
por cada una de ellas.
4. Coordinar y gestionar la utilización de recursos comunitarios locales y
regionales para atender las necesidades de los asistidos y/o sus familiares.
CENTRO DE
PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LA VICTIMA
DIRECCION DE PROTECCION A LA VICTIMA
ACCIONES
1. Colaborar con el
Centro en la realización de jornadas, seminarios y cursos abiertos a la
comunidad, dirigidos a la concientización y el conocimiento de los derechos y
recursos que asisten a la víctima del delito.
2. Determinar, seleccionar y proponer la implementación y ejecución de
programas de acción, con cobertura provincial, para toda aquella necesidad que
presenten los asistidos y sus respectivos grupos familiares, proponiendo
soluciones alternativas a las distintas situaciones socio-asistenciales.
3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo a
todas las dependencias a las que se asiste y brindar la información requerida
por cada una de ellas.
4. Efectuar y controlar la capacitación técnica del personal destinado a
divulgación, al entrenamiento de operadores para los programas de aplicación y
en general la asistencia técnica relacionada a los temas afines.
5. Coordinar con otros poderes del Estado Nacional y/o Provincial toda gestión
referente a la protección de la víctima.
DIRECCION
PROVINCIAL DE POLITICA PENITENCIARIA
DIRECCION DE POBLACION CARCELARIA
ACCIONES
1. Brindar asistencia
para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Ad Hoc de seguimiento
de problemas carcelarios, compuesta por miembros del Poder Ejecutivo,
Legislativo, Judicial, demás organismos gubernamentales y organizaciones no
gubernamentales. Elaborar y analizar propuestas.
2. Fiscalizar los organismos carcelarios y de detención dependientes del
Ministerio de Justicia en los aspectos que involucren a la población carcelaria
en todos los derechos que la asisten.
3. Fomentar la articulación de acciones para lograr capacitación laboral y
obtención de fuentes de trabajo para los internos, en busca de la futura
inclusión social.
4. Generar acciones correspondientes para garantizar la educación, formal y no
formal, en todos los establecimientos carcelarios.
5. Promover actividades de orden artística, cultural y deportiva en las
cárceles.
6. Establecer los parámetros y lineamientos generales y particulares en la
organización y administración de los institutos carcelarios y de detención
dependientes del Ministerio de Justicia.
7. Atender programas de prelibertad, libertad asistida, prisión diurna,
nocturna, domiciliaria, sistema de monitoreo electrónico, centros de
reinserción, en acción conjunta con el Patronato de Liberados.
8. Organizar las acciones administrativas correspondientes a los registros de
entradas, salidas, trámites, movimientos internos y archivo de las actuaciones
que se susciten con motivo de las peticiones de conmutación de penas.
9. Atender los programas de género en lo relacionado con la población
carcelaria.
DIRECCION
PROVINCIAL DE POLITICA PENITENCIARIA
DIRECCION DE PERSONAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS
ACCIONES
1. Intervenir en las cuestiones
relativas a altas, bajas, retiros, recursos y sumarios administrativos del
personal penitenciario y de salud penitenciaria.
2. Atender el registro de entradas, salidas, trámites, movimientos internos y
archivo de las actuaciones que se susciten con motivo de las cuestiones del
personal penitenciario y de salud penitenciaria y toda otra documentación que
por disposición legal deba intervenir el Ministerio. Proyectar los actos
administrativos correspondientes. Notificar Decretos y/o Resoluciones a los
causantes.
3. Realizar acciones y estudios tendientes a mejorar el sistema penitenciario y
postpenitenciario propendiendo a la mejora de la condiciones de detención de
los procesados y penados a través de la realización de cursos de formación y
capacitación destinados al personal penitenciario y de salud penitenciaria.
4. Participar en la determinación de las necesidades materiales y en la
formación e integración de los recursos humanos del Servicio Penitenciario
5. Fiscalizar los organismos carcelarios y de detención de acuerdo a los
lineamientos establecidos y en lo que respecta al personal.
6. Dar trámite a las solicitudes de ingresos formuladas en el marco de la ley
10.592 en el Servicio Penitenciario Bonaerense y en la Dirección General de
Salud penitenciaria.
7. Participar en la determinación del cronograma anual de ingresos en el
Servicio Penitenciario Bonaerense y en la Dirección General de Salud
penitenciaria.
8. Proponer las necesidades de cargos de personal que haya que incluir en las
leyes de presupuesto.
DIRECCION
PROVINCIAL DE POLITICA PENITENCIARIA
DIRECCION DE INSPECCION Y CONTROL
ACCIONES
1. Fiscalizar y controlar
los establecimientos carcelarios dependientes del Ministerio de Justicia a
efectos de detectar y/o investigar de la existencia de faltas, delitos o
conductas anómalas.
2. Ejercer tareas de control sobre el accionar del Servicio Penitenciario
Bonaerense y de la Dirección Gral. de Salud Penitenciaria.
3. Desarrollar actividades investigativas correspondientes a los efectos de la
evaluación de gestión y de responsabilidades administrativas, de la decisión de
incoar sumarios administrativos y de la presentación de denuncias judiciales.
4. Realizar control de mérito y oportunidad de los sumarios administrativos del
personal del SPB y la DGSP iniciados en relación a la posible comisión de
faltas o transgresiones a la ley de personal y estatutos de esas instituciones
5. Realizar seguimiento de causas penales en que se encuentra involucrado
personal penitenciario y médico.
6. Optimizar, mediante propuestas a la Subsecretaria de Política Criminal de
sistemas y procedimientos de control, las instancias actuales de auditoría,
fiscalización y supervisión, a fin de disminuir y evitar la comisión de
ilícitos, faltas administrativas y desvíos de bienes.
7. Actuar como instructor de sumarios de relevancia institucional cuando le sea
asignado por la Subsecretaria de Política Criminal.
DIRECCION GENERAL
DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCION DE GESTION Y CALIDAD DE LA SALUD
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y
controlar el cumplimiento de los niveles de calidad de los diferentes servicios
de salud del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
2. Instrumentar los mecanismos necesarios para ejercer la supervisión de las
actividades vinculadas con el Sistema Integral de Salud Penitenciaria, con el
objeto de acceder a los niveles de calidad planificados.
3. Analizar toda información concerniente al funcionamiento del Sistema
Integral de Salud Penitenciaria, para su posterior evaluación y elevación de
las propuestas a la Dirección General, con el objeto de arribar a los niveles
de calidad requeridos y planificados.
4. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria para su consideración y
tratamiento informes con todo acto que no se ajuste a los preceptos estipulados
en el Juramento de Atenas y que, por tal motivo, sea pasible de considerarse
como falta a la ética médica.
5. Coordinar y supervisar la aplicación del Vademécum único de medicamentos,
drogas y accesorios no inventariables como así también del Nomenclador Único
Instrumental Técnico, Científico y de Electromedicina, con el objeto de arribar
a los niveles de calidad planificados.
6. Generar, coordinar y supervisar un archivo centralizado informático de las
Historias Clínicas Médicas de todos los internos, que sean asistidos dentro del
Sistema Integral de Salud Penitenciaria, a los efectos de centralizar,
procesar, analizar y evaluar dicha información en pos de arribar a los niveles
de calidad planificados.
7. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos del
Departamento de Procesamiento y Análisis de la Información y Bioestadística la
información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea
incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.
8. Determinar el cronograma y coordinar las reuniones periódicas con los
departamentos a su cargo, con el fin de evaluar el funcionamiento del Sistema
Integral de Salud Penitenciaria.
9. Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con las Direcciones
de Salud Mental y Adicciones y de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud,
como así también con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de
propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de
Salud Penitenciaria.
DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCION DE MEDICINA ASISTENCIAL Y
PROMOCION DE LA SALUD
ACCIONES
1. Coordinar y supervisar
las actividades desarrolladas por los profesionales médicos, técnicos y
auxiliares pertenecientes al área de medicina asistencial, promoción de la
salud, enfermedades prevalentes e infectocontagiosas que prestan servicios en
las distintas Unidades Penitenciarias.
2. Proponer y coordinar la ejecución de los distintos programas de asistencia y
tratamiento de la salud para ser implementados en las Unidades Penitenciarias,
en coordinación con los organismos competentes en la materia correspondiente.
3. Establecer una relación permanente con las áreas sanitarias, a fin de
procurar una correcta ejecución de las tareas a implementar.
4. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos de
los Departamentos a su cargo, en cuanto a la información recabada de los
internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar
Único informatizado de cada interno.
5. Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de
tareas de investigación y docencia vinculadas al ámbito de su competencia, en
relación con el Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de
Investigación Científica.
6. Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con la Dirección de
Salud Mental y Adicciones, la Dirección de Gestión y Calidad de la Salud y con
toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas
tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
DIRECCION GENERAL
DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCION DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES
ACCIONES
1. Coordinar y supervisar
las actividades desarrolladas por los profesionales del área de psiquiatría y
psicología que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.
2. Proponer y coordinar la ejecución de los distintos programas de su
competencia para ser implementados en las Unidades Penitenciarias que
correspondan, en coordinación con los organismos competentes en la materia.
3. Establecer una relación permanente con las áreas sanitarias, a fin de
procurar una correcta ejecución de las tareas a implementar.
4. Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos de
los Departamentos a su cargo, len cuanto a la información recabada de los
internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar
Único informatizado de cada interno.
5. Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de
tareas de tareas de investigación y docencia vinculadas al ámbito de su
competencia, en relación con el Departamento de Capacitación Técnico
Profesional y de Investigación Científica.
6. Planificar y supervisar las actividades vinculadas al tratamiento de las
conductas adictivas.
7. Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de
tareas en colaboración con la Subsecretaría de Adicciones de la Provincia de
Buenos Aires.
8. Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con la Dirección de
Medicina Asistencial y Promoción de la Salud, la Dirección de Gestión y Calidad
de la Salud y con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de
propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de
Salud Penitenciaria.
DIRECCION GENERAL
DE SALUD PENITENCIARIA
DIRECCION ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Administrar los
recursos físicos, humanos y las actividades que sirven de apoyo y demanda al
funcionamiento de la Dirección General de Salud Penitenciaria acorde a la
normativa vigente y a las directivas que establezcan las autoridades de las
dependencias competentes e involucradas.
2. Realizar las actividades relacionadas con la administración de recursos
humanos de la Dirección General de Salud Penitenciaria.
3. Atender el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y
archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en las Dirección General de
Salud Penitenciaria, controlando y verificando el debido cumplimiento de la
normativa vigente.
4. Sustanciar los actos administrativos que le sean requeridos por la
superioridad cumpliendo con los plazos y observaciones sobre la debida
aplicación de las normas.
5. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los
registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector.
6. Informar a la Dirección General de Administración la novedad en lo referente
a horas extraordinarias de labor, viáticos y movilidad.
7. Organizar, mantener e instrumentar el servicio de gestoría y correos para
todas las dependencias de la Dirección General de Salud Penitenciaria, realizar
las actividades necesarias a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de
expedientes, actuaciones y sobres en los lugares de destino determinados.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE ADMINISTRACION CONTABLE
ACCIONES
1. Coordinar y fiscalizar
los cursos de acción necesarios para llevar a cabo la gestión económica -
financiera de la Jurisdicción.
2. Organizar y supervisar las operaciones contables, financieras, impositivas e
inversiones.
3. Coordinar y supervisar el registro patrimonial de bienes muebles, inmuebles
y semovientes, según las normas y reglamentaciones vigentes.
4. Participar en la aprobación de la normativa que surja como consecuencia de
la gestión patrimonial.
5. Supervisar y gestionar la documentación relacionada a la rendición de
cuentas mensual ante los Organismos competentes.
6. Organizar y supervisar los registros contables, cuentas de terceros y/o
especiales.
7. Asegurar el debido cumplimiento de la normativa y directivas relacionadas
con la administración de las Cajas Chicas en las distintas Unidades
Penitenciarias y
dependencias del Organismo, como así también lo referido al fondo permanente y
atender las gestiones de divisas relacionadas con misiones al exterior.
8. Efectuar el control de los estados contables mensuales y el cierre anual del
ejercicio económico, a fin de su presentación ante los organismos de control.
Elevar mensualmente la rendición de cuentas de la inversión a la Contaduría
General de la Provincia para su posterior remisión del Honorable Tribunal de
Cuentas.
9. Brindar colaboración con la Dirección de Gestión y Control Presupuestario
para el cumplimiento de sus fines.
10. Colaborar con las dependencias y áreas involucradas del Organismo en la
conformación de bases de datos e informaciones vinculadas a la seguridad.
11. Gestionar la contratación de seguros sobre la totalidad de los bienes
patrimoniales. Efectuar el seguimiento de su vigencia, devengamiento y renovación.
Efectuar el análisis de cobertura y custodiar las pólizas.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE LIQUIDACIONES Y SUELDOS
ACCIONES
1. Organizar y supervisar
las liquidaciones de las erogaciones de gastos, haberes, jornales,
bonificaciones, retenciones, complementos y demás compensaciones al personal.
2. Coordinar con las Dependencias y áreas involucradas, el control y
verificación de la liquidación de haberes respecto de la situación de revista
de los agentes.
3. Asesorar al personal con relación a los servicios de cobertura por riesgos
del trabajo, como así también seguro de vida vigente, servicios de guardería,
bonificaciones y beneficios al personal.
4. Coordinar con las Unidades Penitenciarias, Dependencias y áreas
involucradas, el control y verificación de la liquidación de haberes respecto
de la situación de revista de los agentes.
5. Administrar la gestión de cobro de peculio de los internos del Servicio
Penitenciario Bonaerense.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE FINANZAS
ACCIONES
1. Controlar y fiscalizar
el cumplimiento relativo a las disposiciones contables vinculados con su
función.
2. Efectuar las recaudaciones y pagos previa intervención de la Delegación de
Contaduría General de la Provincia.
3. Rendir cuentas documentadas de todas las erogaciones que se pagan por la
Repartición.
4. Recibir y ordenar la documentación de caja.
5. Observar todo documento que no reúna los requisitos legales.
6. Llevar la contabilidad, en forma sintética de los fondos que se entreguen a los
sub-responsables.
7. Realizar arqueos periódicos de las tenencias de valores.
8. Efectuar rendiciones conforme lo solicite el Honorable Tribunal de Cuentas
de la Provincia.
9. Recepcionar y ejercer la custodia de cualquier tipo de pólizas en garantías.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE GESTION Y CONTROL PRESUPUESTARIO
ACCIONES
1. Programar y
confeccionar el anteproyecto del presupuesto integrado de la Jurisdicción y
controlar su ejecución, dentro de la normativa que regula la actividad técnico
contable.
2. Elaborar las cuotas de programación presupuestaria con el objeto de ejercer
un mayor control de la ejecución del gasto a lo largo del ejercicio económico y
remitiendo la misma al Ministerio de Economía.
3. Analizar y adecuar los posibles desvíos del presupuesto, de acuerdo a la
normativa legal vigente, y a las directivas emanadas por los organismos
competentes e involucrados.
4. Realizar la imputación de los consumos con el respectivo análisis de los
resultados de cada una de las partidas presupuestarias.
5. Evaluar, a partir de cada imputación y ejecución y los incrementos
presupuestarios, las transferencias gestionadas por la Dirección General de
Administración.
6. Elaborar informes de avance relacionados con la ejecución presupuestaria, a
fin de destacar desvíos y proponer acciones correctivas.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
ACCIONES
1. Elaborar el diseño del
Procedimiento Administrativo de las Compras urgentes y mediatas, de acuerdo a
los requerimientos y reales necesidades de las distintas Unidades
Penitenciarias, Dependencias y Áreas de Acción.
2. Actuar en la gestión previa y en la ejecución de toda compra ejerciendo el
control y la fiscalización pertinente, como así también en la confección y
ejecución de todos los contratos.
3. Controlar y gestionar la compra y provisión, en tiempo y forma, de todos los
bienes muebles e inmuebles, medicamentos, semovientes y servicios, según lo
requerido por el organismo para el desarrollo de su accionar, ejerciendo los
controles y fiscalizaciones pertinentes de acuerdo con lo estipulado por la
normativa vigente, en un todo de acuerdo con la política de aplicación de
fondos definida por el presupuesto.
4. Intervenir en los procesos de selección de proveedores de compras y
contrataciones que se realicen en forma directa, supervisando la decisión
técnico - económica correspondiente y realizando el seguimiento de la gestión
hasta el cumplimiento de la misma de acuerdo con la reglamentación. Mantener
actualizado el registro de proveedores en plena concordancia con el Registro de
Proveedores del Estado de la Provincia.
5. Efectuar el análisis económico de las ofertas y la ejecución y cumplimiento
de los contratos que las mismas resulten.
6. Confeccionar los pliegos de bases y condiciones para los llamados a
licitaciones.
7. Confeccionar los denominados pliegos tipos.
8. Colaborar con las Dependencias y Áreas involucradas del Organismo en la
conformación de datos e informaciones vinculadas con la seguridad.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE SERVICIOS TECNICO ADMINISTRATIVOS
ACCIONES
1. Programar, coordinar e
implementar los actos administrativos necesarios para la atención del despacho
del Ministerio, elaborando y proponiendo los anteproyectos de decretos,
resoluciones, disposiciones, directivas, notas, convenios, y otros actos
inherentes a la gestión, verificando el estricto cumplimiento de las normas
legales de aplicación.
2. Controlar el cumplimiento de la normativa vigente para el trámite de las
actuaciones que se gestionen en la Jurisdicción a través de la Dirección
General de Administración.
3. Analizar los aspectos legales de los proyectos de las Disposiciones emanadas
de las autoridades del Ministerio, observando y procediendo a la devolución de
aquellos que no reúnan los recaudos legales, técnicos y de procedimiento
suficientes para su dictado o, en su caso, dar intervención a los organismos
que corresponda.
4. Proponer, elaborar y coordinar pautas, criterios y acciones con las áreas y
dependencias del organismo involucradas, los proyectos de decretos,
resoluciones y disposiciones necesarias para la gestión.
5. Organizar y mantener actualizados los registros de: los actos suscriptos por
el Ministro, el de las Disposiciones dictadas por las distintas autoridades del
Organismo y el de convenios.
6. Disponer la publicación de los actos administrativos en el Boletín Oficial.
7. Elaborar informes y dar intervención a los Organismos competentes en caso de
corresponder.
8. Organizar, implementar y supervisar las tareas de la Mesa General de
Entradas, el registro de actuaciones que ingresan y egresan de la Jurisdicción,
el movimiento interno de las mismas y su archivo.
9. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de
materia bibliográfico y documentación.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE AUDITORIA
ACCIONES
1. Asesorar a la
Dirección General de Administración en cuestiones técnicas, administrativas y
contables.
2. Analizar, programar e implementar las acciones necesarias a fin de llevar a
cabo, con la periodicidad que determine la Dirección General de Administración,
las Auditorias internas relacionadas con las operaciones administrativas
contables en todas las Dependencias del Servicio Penitenciario Bonaerense.
3. Elaborar los informes técnicos y dictámenes que, en materia contable surjan
como resultado de las auditorias practicadas, realizando por si o a pedido de
las autoridades respectivas, arqueos, inventarios, compulsas y peritajes.
4. Verificar mensualmente los balances que remitan todas las Unidades
Penitenciarias.
5. Asistir y participar en las aperturas de los actos licitatorios, concursos,
compulsas y otros actos en orden a las verificaciones y supervisión de las
determinaciones especificadas en la Ley de Contabilidad y demás normas de
aplicación.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL
DE PERSONAL DE LA PROVINCIA
ACCIONES
1. Coordinar y dirigir
las actividades vinculadas con la administración de los recursos humanos
asignados a la jurisdicción, de acuerdo a lo establecido en el Régimen para el
Personal de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires Ley
10.430, con las normativas, reglamentaciones y disposiciones determinadas para
el sector, de acuerdo a las pautas emanadas de la repartición central rectora
en los temas de personal.
2. Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de los temas
laborales y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal.
3. Planificar acciones de prevención en materia de Higiene y Seguridad laboral
teniendo como precepto al Estado como empleador.
4. Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de controlar el
efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de
asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los
agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y
pedidos de licencias previstos por los textos legales vigentes.
5. Intervenir en el sistema de registración de antecedentes del personal
mediante la elaboración de los legajos de cada agente y controlar las
certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los
beneficios jubilatorios.
6. Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los
planteles básicos, movimiento y asignación del personal, carrera
administrativa, concursos y anteproyectos de estructuras de acuerdo a las
pautas fijadas y concertar criterios con los organismos rectores en la materia
y organizar las relaciones en lo atinente a capacitación del personal con las
reparticiones del Ministerio y con el organismo central de administración de
personal.
PROGRAMA DE
INFRAESTRUCTURA JUDICIAL Y PENITENCIARIA
COORDINACION DE FINANCIAMIENTO
ACCIONES
1. Coordinar y programar
con el Ministerio de Economía los recursos necesarios para financiar, acciones,
obras y equipamiento que surjan del programa de infraestructura judicial y
penitenciaria.
2. Coordinar y programar con la Dirección General de Administración del
Ministerio de Justicia, las adquisiciones que den cumplimiento al Programa de
Infraestructura Judicial y Penitenciaria.
3. Intervenir y gestionar en programas de asistencia financiera sectorial.
4. Programar y fiscalizar el avance contable financiero de las acciones
especificas.
5. Impulsar y gestionar convenios de asistencia financiera nacional e
internacional, referidos a las acciones principales del programa.
6. Coordinar, fiscalizar y ejecutar las acciones necesarias para la concreción
de las metas.
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL Y PENITENCIARIA
COORDINACION DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
ACCIONES
1. Planificar la
infraestructura judicial y penitenciaria en coordinación con las reparticiones
del Estado nacional, provincial, públicos o privados y con los Ministerios de
Economía e Infraestructura y áreas específicas del Programa.
2. Formular promover y ejecutar los estudios y proyectos ejecutivos de las
obras interviniendo en la documentación y los procedimientos previos a las
obras.
3. Intervenir, en las obras de la infraestructura judicial y penitenciaria en
correspondencia del Programa de Infraestructura Judicial y Penitenciaria.
4. Asistir y planificar en los Programas de Mantenimiento de la infraestructura
judicial y penitenciaria.
5. Efectuar los estudios, análisis y pruebas de los componentes materiales de
las obras.
6. Intervenir en los procesos directos e indirectos que surjan de las obras.
7. Planificar la asistencia de equipamiento en el sector judicial y
penitenciario en correspondencia al programa de obras.
8. Implementar la documentación y procedimientos de adquisición y entrega de
equipamiento.
9. Efectuar los análisis y pruebas e inspecciones de las partes y componentes
del equipamiento.
10. Intervenir en los procesos directos e indirectos que surjan de la provisión
del equipamiento.
11. Tramitar las locaciones de inmuebles donde el Servicio Penitenciario
Bonaerense y Judicial sea parte integrante.
ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO
ESCRIBANO ADSCRIPTO SUPERIOR
DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE Y RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
1. Asistir y supervisar
las actividades que hacen a la prestación de servicios auxiliares necesarios
para el normal funcionamiento del organismo.
2. Coordinar y administrar el registro patrimonial de los bienes muebles según
las normas y reglamentaciones vigentes remitiendo los informes pertinentes a la
Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia.
3. Organizar y supervisar el registro de entradas, salidas, trámites y
movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en la
Escribanía General de Gobierno.
4. Intervenir en la gestión previa y en el seguimiento de toda compra,
contratación y licitación de bienes y servicios.
5. Efectuar el servicio de apoyo informático para las distintas áreas de la
dependencia.
6. Atender la administración de los recursos humanos asignados a la
Jurisdicción en un todo de acuerdo a lo determinado por la normativa vigente y
según las instrucciones impartidas por el Organismo competente.
7. Elaborar y proponer los anteproyectos de presupuesto, verificando el
cumplimiento de las normativas vigentes; que será elevado a consideración de la
Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia.
8. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial,
técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas
necesarias para el normal funcionamiento del Organismo.
ESCRIBANIA
GENERAL DE GOBIERNO
ESCRIBANO ADSCRIPTO SUPERIOR
DIRECCION DE GESTION ESCRITURARIA
ACCIONES
1. Organizar, coordinar y
supervisar las actividades preparatorias necesarias a fin de instrumentar los
actos notariales que son de competencia del Organismo; incluyendo los complejos
habitacionales construidos y adjudicados por el Estado.
2. Concretar los programas de escrituración de viviendas declarados de interés
social, encuadrados en la Ley 10.771 y demás operatorias.
3. Coordinar y fiscalizar la protocolización de acuerdo a derecho de las
escrituras otorgadas por el Registro General o Especial pertinente; como así
también la inscripción cuando corresponda del testimonio respectivo en el
Registro de la Propiedad, según las especificaciones establecidas por las
disposiciones vigentes.
4. Organizar, proponer e implementar los sistemas necesarios para la divulgación
de los nuevos programas de escrituración inherentes a la regularización
dominial.
5. Realizar análisis y estudios sobre la información suministrada por los
Departamentos notariales, a fin de elaborar los programas y planes de acción de
la Dirección.
6. Coordinar pautas y acciones con los organismos de la Provincia, Municipios,
sectores Públicos o Privados, para la obtención de recursos y sistemas de
cooperación.
ESCRIBANIA
GENERAL DE GOBIERNO
ESCRIBANO ADSCRIPTO SUPERIOR
ESCRIBANOS ADSCRIPTOS NUEVE (9)
1. Tienen delegada la función notarial responsable, en los partidos de la Provincia de Buenos Aires que se les asigna.
DIRECCION DE
LIQUIDACIONES Y SUELDOS
SUBDIRECCION DE LIQUIDACIONES
ACCIONES
1. Administrar y supervisar las tareas de los Departamentos: Sueldos Régimen Penitenciario, Sueldos Ley 10.430, Embargos y Mutuales, Peculios, Viáticos y Servicios Extraordinarios y Cómputos.
DIRECCION DE
SERVICIOS TECNICO ADMINISTRATIVOS
SUBDIRECCION DE SERVICIOS TECNICO ADMINISTRATIVOS
ACCIONES
1. Administrar las tareas correspondientes a los departamentos: Mesa General de Entradas, Salida y Archivo; Apoyo Administrativo; y Despacho.
SUBDIRECCION DE
PERSONAL
ACCIONES
1. Organizar y brindar la asistencia normativa necesaria para la correcta aplicabilidad de las mismas por los Departamentos de la Dirección.
SUBSECRETARIA DE
JUSTICIA
DEPARTAMENTO TECNICO - ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Asistir al
Subsecretario en todo lo atinente a las tareas administrativas de la
Subsecretaría.
2. Atender el registro de entradas, salidas, trámite y movimiento interno y
archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de dependencia.
3. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto
en los aspectos formales como sustanciales.
4. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión,
cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las
normas.
5. Organizar y mantener actualizados los archivos de legislación y otras
normativas necesarias para el eficaz funcionamiento del sector.
6. Disponer la actualización del caudal bibliográfico y documental existente en
la repartición.
DIRECCION DE
RELACIONES DE JUSTICIA
DEPARTAMENTO MEDIOS ALTERNATIVOS
PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS.
ACCIONES
1. Realizar y promover
los estudios e investigaciones necesarios tendientes a la implementación de los
medios alternativos para resolución de conflictos.
2. Participar en la elaboración y el análisis de anteproyectos normativos o
reglamentarios relativos a los sistemas de mediación y conciliación.
3. Colaborar en la organización del Registro de mediadores y conciliadores.
4. Desarrollar acciones tendientes a la capacitación y perfeccionamiento para
mediadores y conciliadores.
5. Coordinar las relaciones con los Colegios Profesionales, para la
implementación y funcionamiento de los medios alternativos de resolución de
conflictos.
DEPARTAMENTO DE RELACIONES DE JUSTICIA
1. Orientar los trámites
de los reclamos y denuncias vinculadas con cuestiones relativas a la actividad
judicial, con intervención de los órganos que correspondan.
2. Asistir a la Dirección en los trámites que se susciten con motivo de las
relaciones de la Subsecretaría con el Poder Judicial.
3. Colaborar en los trámites que se generen en razón de las relaciones entre la
Subsecretaría de Justicia y los Colegios de Abogados y de Magistrados.
4. Asistir a la Dirección en las relaciones y cuestiones que se susciten en los
Institutos de Formación Judicial.
5. Recibir y dar el trámite que corresponda ante la Justicia Provincial, a los
exhortos internacionales recibidos vía Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, conforme lo determinan los Decretos 6382/72, 373/77 y Resolución
Ministerial N° 163.
DEPARTAMENTO
RECURSOS DEL PODER JUDICIAL
1. Brindar la asistencia técnica necesaria al sector, en los trámites que se
generen a fin de proveer a las necesidades de infraestructura del Poder
Judicial y del Ministerio Público.
2. Prestar asistencia y apoyo administrativo en relación a la organización del
Poder Judicial.
3. Asistir y asesorar técnicamente en materia de programación, ejecución y
control del presupuesto del Poder Judicial.
4. Coordinar con el Ministerio de Economía y el Poder Judicial la fijación del
presupuesto anual de los órganos judiciales.
5. Canalizar y estimar la viabilidad de los requerimientos formulados por los
organismos judiciales relativos al presupuesto anual y sus refuerzo.
6. Examinar y considerar los futuros emprendimientos relacionados con los
recursos e infraestructura del Poder Judicial.
DIRECCION DE
ANTECEDENTES Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
DEPARTAMENTO REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
ACCIONES
1. Inscribir en el
Registro, dentro de las 24 hs. de recibido el oficio judicial que así lo
ordene, a los deudores alimentarios declarados tales en los Departamentos
Judiciales de la Provincia.
2. Proceder a la inscripción cuando por rogatoria llegare la misma solicitud de
cualquier otra Provincia o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. Anotar marginalmente en inscripción anterior, el oficio judicial por el cual
se ordena levantamiento de la anotación.
4. Responder a los pedidos de informes según la base de datos registrados
dentro del plazo de 5 días de recibida la solicitud.
5. Promover la incorporación de las instituciones privadas al cumplimiento del
requisito previo que establece la Ley N° 13.074.
6. Organizar, coordinar y controlar las tareas de los Responsables de
Supervisión, Inscripciones, Certificaciones y Registro General de Entradas,
Salidas y Archivo.
7. Cumplir con todas las funciones que le fueran asignadas por Ley N° 13.074 y
sus modificatorias y/o complementarias.
DEPARTAMENTO
REGISTRO DE DEUDORES CON EJECUCIONES JUDICIALES
ACCIONES
1. Organizar y mantener
actualizado el Registro de Deudores con Ejecuciones Judiciales que tengan por
objeto la vivienda única, creado por el artículo 4° de la Ley N° 13.302.
2. Inscribir en el Registro de Deudores con Ejecuciones Judiciales a las
personas afectadas que presenten declaración jurada en los términos de la Ley
N° 13.302 y el Decreto Reglamentario n° 643/05.
3. Llevar el mencionado Registro mediante una base informatizada de datos,
manteniendo en archivo la documentación respaldatoria.
4. Recabar de las autoridades judiciales competentes, organismos públicos
nacionales, provinciales y/o municipales, titulares de los inmuebles
hipotecados, deudores y acreedores hipotecarios, la documentación pertinente a
los fines de corroborar los datos registrados.
5. Elaborar informes y emitir las certificaciones correspondientes.
DEPARTAMENTO DE ACTIVIDAD PROGRAMATICA
1. Recopilar
antecedentes, obtener datos y toda otra información de los demás órganos de la
Administración, de los otros poderes y de organismos no gubernamentales.
2. Participar en la elaboración de anteproyectos relativos a la estructura del
Poder Judicial de la Provincia, creación de nuevos órganos, su número y
distribución.
3. Intervenir en los estudios relativos a la creación de nuevos departamentos
judiciales y la incorporación de nuevos fueros.
4. Prestar apoyo administrativo en la elaboración de proyectos sobre las
cuestiones de la Justicia de menor cuantía, de vecindad y de faltas.
5. Brindar apoyo administrativo en el análisis y la elaboración de proyectos
para la implementación de mecanismos a los fines de la asistencia jurídica de
los carecientes.
DIRECCION DE
ENTIDADES PROFESIONALES
DEPARTAMENTO TECNICO
ACCIONES
1. Mantener actualizado
el registro de fiscalización de entidades profesionales.
2. Llevar un registro alfabético-temático de Entidades Profesionales con toda
la información relativa a su funcionamiento.
3. Elaborar los informes y dictámenes que se le solicitaren en el ámbito de su
competencia.
DEPARTAMENTO
REGISTRACIONES NOTARIALES
ACCIONES
1. Llevar el legajo de
antecedentes de cada uno de los registros notariales de la Provincia.
2. Prestar servicio de guarda de los legajos de los Registros de Escrituras
Públicas de la Provincia y producir la información que se le requiera sobre
registros notariales.
3. Proyectar los actos administrativos relacionados con la aplicación del
régimen notarial.
DIRECCION DE
GESTION SOCIAL PROFESIONALMENTE RESPONSABLE
DEPARTAMENTO DE GESTION SOCIAL PROFESIONALMENTE RESPONSABLE
ACCIONES
1. Implementar las
gestiones tendientes a la profundización del vínculo de los Colegios, Consejos
y Cajas Profesionales con la Comunidad.
2. Ejecutar las acciones orientadas a estimular la prestación por parte de las
Entidades Profesionales, de servicios destinados a la población de la Provincia
de Buenos Aires.
3. Producir y mantener un registro de Entidades Profesionales prestadoras de
servicios sociales, identificando en cada caso el tipo de servicio y sus
beneficiarios.
4. Prestar el servicio de guarda de los convenios y acuerdos firmados entre el
Ministerio y las Entidades Profesionales en el área de su incumbencia.
DIRECCION DE
LEGITIMACIONES DE PERSONAS JURIDICAS
DEPARTAMENTO AUDITORIA CONTABLE DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Recibir, evaluar e
informar sobre los estados y documentación contable, referidas a las
conformaciones, adecuaciones, reformas, sesiones, transformaciones,
eximiciones, absorciones, fusiones, intervenciones, denuncias, aumentos y
disminuciones del capital societario.
2. Analizar e informar sobre las presentaciones efectuadas en relación a
emisiones de acciones o debentures, disoluciones, liquidaciones, auditorías,
revalúos, rifas y sorteos y estudios técnico- económicos y financieros de los
estados contables, refrendando lo realizado por los relatores contables.
3. Realizar los análisis y estudios necesarios para la determinación de pautas,
reglamentaciones, anteproyectos y proyectos de modificación legislativa en
materia contable, para las sociedades y asociaciones.
4. Elaborar y proponer los actos administrativos adecuados a las acciones de la
dependencia.
DEPARTAMENTO
DELEGACIONES DEL INTERIOR DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Atender el registro de
entrada, salida, trámite y movimiento de las actuaciones giradas por las
distintas Oficinas Delegadas de la Dirección en el interior de la Provincia de
Buenos Aires, controlando y verificando el debido cumplimiento de las
normativas vigentes, tanto en los aspectos formales como sustanciales,
ratificando o rectificando los dictámenes de los Delegados producidos en las
citadas delegaciones.
2. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión,
cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas
con relación a las actuaciones sustanciadas ante las oficinas delegadas.
3. Refrendar u observar los actos jurídicos administrativos y en los
expedientes referidos a la constitución, aprobación, funcionamiento y
liquidación de las sociedades comerciales, asociaciones civiles y demás formas
asociativas, que se eleven a través de las oficinas delegadas en el interior de
la provincia.
4. Atender los requerimientos de asesoramiento, información y trámites
solicitados por las distintas Oficinas Delegadas que fueran creadas en el marco
del Convenio con los Colegios Profesionales homologado por Resolución del
Ministerio de Gobierno y Justicia nº 451/93, en las ciudades de los partidos de
Avellaneda, Azul, Bahía Blanca, Dolores, Gral. Pueyrredón, Gral. San Martín,
Junín, Lomas de Zamora, Mercedes, Morón, San Isidro, San Nicolás, Trenque
Lauquen y Tres Arroyos.
DEPARTAMENTO
LEGAL DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Analizar e informar
sobre la adecuación a la legislación vigente de los actos
jurídicoadministrativos referidos a la constitución, aprobación,
funcionamiento y liquidación de las sociedades comerciales, asociaciones
civiles y otras formas asociativas que soliciten o posean personería jurídica.
2. Realizar los análisis y estudios, relacionados con los reglamentos,
estatutos y demás documentación y obligaciones, presentadas por las sociedades
y asociaciones para su aprobación, elaborando informes a la superioridad.
3. Atender los requerimientos de asesoramiento, información y trámite,
solicitados por las sociedades y asociaciones en vías de constitución como, así
también las consultas de otros organismos y áreas en los temas de su
competencia.
4. Organizar e implementar el trámite, gestión y conclusión de los pedidos de
personería jurídica y constitución societaria.
DIRECCION DE
FISCALIZACION DE PERSONAS JURIDICAS
DEPARTAMENTO CONTRALOR DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Analizar y supervisar
en tiempo y forma, la documentación presentada por las sociedades y
asociaciones en lo que se refiere a memorias, balances, cuadros contables,
actas y demás documentaciones exigidas por las normativas vigentes.
2. Elaborar los actos administrativos necesarios para intimar las convocatorias
de las asambleas, cuando las autoridades sociales hubieren omitido hacerlas en
las oportunidades establecidas, como así también, aconsejar las postergaciones
de las asambleas en los casos que existan inconvenientes o impedimentos
legales, reglamentarios o estatutarios.
3. Supervisar las convocatorias y verificar el orden del día de las mismas.
4. Ejercer el contralor sobre las sociedades incluidas en el artículo Nº 299 de
la Ley de Sociedades Comerciales y sobre las fundaciones conforme a lo normado
por la Ley Nacional Nº 19.836.
5. Supervisar el cumplimiento por parte de las sociedades comerciales y civiles
de la remisión de la documentación post asamblearia y especialmente los
balances de cada ejercicio, debiendo intimar, cuando corresponda, ese
cumplimiento a las entidades.
DEPARTAMENTO
INSPECCIONES DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Organizar, implementar
y mantener el registro de sociedades y asociaciones con personería jurídica
acordada.
2. Realizar los análisis y estudios necesarios, proponer e implementar los
planes y programas de inspección aprobados.
3. Mantener un registro de inspecciones y actas.
4. Desarrollar las actividades necesarias al control del efectivo traspaso de
los bienes aportados en el acto constitutivo, al patrimonio social.
5. Fiscalizar la celebración de las asambleas que se ordenen con intervención
de inspectores, organizando y disponiendo la concurrencia de éstos a dichas
asambleas.
DEPARTAMENTO DE
ASESORAMIENTO A ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO Y SEGUIMIENTO DE LOS
CONVENIOS CON LOS MUNICIPIOS
ACCIONES
1. Asesorar técnica e
integralmente a las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, en cuanto a su
constitución, funcionamiento, gobierno y contralor interno de las mismas
facilitando modelos de actas, estatutos y documentación a presentar en la
Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
2. Atender los requerimientos de las autoridades de las asociaciones o de sus
asociados, - individualmente o en grupo - cuando se suscitaren divergencias
internas en cuanto a interpretación de normas estatutarias o en caso de
oscuridad o ausencia de norma expresa sobre un caso concreto, con la finalidad
de evitar conflictos ulteriores.
3. Elaborar proyectos y controlar el cumplimiento, de convenios con Intendentes
Municipales en relación a la fiscalización de Asociaciones Civiles sin Fines de
Lucro que posean Personería Jurídica, que tengan su domicilio y actividades en
cada una de las comunas de la provincia. Coordinar acciones con los municipios
a través de convenios para la promoción de la obtención de la Personería
Jurídica por parte de aquellas entidades que carecieran de ella.
4. Participar activamente en las relaciones con las Oficinas o Direcciones
Municipales encargadas de las relaciones del Municipio con Entidades
Intermedias, con el objetivo principal de la adecuación de las entidades
civiles en general, legislación que les es atinente y observancia de las
propias normas estatutarias de los entes.
DIRECCION DE
REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS
DEPARTAMENTO REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Registrar, otorgar
número de matrícula a las entidades que se conforman, ya sean de carácter
comercial o civil, uniones transitorias de empresas, contratos de colaboración
empresaria, sociedades extranjeras, fundaciones, asociaciones mutuales, la
reforma de sus estatutos, aumento de capital, designación de autoridades,
disolución, liquidación, y demás actos societarios que por las leyes de fondo
se ordene su registración.
2. Confeccionar la Matrícula Registral que se otorga a las sociedades que se
conforman.
3. Inscribir los distintos actos societarios realizados por las sociedades y
que sean motivo de inscripción.
4. Cargar los datos inherentes a este Departamento en la base de datos
generales de la Dirección Provincial.
5. Controlar los avisos de publicación en el Boletín Oficial y las boletas de
depósito acreditando la integración del capital social que se presentan como
consecuencia de las conformaciones o modificaciones de las sociedades en los
supuestos que las leyes lo exijan.
6. Confeccionar una ficha por cada sociedad que se registra la que es
individualizada por el partido al que pertenece la entidad.
DEPARTAMENTO
RUBRICA DE LIBROS SOCIALES DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Rubricar los libros
sociales y hojas móviles de las sociedades con domicilio en la Provincia de
Buenos Aires.
2. Registrar las rúbricas que realizan las delegaciones de la Repartición y los
Notarios de la Provincia de Buenos Aires, llevando un Registro actualizado.
3. Confeccionar la ficha de rúbrica donde se individualiza a cada entidad,
consignando la fecha de rúbrica, libro motivo de rúbrica, su número y cantidad
de folios que contiene, volcando la misma información a la base informática de
la Repartición.
DEPARTAMENTO
OFICIOS Y MEDIDAS CAUTELARES DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Contestar los pedidos
de informes que realizan los señores Jueces, organismos administrativos,
dependencias públicas o privadas, profesionales, y representantes de
sociedades.
2. Tomar razón de toda medida cautelar que se ordene inscribir por autoridad
competente, referente a sociedades o integrantes de las mismas.
3. Incorporar en la Matrícula Registral las medidas cautelares que se
establezcan.
4. Expedir certificados solicitados por autoridad competente, profesionales o
representantes legales de las sociedades, sobre la vigencia de la sociedad, y
demás datos identificatorios de las mismas.
5. Expedir y certificar fotocopias de documentación obrante en los registros de
la Repartición que se presentan, solicitadas por Autoridades Judiciales
Administrativas o personas que acrediten un interés legítimo en la petición.
DIRECCION DE
ASOCIACIONES MUTUALES DE PERSONAS JURIDICAS
DEPARTAMENTO DE PROMOCION Y FOMENTO DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Realizar las
actividades relacionadas con la promoción, fomento, asistencia técnica,
asesoramiento integral y elaboración de diseños e instrumentos de políticas y
acciones vinculadas con el mutualismo, concurriendo de ser conveniente a las
asambleas constitutivas de las asociaciones mutuales y participando en los
programas operativos del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía
Social destinados al desarrollo de las mutualidades radicadas en la Provincia,
con la asistencia prevista del Organismo Nacional; asimismo, emitirá opinión en
los trámites de solicitudes de apoyos económicos y financieros que formulen las
mutuales y que deban ser atendidos con fondos del Instituto Nacional de Acción
Cooperativa y Mutual.
2. Promover la constitución de nuevas mutuales.
3. Mantener actualizado el registro de las asociaciones mutuales domiciliadas
en la Provincia y de las filiales y delegaciones abiertas en la misma por
mutuales radicadas en otras jurisdicciones.
4. Promover y participar en reuniones regionales y/o nacionales con los
representantes oficiales de otras Provincias con las cuales el Instituto
Nacional de Acción Cooperativa y Mutual mantiene convenios, destinados a
intercambiar experiencias, uniformar criterios y coordinar acciones comunes en
la aplicación del Régimen Orgánico de Mutualidades, su promoción y desarrollo
como así también integrar con ellos órganos de consulta en la materia,
transitorios y permanentes.
5. Mantener actualizado un registro de antecedentes de las mutuales con
domicilio en la provincia.
DEPARTAMENTO DE
CONFORMACION Y FISCALIZACION DE PERSONAS JURIDICAS
ACCIONES
1. Recibir la
documentación de nuevas mutuales y efectuar las verificaciones del cumplimiento
de los requisitos formales correspondientes girándolas al Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social para el trámite de inscripción en el Registro
Nacional de Mutualidades (Art. 3º, Ley N° 20.321).
2. Intervenir en el control público y poder de Policía sobre las entidades
mutuales domiciliadas en la Provincia, conforme lo normado por el Decreto Ley
Nº 8671/76.
3. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones que a las mismas les impone
la Ley N° 20.321 y las normas complementarias dictadas por el Instituto Nacional
de Asociativismo y Economía Social, pudiendo realizar inspecciones, auditorías
y llegado el caso, exigir la presentación de la documentación que determina el
art. 19 de la citada Ley. A tales fines, los agentes del Organismo Provincial
debidamente acreditados y comisionados, gozarán ante la entidad regida por Ley
N° 20321 de las mismas prerrogativas que los agentes del Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social en iguales condiciones.
4. Efectuar de oficio o a requerimiento del Instituto Nacional de Asociativismo
y Economía Social la investigación de los hechos por el procedimiento que
considere más idóneo, ante la presunción de transgresiones o incumplimientos de
disposiciones legales por parte de las mutuales de su jurisdicción. Concluidas
las investigaciones y con su dictamen se girarán las actuaciones al Instituto
Nacional de Acción Cooperativa y Mutual para su resolución en los términos del
art. 25º y 35º de la Ley N° 20321, según corresponda.
5. Colaborar y asistir en la gestión de interventores, liquidadores y veedores
que se designen en Mutuales de Jurisdicción Provincial.
6. Dictaminar con relación a la solicitud de rúbrica de libros sociales de las
mutuales, filiales y delegaciones de Mutuales, que deban efectuarse por el
Departamento respectivo de esta Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
Certificar por los funcionarios autorizados, firmas y autenticidad de
documentos que deban ser considerados por el Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social.
7. Verificar el destino de los préstamos y subsidios que se otorguen a las
mutuales de esta jurisdicción provincial.
DIRECCION
TECNICO-ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO CONTROL
ACCIONES
1. Intervenir y asesorar
en todos los aspectos referentes al personal, regímenes horarios, asistencia,
licencias, certificados, carpetas médicas en coordinación con el área
competente del Ministerio, informes a la delegación de personal.
2. Mantener actualizados los legajos internos del personal de la Dirección
Provincial.
3. Proceder al control de asistencia y a la confección de partes diarios a la
superioridad y al área competente del Ministerio.
4. Organizar y mantener actualizado el Registro Patrimonial de bienes a cargo
de la Dirección Provincial.
DEPARTAMENTO
APOYO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Realizar y asistir en
las tareas administrativas en las áreas y dependencias de la Dirección
Provincial.
2. Atender el registro de entradas, salidas, trámite y movimiento interno y
archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de dependencia.
3. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, en los
aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones que se
gestionen en el área.
4. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para
todas las dependencias del área.
DIRECCION DE
POLITICA CRIMINAL
DEPARTAMENTO OBSERVATORIO DEL DELITO
ACCIONES
1. Realizar estudios,
investigaciones, detalles estadísticos, relacionados con la comisión de delitos
en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
2. Desarrollar programas específicos destinados a actuar sobre la problemática
delictiva, tanto en la faz preventiva como punitiva.
3. Efectuar investigaciones y formular propuestas con un enfoque integrado de
prevención del delito, desarrollando estrategias situacionales, ambientales y
sociales.
4. Recabar datos vinculados a la problemática criminal de reparticiones de los
poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Nacional, Provincial, Municipal y
demás organismos gubernamentales nacionales e internacionales y organizaciones
no gubernamentales.
5. Formular y realizar proyectos de investigación científica aplicada,
inherentes a las causas que motivan el delito, sus efectos y la acción
preventiva y punitiva estatal.
DIRECCION DE DEFENSA A LA VICTIMA
DEPARTAMENTO DEFENSA A LA VICTIMA
ACCIONES
1. Promover la
tramitación y los asuntos cuya atención le sean especialmente encomendados por
la autoridad.
2. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo a
todas las dependencias a las que se asiste y brindar la información requerida
por cada una de ellas.
3. Formular en colaboración con la víctima del delito las denuncias pertinentes
y realizar la tramitación y seguimiento de las causas judiciales.
DIRECCION DE
ASISTENCIA A LA VICTIMA
DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA A LA VICTIMA
ACCIONES
1. Llevar registros actualizados de las asistencias otorgadas, en el marco de los distintos programas de ejecución: asesoramiento jurídico; asistencia psicológica; asistencia social; violencia familiar; abuso sexual; y todo otro programa que se establezca, de modo de posibilitar el conocimiento necesario para un efectivo control y el correspondiente ajuste en su ejecución.
DIRECCION DE
PROTECCION A LA VICTIMA
DEPARTAMENTO DE PROTECCION A LA VICTIMA
ACCIONES
1. Ejecutar los programas
de acción con cobertura provincial para toda aquella necesidad que presenten
los asistidos y sus respectivos grupos familiares.
2. Llevar a cabo la publicidad, promoción y divulgación de las acciones del
Centro.
3. Centralizar la información técnica y profesional inherentes a las
necesidades asistenciales de los asistidos.
DIRECCION
PROVINCIAL DE POLITICA PENITENCIARIA
DEPARTAMENTO APOYO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Atender el registro de
entradas, salidas, trámites, movimientos internos y archivo de las actuaciones
giradas o iniciadas en el área de la Dirección Provincial, como así también,
controlar y verificar el debido cumplimento de la normativa vigente, tanto en
los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de los actos
administrativos que se gestionen en el área.
2. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo
para todas las dependencias del sector, y sustanciar los actos administrativos
necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos, y observaciones sobre
la debida aplicación de las normas.
3. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial,
técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas
necesarias al normal funcionamiento del Organismo.
4. Atender las necesidades de ceremonial, audiencias, y relaciones
interorgánicas, verificando el cumplimiento de las determinaciones fijadas para
estos temas, coordinando acciones con las dependencias competentes e
involucradas.
DIRECCION
POBLACION CARCELARIA
DEPARTAMENTO POBLACION CARCELARIA
ACCIONES
1. Realizar las
actividades relacionadas con la asistencia técnica y elaboración de políticas y
acciones vinculadas con el régimen penitenciario en lo atinente al tratamiento,
trabajo, salud y recreación de los internos.
2. Integrar la metodología pedagógica socializadora como programa a cumplir
desde y hacia el ser humano, como acción constante de su participación activa
como interno teniendo a la externación del mismo.
3. Verificar en los establecimientos penitenciarios y de detención el
cumplimiento de derechos, deberes y obligaciones de los procesados u
condenados.
4. Brindar asesoramiento integral a los reclusos, a sus familiares y a sus
organismos oficiales y no gubernamentales, en toda cuestión atinente a su
situación jurídica o penitenciaria. Producir informes y dictámenes al respecto.
5. Delinear el perfil de la población carcelaria y sus constantes
modificaciones para precisar y dirigir sus pautas de conducta y establecer
reglas de convivencia.
DIRECCION DE
POBLACION CARCELARIA
DEPARTAMENTO CONMUTACION DE PENAS
ACCIONES
1. Organizar el registro
de entradas, salidas, trámites, movimientos internos y archivo de las
actuaciones que se susciten con motivo de las peticiones de conmutación de
penas.
2. Dar intervención a los organismos de consulta, Procuración General, Suprema
Corte de Justicia y Servicio Penitenciario para conocer y producir la
información respectiva y las secuencias cronológicas para expedirse cada
organismo y dependencia, supervisando los informes producidos.
3. Producir informes y dictámenes. Proyectar los actos administrativos.
Notificar los Decretos a los causantes y a los organismos que intervinieron
oportunamente.
DIRECCION DE PERSONAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS
DEPARTAMENTO DESIGNACIONES
ACCIONES
1. Participar en la
formación e integración de los recursos humanos del Servicio Penitenciario.
2. Intervenir en lo relativo a las altas, bajas, retiros, registro de las
sanciones disciplinarias, orden de méritos, del personal penitenciario.
3. Evaluar los antecedentes de los postulantes a incorporarse al servicio
activo, formulando propuestas para el mejoramiento de los requisitos de
aceptación.
4. Organizar todos los datos que hagan tanto al llamado de los postulantes para
la estructura del Servicio en sus distintos escalafones y subescalafones,
cuanto a su cobertura.
DEPARTAMENTO
PERSONAL PENITENCIARIO
ACCIONES
1. Atender al registro de
entradas, salidas, tramites, movimientos internos y archivo de las actuaciones
que se susciten con motivo de las postulaciones, designaciones, contratos de
locación de servicios, retiros y bajas del personal penitenciario.
2. Elaborar informes y dictámenes. Proyectar los actos administrativos
correspondientes. Notificar los mismos a los causantes y a los organismos
pertinentes.
3. Llevar el registro de la documentación correspondiente a fin de evaluar y
ponderar los ascensos de los agentes penitenciarios que serán decididos por la
Superioridad.
4. Evaluar e informar en todo lo atinente a las causas administrativas que
lleguen en grado de apelación por impulso de los componentes de los distintos
escalafones del Servicio Penitenciario Bonaerense, garantizando el pleno
ejercicio del derecho de defensa de los imputados.
DIRECCION DE
GESTION Y CALIDAD DE LA SALUD
DEPARTAMENTO DE CALIDAD INTEGRAL DE LA SALUD
ACCIONES
1. Generar Programas
preventivos y asistenciales a efectuarse dentro del marco del Sistema Integral
de Salud Penitenciaria.
2. Establecer las pautas del control de calidad sobre las tareas asistenciales
y de promoción dentro del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, de acuerdo a
los niveles preestablecidos por la Dirección de Gestión y Calidad de la Salud.
3. Supervisar que los mecanismos de control de calidad sobre las actividades
asistenciales y de promoción de la salud sean ejecutadas conforme a los niveles
preestablecidos por el Departamento Auditorias.
4. Recepcionar y elevar todo informe de los Jefes de Áreas Sanitarias sobre
temáticas que obstaculice el normal desarrollo del Sistema Integral de Salud
Penitenciaria y su concerniente repercusión en la calidad de ésta.
DEPARTAMENTO DE
PROCESAMIENTO Y ANALISIS DE LA INFORMACION Y BIOESTADISTICA
ACCIONES
1. Generar las
condiciones y propuestas para informatizar el Sistema de Salud Penitenciaria
desde las Unidades Sanitarias hasta la Dirección General.
2. Elaborar y mantener actualizada una base de datos respecto de todo el
personal profesional y no profesional perteneciente a la Dirección General de
Salud Penitenciaria.
3. Elaborar y mantener actualizada una base de datos respecto de los internos
asistidos y de toda información y estadística solicitada.
4. Elevar a la Dirección de Gestión y Calidad de la Salud los datos con la
información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea
incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.
5. Llevar un registro y un archivo actualizado de los informes periódicos de
los Programas Asistenciales y de Promoción de la Salud específicos.
6. Elaborar instructivos específicos para la recolección de datos e información
de cada Área que conformen el Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
7. Recabar y analizar toda información solicitada por la Dirección de Gestión y
Calidad de la Salud, como así también toda la que se considerare necesaria para
el correcto funcionamiento del área correspondiente.
DEPARTAMENTO DE CAPACITACION TECNICO PROFESIONAL Y DE INVESTIGACION
CIENTIFICA
ACCIONES
1. Proponer a la
Dirección General de Salud Penitenciaria todas las actividades tendientes a
promover la capacitación continua de los profesionales, personal técnico y
auxiliares de la salud, con el objeto de elevar los conocimientos médico
científicos del personal responsable de la asistencia sanitaria.
2. Promocionar la investigación científica en relación directa con las
actividades desarrolladas en el Sistema Integral de Salud Penitenciaria, con el
fin de dar origen a los mecanismos que permitan arribar a la obtención de
conocimientos genuinos aplicables al sistema.
3. Centralizar la información que provenga de las áreas vinculadas a sus
propósitos, posibilitando la transferencia de conocimiento interno.
4. Propiciar y controlar la correcta y equitativa distribución de becas y/o
participaciones en cursos, jornadas, simposios, congresos, para los
profesionales de la salud integrantes del Sistema Integral de Salud
Penitenciaria.
5. Conformar la estructura académica y administrativa que permita la
interrelación y la transrelación con diferentes organismos de difusión
científica públicos o privados, nacionales o internacionales, tendiendo así al
flujo de comunicación de material vinculado a las ciencias biomédicas.
DEPARTAMENTO
FARMACIA, INSUMOS Y EQUIPAMIENTO SANITARIO
ACCIONES
1. Proponer y elevar el
plan anual de adquisiciones para satisfacer las necesidades de los distintos
servicios de sanidad y atender al aprovisionamiento regular o ininterrumpido de
los mismos
2. Analizar la validez de los requerimientos anuales de los servicios de
sanidad de medicamentos, drogas, accesorios no inventariables, instrumental
científico, de electromedicina, vestimenta alimentaria, textos e impresos
sanitarios y promover su adquisición, participando en la confección de los
anteproyectos de presupuesto.
3. Mantener el Vademécum Único de medicamentos, drogas y accesorios no
inventariables de: Bioquímica, Farmacia, Medicina, Odontología y Veterinaria de
actualización anual promoviendo la minimización de sus renglones y la
incorporación actualizada de los medios terapéuticos más modernos para el logro
de la mayor eficacia curativa.
4. Conformar el Nomenclador Único de Instrumental, Técnico, Científico y de
Electromedicina periódicamente actualizable, unificando terminologías y
procurando involucrar elementos prolijamente caracterizados para la más eficaz
tarea médica.
DIRECCION DE
MEDICINA ASISTENCIAL Y PROMOCION DE LA SALUD
DEPARTAMENTO TECNICO MEDICO LEGAL
ACCIONES
1. Concretará y
desarrollará acciones para el ingreso y reubicación de internos según criterios
médicos.
2. Optimizará los procesos de atención integral del interno, Ingresos y/o
movimientos dentro del Sistema integral de Salud Penitenciaria.
3. Recepcionará la documentación procedente de la Mesa General de Entradas
emanadas de los juzgados, Unidades Sanitarias integrantes o no de Complejos,
DGSP, Dirección General de Asistencia y Tratamiento.
4. Las Unidades Sanitarias en forma diaria informarán el parte de novedades a
la Secretaría Técnica Médica, donde deberá constar número y estado de las camas
(libres u ocupadas), pacientes hospitalizados extramuros (nombre, apellido y
diagnóstico) pacientes críticos (nombre apellido y diagnostico) y óbitos
(nombre apellido y causa de muerte).
5. Deberá informar la Unidad Sanitaria a la Secretaría Técnica Médica la
contestación de oficios judiciales recibidos por esa o remitidos por la
Secretaría Técnica Médica.
6. Recepcionará y contestará en tiempo y forma la documentación judicial que
fuera remitida desde la Dirección General de Salud Penitenciaria. Para esto
deberá contar con un sistema de guardia pasiva las 24 hs de todos los días del
año.
7. Deberá realizar la evaluación de las solicitudes de ingreso (Comisarías,
Hospitales extramuros, y/o ante requisitoria Judicial) de los internos que se
incorporen al Sistema Integral de Salud Penitenciaria.
8. Deberá coordinar en forma conjunta con la Dirección General de Asistencia y
Tratamiento, y de acuerdo a criterio médico el alojamiento de internos en las
distintas Unidades Sanitarias.
9. Aportará y desarrollará acciones relacionadas a la búsqueda de soluciones en
relación a los internos con casos problemas.
10. Deberá disponer que la información recepcionada y/o generada sea archivada
y registrada para su eventual y/o planificada evaluación sistemática
(Auditoría).
11. Deberá trabajar en forma conjunta con los distintos Departamentos (Clínica
Medica, Cirugía, Enfermedades Prevalentes HIV. Sida, Salud Mental y Conductas
Adictivas) con el objeto de resolver las acciones tendientes a mejorar la
calidad de atención integral del interno en el ámbito de la salud
penitenciaria.
DEPARTAMENTO DE
MEDICINA GENERAL Y PREVENCION DE LA SALUD
ACCIONES
1. Ejecutar la política de control pautada por la Dirección General de Salud
Penitenciaria sobre las actividades asistenciales y de promoción de la salud
mediante los profesionales médicos, técnicos y auxiliares de la salud,
destinados a tales tareas.
2. Solicitar, a consideración del área pertinente, el modo de preparación y
cocción de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de
los excedentes.
3. Supervisar la realización, por parte de los médicos de guardia y de otros
trabajadores de la salud de las distintas Unidades Penitenciarias, de la
evaluación del estado de salud, al momento del ingreso interno/a, mujeres
embarazadas y niños con sus madres, y la confección de la correspondiente
historia clínica dejando constancia de ello y quien lo practica.
4. Controlar los mecanismos para mantener la información actualizada a través
de las historias clínicas, de la atención integral de la salud que se presta al
interno.
5. Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un
mejoramiento de las prestaciones médicas.
6. Recabar la documentación médica obrante de cada interno, en el ámbito de su
competencia, para su posterior elevación a la Dirección de Medicina Asistencial
y Promoción de la Salud.
7. Constituirse en Auditoría Médica para supervisar toda tarea inherente al
área.
8. Supervisar todo pedido de traslado de internos por razones de salud, entre
los Servicios de Sanidad de las distintas Penitenciarias.
DEPARTAMENTOS
AREAS SANITARIAS (I a X)
ACCIONES
1. Cumplir y hacer
cumplir a los profesionales de la salud como así también técnicos y auxiliares
que desarrollen tareas asistenciales, docentes o de investigación dentro del
Sistema Integrado de Salud Penitenciario del área sanitaria a su cargo, todo lo
concerniente a la planificación del Sistema Integral de Salud Penitenciaria
realizada por la Dirección General de Salud Penitenciaria.
2. Ordenar y controlar los equipos quirúrgicos operativos en su área sanitaria,
manteniéndolos funcionales en previsión de eventuales emergencias.
3. Ejecutar el plan regional de atención de catástrofes con recursos operativos
propios ensamblándolos funcionalmente con eventuales equipos sanitarios de
apoyo externo.
4. Facilitar el tránsito y atención de los equipos de salud mental
infectología, epidemiología, promoción y prevención de salud en las distintas
Unidades o sectores del área sanitaria a su cargo.
5. Implementar en su área sanitaria planes y programas destinados a los
internos generados en las diversas Direcciones que componen la Dirección
General de Salud Penitenciaria.
6. Asegurar la obtención de datos objetivos y fiables con respecto al trabajo
médico y su posterior remisión a las correspondientes Direcciones de la
Dirección General de Salud Penitenciaria.
7. Administrar, mediante un responsable de farmacia e insumos médicos, la
provisión de estos elementos en tiempo y forma respetando las indicaciones
médicas realizadas en cada caso.
8. Ordenar mediante un responsable de saneamiento ambiental las tareas que a
tal efecto se realicen en cada Unidad Penitenciaria de su área sanitaria.
9. Ordenar mediante un responsable médico o paramédico las tareas necesarias
para mantener un óptimo control nutricional de los internos del área sanitaria
a su cargo.
10. Mantener, a través de la Dirección General de Salud Penitenciaria, una
comunicación fluida, periódica y permanente con las Direcciones que dependan de
ésta y con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las
tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud
Penitenciaria.
DIRECCION DE
SALUD MENTAL Y ADICCIONES
DEPARTAMENTO DE ADICCIONES
ACCIONES
1. Ejercer los mecanismos
de control sobre las actividades de promoción de la salud ejecutadas por los
profesionales médicos, técnicos y auxiliares, en el marco de las personas
usuarias de drogas.
2. Proponer, a consideración del área pertinente, el modo de preparación y
cocción de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de
los excedentes, en cuanto a las competencias de esta área.
3. Mantener la información actualizada a través de la historia clínica de la
atención médico-psiquiátrica que se presta al interno en los distintos
servicios.
4. Realizar inspecciones periódicas y no periódicas.
5. Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un
mejoramiento de las prestaciones médico-psiquiátricas.
6. Recabar la documentación médica obrante de cada interno, en el ámbito de su
competencia, para su posterior elevación a la Dirección de Medicina Asistencial
y Promoción de la Salud.
DEPARTAMENTO DE
PSIQUIATRIA- PSICOLOGIA
ACCIONES
1. Ejecutar el control
sobre los profesionales médicos, técnicos y auxiliares de la salud que
desarrollen tareas asistenciales dentro del Sistema Integral de Salud
Penitenciaria, en el ámbito de las enfermedades psiquiátricas.
2. Ejercer los mecanismos de control sobre las actividades de promoción de la
salud ejecutadas por los profesionales destinados a tales tareas en su área
correspondiente.
3. Mantener estrecha relación con los profesionales destinados a ejercer
funciones como Jefes de Área en todas y cada una de las Unidades regionales.
4. Recabar toda información solicitada por la superioridad, como así también
toda la que se considerare necesaria para el correcto funcionamiento del
departamento.
5. Ejercer el control de los regímenes alimenticios terapéuticos en aquellos
internos que se enmarquen en el área de su competencia, participando en la
discriminación de los rubros propios. Administrar en colaboración con los
organismos pertinentes la alimentación de esos internos.
6. Proponer las directivas correspondientes del modo de preparación y cocción
de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de los
excedentes en los casos específicos que así lo ameriten.
7. Supervisar la realización por parte de los médicos de guardia de las
distintas Unidades Penitenciarias de la evaluación del estado de salud, al
momento del ingreso interno/a, mujeres embarazadas y niños con sus madres, y la
confección de la correspondiente historia clínica dejando constancia de ello y
quien lo practica, cuando existan patologías enmarcadas en su competencia.
8. Mantener información actualizada de la atención médica que se presta al
interno en los distintos servicios con inspecciones periódicas y no periódicas.
9. Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un
mejoramiento de las prestaciones médicas.
10. Fiscalizar la documentación médica obrante de cada interno.
11. Constituirse en Auditoría Médica para supervisar toda tarea inherente al
área.
12. Evaluar todo tipo de informe específico que se reclame a través de la
superioridad.
13. Elevar a la Dirección correspondiente toda sugerencia que se considere
apropiada para el mejor funcionamiento del área.
DIRECCION
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Atender las
postulaciones de las personas seleccionadas del Registro de Aspirantes y tramitar
el examen preocupacional.
2. Elevar a la Subsecretaría de Política Criminal el diagnóstico resultante del
punto anterior.
3. Propondrá a la Dirección todas aquellas medidas que permitan crear, suprimir
o modificar todo lo concerniente a la administración a la mesa general de
entradas, salidas y archivo.
4. Administrará una sala de comunicaciones, para mantener un contacto ágil y
directo con las dependencias internas y externas al sistema de salud
penitenciaria.
DEPARTAMENTO DE
HIGIENE, SEGURIDAD y MEDICINA LABORAL
ACCIONES
1. Proyectar, proponer y
tramitar actos y actuaciones administrativas necesarias en materia de Higiene,
teniendo en cuenta las normas administrativas dictadas a tales efectos, tanto
de orden nacional, provincial como municipal.
2. Planificar acciones de prevención en materia de higiene y seguridad laboral.
3. Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales
médicos, técnicos y auxiliares pertenecientes al área de medicina laboral tanto
en los Ingresos, exámenes periódicos, psicofísicos y Juntas Médicas que prestan
servicios en todo el Sistema Penitenciario
4. Centralizar toda información que mantenga relación con ausencias por
enfermedad, y pedidos de licencias por idénticas causas y elevarla a la
Dirección de Gestión y Calidad para el procesamiento de datos a través del
departamento a su cargo.
5. Determinar el cronograma de reuniones de Juntas Médicas y supervisar su
correcto funcionamiento
6. Efectuar relevamientos periódicos sobre la condición laboral de los agentes
que se desempeñan dentro de su ámbito de actuación.
7. Proponer y gestionar todas las acciones necesarias que permitan el
mejoramiento de las condiciones laborales de los agentes en su ámbito de
actuación.
8. Asesorar a las distintas áreas sanitarias en lo que respecta a las
normativas establecidas concernientes a la higiene y la seguridad laboral.
DEPARTAMENTO DE
SERVICIOS DE APOYO
ACCIONES
1. Atender el
mantenimiento de la infraestructura edilicia.
2. Administrar el parque automotor, el mantenimiento y los chóferes de la
Dirección General.
3. Atender con personal de maestranza el servicio de limpieza y mantenimiento
de menor complejidad edilicia y mobiliaria.
DEPARTAMENTO
CONTABLE
ACCIONES
1. Estudiar y proponer a
la Dirección General de Administración el presupuesto anual de la Dirección
General de Salud Penitenciaria y efectuar la evaluación económica financiera de
los planes de acción y programas del mismo, acorde a las directivas impartidas.
2. Gestionar ante la Dirección General de Administración las compras,
contrataciones y suministros de bienes y servicios, en un todo de acuerdo a la
normativa legal.
3. Coordinar y controlar los procedimientos administrativos contables y actuar
como dependencia responsable del estado de compromisos y fondos disponibles en
virtud del presupuesto de gastos y recursos destinados a la Dirección General.
Efectuar la pertinente rendición de cuentas ante las dependencias competentes.
4. Fiscalizar y mantener actualizado el registro de bienes patrimoniales de la
Dirección General de Salud Penitenciaria, efectuando las verificaciones que
normativamente correspondan y responsabilizándose del mantenimiento y
conservación de los bienes muebles e inmuebles asignados.
DIRECCION DE
ADMINISTRACION CONTABLE
DEPARTAMENTO CONTABLE
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones
que correspondan acorde a las asignaciones presupuestarias a fin de permitir la
registración de las distintas etapas del gasto en el sistema unificado de
contabilidad presupuestaria, con la determinación de residuos pasivos, deuda
exigible y su posterior seguimiento.
2. Coordinar con la Dirección de Finanzas las actividades inherentes al control
y gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores asignados por la Ley de
Presupuesto, Cuentas de Terceros y Especiales, Liquidación de Haberes y otras
formas, disponiendo la registración de su movimiento y la rendición de cuentas,
documentada y comprobable a la Contaduría General de la Provincia, con el
detalle de la percepción y aplicación de dichos fondos y valores, conforme a
las normas vigentes.
3. Elevar las órdenes de pago a la Delegación de la Contaduría General de la
Provincia, imputando las mismas al sistema de movimientos de fondos.
4. Efectuar las acciones relacionadas con los actos administrativos-contables
necesarios para la gestión económico-financiera de las áreas involucradas.
5. Realizar el control de la documentación entregada a la Dirección de
Finanzas, y la contabilidad de fondos y valores, conciliaciones bancarias y
registro de deudores varios.
6. Efectuar cualquier otra tarea vinculada a la imputación y registración
contable que derive del accionar del Organismo.
DEPARTAMENTO DE
ANALISIS Y CONTROL DE GASTOS
ACCIONES
1. Determinar la
imputación de las erogaciones y elaborar los estados diarios y mensuales de
ejecución presupuestaria, y controlar en cierre del ejercicio económico.
2. Atender la contabilidad analítica de las cuentas especiales y de terceros.
3. Organizar y mantener actualizado el archivo de documentación contable, que
facilite el control y las auditorías de los procesos necesarios de acuerdo a la
normativa vigente.
4. Efectuar informes periódicos conjuntamente con la Dirección de Gestión y
Control Presupuestario sobre tendencias del gasto sobre partidas relevantes.
5. Brindar apoyo a la Delegación Fiscal de la Contaduría General de la
Provincia cuando esta lo requiera a fin de dar cumplimiento a cuestiones
relacionadas con la exposición y registración de estado contables.
6. Controlar la información emitida por el Sistema Informático de la Contaduría
General de la Provincia.
DEPARTAMENTO
LIQUIDACION DE CAJAS CHICAS, SERVICIOS PUBLICOS Y FACTURACIONES
ACCIONES
1. Analizar la
documentación relacionada con los gastos e inversiones en sus diferentes
conceptos para efectuar las liquidaciones pertinentes.
2. Registrar las liquidaciones efectuadas en forma específica y detallada, a
fin de producir las certificaciones e informaciones requeridas.
3. Calcular los reajustes que correspondan al monto de las contrataciones,
gastos e inversiones.
4. Asesorar en forma permanente a las distintas dependencias del Ministerio
sobre los requisitos esenciales que debe reunir la documentación de gastos y
sobre las oportunidades de su remisión, para cumplimentar su cancelación en los
plazos establecidos por las normas vigentes.
5. Organizar y mantener actualizados los registros de Cuentas Corrientes de
Proveedores.
6. Emitir órdenes de pago directas de acreedores y de pago indirectas
destinadas a la entrega de fondos por parte de la Tesorería General de la
Provincia, para el pago de terceros, en un todo de acuerdo con las
estipulaciones que fija la Ley de Contabilidad y toda normativa vinculada a la
materia.
7. Analizar y efectuar la liquidación relacionada con los impuestos, seguros de
aeronaves y automotores, reintegros a servicios sociales de Policía, y de
subsidios por accidente en función penitenciaria correspondientes al Organismo,
de acuerdo a la normativa vigente.
8. Analizar la documentación relacionada con los servicios públicos, clasificando,
imputando y controlando las facturas de gastos en sus diferentes conceptos,
para efectuar las liquidaciones pertinentes.
9. Registrar las liquidaciones efectuadas en forma específica y detallada, a
fin de producir las certificaciones e informaciones requeridas.
10. Confeccionar un registro de dependencias del Organismo y empresas
prestatarias.
11. Elaborar estadística relacionada con los servicios públicos, consumos,
periodicidad, responsable de la Dependencia, entre otros datos.
12. Asesorar en forma permanente a las distintas Unidades Penitenciarias,
Dependencias y otras áreas del Organismo sobre los requisitos esenciales que
debe reunir la documentación de gastos en servicios públicos y sobre las
oportunidades de su remisión para cumplimentar su cancelación en los plazos
establecidos en las normas vigentes.
13. Analizar la documentación e informar sobre los distintos gastos que se
efectúan a través de la utilización de la caja chica.
14. Organizar y mantener actualizado un registro de las rendiciones de las
cajas chicas, detallando insumos, cantidades, finalidades, dependencia,
responsable y periodicidad. Elevar informes mensuales que posibiliten la
adquisición de insumos a través de una programación o de modalidades diferentes
de compras, dentro de la normativa vigente de aplicación.
15. Realizar las actividades de asignación de fondos, registración de los sub
responsables y la rendición de los reintegros o rendición final de Cajas
Chicas, de acuerdo a la normativa vigente y a los lineamientos establecidos por
las autoridades del Organismo.
16. Recibir la documentación respaldatoria de las rendiciones de las cajas
chicas, de acuerdo a la normativa de aplicación vigente de carácter contable y
tributario.
17. Confeccionar el anteproyecto de resolución mediante el cual se asignan
fondos a las distintas dependencias del Organismo.
18. Realizar cálculos estimativos de consumos mensuales.
DEPARTAMENTO
PATRIMONIO
ACCIONES
1. Organizar y efectuar
la registración de bienes muebles, inmuebles y semovientes pertenecientes al
Organismo.
2. Efectuar la registración en el sistema de contabilidad patrimonial de las
variaciones patrimoniales, confeccionar las planillas periódicas y el balance
para su remisión a la Contaduría General de la Provincia, ejerciendo la supervisión
de los registros patrimoniales del Ministerio.
3. Proyectar las disposiciones, resoluciones, decretos y otros actos referidos
a la gestión patrimonial.
4. Realizar la marcación física de los bienes de uso y los inventarios
selectivos y realizar inspecciones periódicas a las distintas Unidades
Penitenciarias y dependencias del Organismo.
5. Organizar y determinar la asignación y traslado de bienes en la
Jurisdicción, evaluando las necesidades reales de uso.
6. Organizar y mantener actualizado y centralizado un registro de la
información remitida por las áreas y dependencias. Realizar las gestiones
pertinentes determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en
condiciones de rezago, de acuerdo a la normativa vigente.
DEPARTAMENTO
SISTEMA INFORMATICO DE LA CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA
ACCIONES
1. Operar el sistema
informático con el fin de realizar todas las imputaciones necesarias del
Organismo.
2. Registrar los movimientos en los sistemas presupuestarios y de movimientos
de fondos.
3. Realizar los asientos contables de inicio y cierre de cada ejercicio fiscal.
A su vez registrar operaciones contables del ejercicio en curso.
4. Emitir listados para la confección de los cierres contables mensuales.
5. Ejercer un nexo entre la Contaduría General de la Provincia y la
Jurisdicción en los temas relacionados al citado sistema informático.
6. Responder a las necesidades que presenten las Direcciones de Contabilidad,
Liquidaciones y Sueldos y de Gestión Presupuestaria con el fin de desempeñar
sus respectivas tareas.
7. Realizar cualquier otra actividad que la Jurisdicción solicite o bien por
modificaciones efectuadas en las tareas del sistema informático central.
DEPARTAMENTO
SEGUROS
ACCIONES
1. Gestionar la contratación
de seguros sobre la totalidad de los bienes patrimoniales. Efectuar el
seguimiento de su vigencia, devengamiento y renovación. Efectuar el análisis de
cobertura y custodiar las pólizas
2. Intervenir en la tramitación de los distintos tipos de seguros que se
realicen en el ámbito de la Institución, actuando como nexo entre la
Aseguradora y el Asegurado.
3. Asesorar al personal sobre los diversos seguros que se encuentran en
vigencia, implementando las modalidades para su incorporación a los mismos.
4. Asesorar a los asegurados en los casos de siniestros.
5. Remitir al Centro de Cómputos los informes sobre altas, bajas y toda
modificación en general que se produzca referente a los asegurados.
6. Efectuar el control de los listados emitidos por el Departamento análisis
programación y diseño, respecto a las retenciones que se efectúan para el pago
de los seguros.
7. Iniciar la gestión del pago de las pólizas una vez cumplimentados los
trámites respectivos.
8. Mantener actualizado el padrón de los vehículos asegurados pertenecientes a
la flota de la Institución.
9. Intervenir en los siniestros que afecten a los vehículos de la Institución,
cumplimentando y fiscalizando la documentación correspondiente en cada caso.
10. Toda otra atinente al ámbito de su competencia.
DIRECCION DE
LIQUIDACIONES Y SUELDOS
DEPARTAMENTO SUELDOS REGIMEN SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE
ACCIONES
1. Organizar, disponer y
controlar las liquidaciones de sueldos, contribuciones y servicios
complementarios para el personal de las plantas aprobadas, cargos superiores y
mensualizados de la Jurisdicción, practicando las retenciones impuestas por las
leyes y reglamentaciones vigentes y efectuando las modificaciones que se
produjeren según las incidencias de las novedades comunicadas.
2. Disponer y efectuar las liquidaciones de viáticos y movilidad conforme a las
normas en la materia, controlando las ordenes de pago y rendición de las
mismas.
3. Expedir las certificaciones solicitadas para entidades bancarias, casas de
comercio, Instituto de Previsión Social, Instituto de Obra Médico Asistencial,
y otras entidades e instituciones.
DEPARTAMENTO
SUELDOS DE LA LEY 10.430
ACCIONES
1. Organizar, disponer y
controlar las liquidaciones de sueldos, contribuciones y complementos para el
personal de las plantas aprobadas, cargos superiores y mensualizados de la
Jurisdicción, practicando las retenciones impuestas por las leyes y
reglamentaciones vigentes y efectuando las modificaciones que se produjeren
según las incidencias de las novedades comunicadas.
2. Disponer y efectuar las liquidaciones de viáticos y movilidades conforme a
las normas en la materia, controlando las ordenes de pago y rendición de las
mismas.
3. Expedir las certificaciones solicitadas para entidades bancarias, casas de
comercio, etc., Previsión Social, Instituto de Obra Médicos Asistencial, y
otras entidades e instituciones.
DEPARTAMENTO
EMBARGOS Y MUTUALES
ACCIONES
1. Dar cumplimento a la
aplicación de los diferentes descuentos legales o por deudas contraídas por el
personal, por convenios celebrados, como así también por embargos y cuotas de
alimentos ordenados por el Poder Judicial.
2. Elaborar el cálculo de las retenciones a efectuar por tales conceptos y sus
depósitos.
3. Dar respuesta a los requerimientos efectuados por los organismos receptores
de fondos provenientes de las retenciones de sueldos.
4. Verificar las actuaciones administrativas relacionadas con las distintas
bonificaciones al personal, título, distancia, casa, traslado, entre otros.
5. Emitir informes y certificados a solicitud de los particulares o cualquier
organismo del Estado.
DEPARTAMENTO
PECULIOS
ACCIONES
1. Procesar la
información recibida por las distintas Unidades Penitenciarias a efectos de
poder confeccionar las liquidaciones.
2. Efectuar la liquidación de los peculios correspondientes a la totalidad de
los internos trabajadores en las distintas Unidades Penitenciarias.
3. Analizar la documentación recibida de las distintas Unidades Penitenciarias
y efectuar los controles que se requieran en función de la normativa vigente en
la materia.
4. Elaborar estadísticas relacionadas con los peculios en lo que se refiere a
cantidad de internos trabajadores, destino, costos unitarios y totales entre
otros datos.
5. Asesorar en forma permanente a las distintas Unidades Penitenciarias
Organismo sobre los requisitos esenciales que debe reunir la documentación
relacionada con los peculios y sobre las oportunidades de su remisión para
cumplimentar su pago en los plazos establecidos en las normas vigentes.
DEPARTAMENTO
VIATICOS Y SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
ACCIONES
1. Analizar y efectuar la
liquidación de los viáticos y movilidades y servicios extraordinarios
correspondiente al personal tanto de la Ley 10.430 como así también del Régimen
Seguridad.
2. Analizar la documentación recibida de las distintas Unidades Penitenciarias
y demás dependencia y efectuar los controles que se requieran en función de la
normativa vigente en la materia.
3. Elaborar estadísticas relacionadas con los viáticos y movilidad y servicios
extraordinarios en lo que se refiere a cantidad de personal, destino, cantidad
de horas, costos unitarios y totales entre otros datos.
4. Asesorar en forma permanente a las distintas Unidades Penitenciarias,
Dependencias y otras áreas del Organismo sobre los requisitos esenciales que
debe reunir la documentación relacionada con los servicios extraordinarios y
sobre las oportunidades de su remisión para cumplimentar su pago en los plazos
establecidos en las normas vigentes.
DEPARTAMENTO
COMPUTOS
ACCIONES
1. Entender en la
elaboración e implementación de sistemas informáticos.
2. Desarrollar, mantener y supervisar los sistemas informáticos de gestión.
3. Asesorar y asistir técnicamente en las cuestiones relativas al material
informático.
4. Elaborar propuestas conducentes a la mejora del sistema de informatización.
5. Asesorar en temas de informática así como proponer proyectos de
informatización a las Autoridades.
6. Asegurar la óptima operación de la totalidad del equipamiento residente en
el área y la disponibilidad de todos los servicios por ellos suministrados.
7. Gestionar la óptima utilización de los recursos económicos, humanos y
tecnológicos del sector.
8. Asegurar que la operación de los sistemas satisface los estándares de
calidad vigentes.
9. Realizar las tareas de coordinación y planificación necesarias para asegurar
el adecuado flujo de trabajo a través de los computadores de la organización en
su operación local y remota, así como la transferencia electrónica de datos
conforme los planes establecidos.
10. Prever y gestionar el adecuado suministro de los elementos materiales e
insumos necesarios para el normal desenvolvimiento de los procesos.
11. Brindar el apoyo necesario a la Dirección de Liquidaciones y Sueldos del
Organismo en lo que respecta a la confección de planillas relacionadas con
haberes al personal, viáticos, peculios, servicios extraordinarios como así
también cualquier otra liquidación.
12. Desarrollar un sistema integrado de registro informático, contable,
financiero y presupuestario.
DIRECCION DE
FINANZAS
DEPARTAMENTO TESORERIA
ACCIONES
1. Coordinar y organizar
la recepción de fondos asignados a la Jurisdicción y disponer su depósito en
cuentas fiscales.
2. Administrar los fondos y valores ejerciendo el debido control de ingresos y
egresos.
3. Realizar las actividades relacionadas con el fondo permanente y atender las
gestiones de divisas relacionadas con misiones al exterior, de acuerdo a la
normativa vigente.
4. Realizar el resumen del movimiento diario de fondos y mantener actualizado y
controlar las altas y bajas de los documentos en garantía.
5. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y pagos.
6. Efectuar los pagos a proveedores con sujeción a las normas legales vigentes-
Ley de Contabilidad y su Reglamentación.
7. Desarrollar las actividades necesarias para la elaboración del cierre del
ejercicio financiero.
DEPARTAMENTO
CONCILIACIONES BANCARIAS
ACCIONES
1. Controlar las
registraciones efectuadas por los Departamentos: Contable y Tesorería, con la información
emitida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en cada una de sus
cuentas bancarias.
2. Cargar de manera independiente las cartillas bancarias de todas la cuentas
corrientes fiscales en el sistema de movimiento de fondos, en el menú especial
de conciliaciones bancarias.
3. Indicar y controlar los ajustes que deben realizar los Departamentos
Contable y Tesorería, coordinando acciones con la Dirección de Contabilidad.
4. Elaborar mensualmente los listados de conciliación bancaria y elevarlos a la
Delegación de la Contaduría General de la Provincia.
DEPARTAMENTO
RENDICION DE CUENTAS
ACCIONES
1. Recibir, ordenar,
clasificar, controlar y preparar la documentación según su conceptos para la
rendición ante los organismos competentes.
2. Efectuar la rendición de cuentas, control de cargos y descargos de fondos y
valores. Confeccionar la cuenta general del ejercicio.
3. Confeccionar los legajos de rendiciones con los correspondientes balances de
pago, planillas demostrativas y notas de elevación a la Contaduría General de
la Provincia.
4. Confeccionar periódicamente balances de pago, con la documentación recibida
y existente, y realizar los controles pertinentes.
5. Registrar y controlar los fondos remitidos a las distintas dependencias del
organismo.
6. Efectuar las registraciones correspondientes, ordenar archivar los
duplicados de las rendiciones para su consulta posterior, por reclamo de los
agentes y/o proveedores y observaciones de la Contaduría. General de la
Provincia y del Honorable Tribunal de Cuentas.
DIRECCION DE
GESTION Y CONTROL PRESUPUESTARIO
DEPARTAMENTO PRESUPUESTO
ACCIONES
1. Analizar los
anteproyectos de presupuesto de cada una de las reparticiones y organismos del
Ministerio de Economía, previa solicitud a dichas reparticiones y organismos de
las necesidades económico-financieras previstas para el ejercicio, evaluando su
racionalidad.
2. Confeccionar el proyecto de Presupuesto de la Jurisdicción para su elevación
al Ministerio de Economía.
3. Realizar las reasignaciones de créditos en función del presupuesto
definitivo aprobado por la Honorable Legislatura y su distribución a los
distintos programas.
4. Ejercer el seguimiento y control al presupuesto aprobado, como así también
efectuar las adecuaciones necesarias, de acuerdo a las normativas vigentes y
las directivas emanadas por los organismos competentes.
5. Elaborar y proponer los proyectos de transferencias de créditos y plantas de
personal.
6. Elaborar y remitir el anteproyecto de la programación presupuestaria
conforme a los lineamientos establecidos del Ministerio de Economía.
7. Confeccionar informes de partidas relevantes que constituyan herramientas
para la confección de las cuotas de programación presupuestaria.
8. Analizar en forma permanente las etapas del gasto como así también controlar
las imputaciones presupuestarias que se realicen conforme la normativa vigente.
9. Elaborar informes periódicos de ejecución presupuestaria a efectos del
analizar el avance del gasto a lo largo del ejercicio económico y su
composición porcentual por partidas.
10. Elaborar cualquier otro tipo de análisis o informe que demande la Dirección
General de Administración del Organismo.
DEPARTAMENTO
PREVISIONES
ACCIONES
1. Establecer un programa
general de previsión de materias primas esenciales para el abastecimiento de
las unidades penitenciarias y demás dependencias de la Institución.
2. Definir la programación anual de las previsiones de rubros básicos a fin de
no alterar el normal funcionamiento de la Institución.
3. Fiscalizar consumos y descargos del avance de las Ordenes de Compra.
DEPARTAMENTO
FACTURACIONES
ACCIONES
1. Recibir las facturas y
remitos correspondientes a órdenes de compra.
2. Controlar el cumplimiento en tiempo y forma de las órdenes de compra.
Iniciar cuando corresponda el procedimiento para la aplicación de las sanciones
establecidas por el reglamento de contrataciones aprobado por Decreto N°
3300/72.
DEPARTAMENTO
ALMACENES
ACCIONES
1. Definir, ejecutar y
controlar la gestión de stock relacionada con los almacenes de acuerdo a las
solicitudes efectuadas por las unidades penitenciarias y demás dependencias de
la Institución.
2. Confeccionar un registro on line de las existencias en cada unidad
penitenciaria como así también cualquier otra dependencia de la Institución.
Este registro deberá estar actualizado con el fin de conocer las necesidades
básicas de las citadas unidades.
3. Organizar y mantener actualizado un inventario permanente de los insumos
existentes y registrar el egreso de los mismos, según las unidades penitenciarias
y dependencias solicitantes.
4. Coordinar con las unidades penitenciarias, dependencias y áreas involucradas
para la formalización e implementación de un procedimiento referido a la
solicitud de provisión y descargo de efectos.
5. Organizar y supervisar, la recepción, almacenamiento y distribución de los
efectos.
DIRECCION DE
COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEPARTAMENTO DE ORDENES DE COMPRA
ACCIONES
1. Emitir las
correspondientes órdenes de compra y mantener actualizados los registros de las
mismas.
2. Realizar el seguimiento de las órdenes de compra, desvíos y consecuencias.
3. Gestionar la intervención de los organismos de Control de la Provincia para
la autorización y aprobación de las actuaciones cuando correspondiere.
4. Informar al Departamento Tesorería, de todos los compromisos de pago
asumidos con sus respectivas fechas de vencimiento.
DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES
ACCIONES
1. Realizar la gestión
administrativa relacionadas con las compras para la adquisición de bienes a fin
de satisfacer los requerimientos de las dependencias de la Jurisdicción, en un
todo de acuerdo a normas, procedimientos y disposiciones de la Ley de
Contabilidad y sus reglamentaciones.
2. Autorizar y aprobar las compras dentro de los límites que establezca la
reglamentación, contemplando las mejores condiciones en cuanto a calidad,
economía y finanzas del Ministerio.
3. Organizar y actualizar el registro de proveedores.
4. Participar en los procesos de selección de proveedores y adjudicación de
compras y contrataciones en forma directa, proponiendo la decisión
técnico-económica correspondiente y realizando el seguimiento de la gestión
hasta el cumplimiento de la misma de acuerdo con lo pactado.
5. Confeccionar los pliegos de licitaciones públicas y privadas que se
realicen, el análisis técnico-económico de las ofertas, y la ejecución y
cumplimiento de los contratos que de las mismas resulten.
6. Intervenir en el lugar, día y hora fijados para realizar el acto de
licitación con la apertura de las propuestas, aceptación o rechazo.
7. Realizar las actividades relacionadas con la publicidad de los actos
licitatorios como las respectivas invitaciones a participar de dichos actos.
DIRECCION DE
SERVICIOS TECNICO ADMINISTRATIVOS
DEPARTAMENTO MESA GENERAL DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
ACCIONES
1. Recibir, controlar y
despachar toda documentación inherente a la Subdirección, asegurando su
corrección formal y legal.
2. Caratular actuaciones presentadas por cuestiones inherentes a la
Subdirección.
3. Registrar el movimiento diario de los expedientes ingresados y egresados de
la dependencia.
4. Recibir, distribuir y despachar correspondencia.
5. Producir informes sobre el estado de trámite de las actuaciones.
DEPARTAMENTO
DESPACHO
ACCIONES
1. Programar, supervisar
e instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento del despacho
de actuaciones administrativas y tramitarlas.
2. Redactar proyectos de actos administrativos, efectuando el seguimiento del
trámite.
3. Autenticar y notificar los actos administrativos dictados en la Dirección.
4. Supervisar y ejecutar los actos administrativos, aplicación, control de
resoluciones, decretos, leyes, mensajes y las publicaciones.
5. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los
registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector.
DEPARTAMENTO
SERVICIOS INFORMATICOS
ACCIONES
1. Realizar estudios,
análisis y desarrollo de programas de aplicación dedicados a los usos propios
de las diversas áreas del Ministerio.
2. Organizar y administrar los proyectos vinculados con los enlaces
informáticos entre las dependencias del Ministerio de Justicia con otros
organismos públicos y/o privados.
3. Elaborar la normativa a la que deberán ajustarse los usuarios de los
diferentes servicios informáticos.
4. Asistir y asesorar al personal del Ministerio sobre el uso y aplicación de
los programas y sistemas implementados.
5. Realizar la estandarización de las herramientas de desarrollo de software
utilizadas, estableciendo normativas al respecto y velando por su cumplimiento.
6. Efectuar el mantenimiento de hardware: instalación y mantenimiento de las
computadoras y periférico, testeo, verificación de errores y roturas.
7. Desarrollar, actualizar, e implementar el sistema informático del Ministerio
de Justicia.
8. Instalar y mantener los programas de uso general y las aplicaciones de
trabajo multiusuarias desarrolladas, administrar e instruir en el uso del
correo electrónico interno y externo.
9. Divulgar información sobre los beneficios que se puedan tener con el uso
correcto de la Red Internet.
10. Administrar la red informática, procediendo a la instalación y
mantenimiento de las terminales de trabajo, el servidor de archivos y el
servidor de impresión.
DEPARTAMENTO
SOPORTE TECNICO
ACCIONES
1. Atender el registro de
entradas, salidas, trámites y movimiento interno y archivo de las actuaciones
giradas o iniciadas en la Dirección General de Administración controlando y
verificando el debido cumplimiento de la normativa vigente.
2. Sustanciar los actos administrativos que le sean requeridos por la
superioridad cumpliendo con los plazos y observaciones sobre la debida
aplicación de las normas.
3. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los
registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector y
atender las consultas de otros organismos y reparticiones.
4. Organizar, mantener e instrumentar el servicio de gestoría y correos para
todas las dependencias de la Dirección General de Administración, realizar las
actividades necesarias a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de
expedientes, actuaciones y sobres en los lugares de destino determinados.
5. Administrar los recursos físicos, financieros, humanos y las actividades que
sirven de apoyo al funcionamiento de la Dirección General de Administración
acorde a la normativa vigente y a las directivas que establezcan las
autoridades de las dependencias competentes e involucradas.
DIRECCION DE AUDITORIA
DEPARTAMENTO AUDITORIA
ACCIONES
1. Implementar las
acciones necesarias a fin de levar a cabo las auditorias internas relacionadas
con las operaciones administrativo-contable de toda la Jurisdicción.
2. Verificar las registraciones producto del flujo de ingresos y egresos de los
almacenes.
3. Implementar las acciones necesarias a fin de levar a cabo las auditorias
internas relacionadas con las operaciones administrativo-contable de toda la
Jurisdicción.
4. Verificar las registraciones producto del flujo de ingresos y egresos de los
almacenes.
5. Analizar la documentación recibida de los proveedores en sus aspectos
legales y normas fiscales vigentes.
6. Asistir y participar en la elaboración de normas de procedimientos
Administrativos en las distintas etapas del proceso operativo.
7. Realizar informes técnicos y dictámenes que en materia contable y legal,
surjan como resultado de las auditorias practicadas.
8. Desarrollar los actos previos a la instrucción de los sumarios que puedan
producirse en los temas administrativos-contables.
DEPARTAMENTO
VERIFICACION Y CONTROL TECNICO
ACCIONES
1. Asistir a las
distintas dependencias, capacitándolas para el conocimiento de las técnicas de
control sobre la recepción de los bienes y servicios que se adquieren.
2. Verificar las calidades pre-establecidas en los pliegos licitatorios de los
bienes y servicios contratados.
3. Asistir a los distintos centros de recepción, en los aspectos legales y
normativos a efectos de que los proveedores se ajusten a lo regulado en cada
relación contractual.
4. Supervisar el funcionamiento de los distintos centros de recepción.
5. Desarrollar la metodología de verificar los productos y servicios que
reciben en las distintas unidades penitenciarias de acuerdo a la descripción
técnica y científica que se ha pedido.
DELEGACION DE LA
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO LABORALES
ACCIONES
1. Coordinar, proyectar,
proponer y tramitar los actos administrativos necesarios a los ingresos y
egresos del personal.
2. Atender el trámite de todas las actuaciones relacionadas con los derechos,
deberes y prohibiciones del personal, de acuerdo a las normativas vigentes,
como así también, aquellas vinculadas con toda modificación en su situación de
revista.
3. Elaborar y gestionar los actos necesarios para la obtención de los
beneficios previsionales previstos por las normativas legales vigentes.
4. Organizar y mantener actualizado el archivo y registro de normas, regímenes
y estatutos a aplicar en los temas de su competencia.
DEPARTAMENTO
ESTRUCTURAS Y PLANTELES BASICOS
ACCIONES
1. Organizar y mantener
actualizado el archivo y biblioteca técnica de normas y reglamentaciones sobre
estructuras organizativas, escalafones y carrera administrativa a ser aplicados
en la jurisdicción.
2. Elaborar y proponer los anteproyectos y proyectos de modificación de
estructuras organizativas, aplicando las normativas y disposiciones vigentes y
coordinando pautas y criterios con el organismo o repartición rector en la
materia.
3. Programar e implementar un registro de Plantas de Personal determinando los
cargos ocupados y vacantes discriminados según las características específicas
de los regímenes y la organización estructural del área.
4. Organizar e instrumentar un registro de Personal en actividad señalando
todas aquellas necesidades que hacen al desarrollo de la carrera administrativa
del mismo.
5. Elaborar y mantener actualizada la estadística de Movimiento de Cargos y
toda otra que le sea requerida relativa a los recursos humanos de la
Jurisdicción.
6. Divulgar y notificar al personal sobre cobertura de vacantes por concurso,
promociones y demás actividades vinculadas con su progreso en la Administración
Pública Provincial.
DEPARTAMENTO
LEGAJOS, CONTROL DE ASISTENCIA Y SERVICIOS SOCIALES
ACCIONES
1. Controlar el
cumplimiento y observación del régimen horario ordinario y extraordinario como
asimismo de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de
trabajo por parte de todo el personal de la Jurisdicción.
2. Verificar y tomar intervención en todo lo relativo a licencias ordinarias o
especiales, permisos, comisiones, etc., previstos por la normativa legal
vigente.
3. Intervenir en todo ingreso, toma de posesión, asignación de cargos en forma
interina, cambio de destino, etc. e informar al sector liquidación de sueldos.
4. Elaborar informes estadísticos, Departamento de Higiene y Medicina Laboral,
cuadros, gráficos y partes diarios mensuales y anuales en materia de asistencia
de personal.
5. Realizar toda citación y/o notificación al personal, de conformidad con las
leyes que rigen el procedimiento en el tema.
6. Coordinar, supervisar y efectuar la confección, actualización,
mantenimiento, control y archivo de los legajos de todo el personal de la
Jurisdicción.
7. Registrar en el legajo de cada agente todo dato inherente al desarrollo de
su carrera administrativa desde su ingreso hasta su egreso.
8. Extender certificaciones y constancias relacionadas con los servicios del
personal, tanto en actividad como dado de baja y ejecutar las acciones
necesarias para la obtención de beneficios asistenciales.
DEPARTAMENTO DE
HIGIENE Y MEDICINA LABORAL
ACCIONES
1. Efectuar relevamientos
periódicos sobre la condición laboral de los agentes que se desempeñan dentro
de su ámbito de actuación.
2. Llevar un registro de personal que se encuentre con Licencia por Enfermedad.
3. Verificar y archivar en el Legajo Unico Personal la documentación que
justifique la licencia médica.
4. Coordinar con la superioridad las Juntas Médicas de personal que se
encuentra con carpetas médicas de larga duración y programar con la Dirección
de Medicina Ocupacional de la Secretaría General de la Gobernación las Juntas
Médicas a los fines que corresponda.
5. Mantener un registro de Licencias por Maternidad.
6. Controlar y verificar la documentación que certifique su estado de embarazo
y comunicarlo al Departamento Legajos, Control de Asistencia y Servicios
Sociales de la Dirección de Personal.
7. Observar e intervenir con el superior inmediato el espacio físico donde se
encuentre la agente embarazada, eximiéndola de todo factor de riesgo a su
estado.
8. Llevar un registro de personal con horario reducido por nacimiento de hijo,
advirtiendo los plazos establecidos por las normas legales vigentes.
9. Mantener un registro estadístico de altas y bajas y tramitar las denuncias
de accidentes de trabajo ante la A.R.T.
10. Coordinar, tramitar y controlar la realización del examen preocupacional al
ingreso del agente a la Repartición.
11. Tramitar la afiliación del agente al Instituto de Obra Médico Asistencial.
12. Elaborar informes y estadísticas relacionadas con la Higiene y Medicina
Laboral del personal que se desempeña dentro de su ámbito de actuación y
asesorar sobre los riesgos de trabajo.
PROGRAMA DE
INFRAESTRUCTURA JUDICIAL Y PENITENCIARIA
DEPARTAMENTO APOYO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Realizar y asistir en
las tareas administrativas en las áreas y dependencias del Programa de
Infraestructura Judicial y Penitenciaria.
2. Atender el registro de entradas, salidas, trámite y movimiento interno y
archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el Programa.
3. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, en los
aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones que se
gestionen en el área.
4. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo
para todas las dependencias del área.
ESCRIBANIA
GENERAL DE GOBIERNO
ESCRIBANO ADSCRIPTO SUPERIOR
DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE Y RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO CONTABLE
ACCIONES
1. Efectuar el registro
de entradas y salidas, trámite y movimiento interno de las actuaciones giradas
o iniciadas en el área de la Escribanía.
2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente en los
aspectos formales como sustanciales, para el trámite de los actos administrativos
que se gestionan en el Organismo.
3. Recabar la información necesaria de las dependencias del Sector a fin de
elaborar y proponer los anteproyectos de presupuesto, verificando el
cumplimiento de las normativas vigentes y según las directivas impartidas por
la Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia.
4. Realizar el control registral del movimiento patrimonial de los bienes
tomando inventario de ellos de acuerdo a la legislación vigente.
5. Controlar el manejo de fondos asignados a la dependencia.
6. Mantener actualizados los registros de personal, registrando las novedades
que se produzcan en cuanto a regímenes horarios y asistencia.
7. Organizar y controlar las tareas de mayordomía en los servicios de
cafetería, limpieza, mantenimiento y vigilancia y, controlar uso y
mantenimiento de los elementos utilizados.
DIRECCION DE
GESTION ESCRITURARIA
DEPARTAMENTO PRE-ESCRITURARIO
ACCIONES
1. Concretar las tareas
preparatorias necesarias para instrumentar los actos notariales, en los que por
ser parte el Estado Provincial, sus organismos descentralizados o Empresas del
Estado intervenga la Escribanía General de Gobierno.
2. Coordinar los programas de escrituración declarados de interés social de
acuerdo a las normas legales vigentes en la materia.
3. Estudiar los antecedentes notariales, solicitando a los Organismos
Provinciales respectivos, informes de datos catastrales, copias de planos,
copias de inscripciones de dominio, y otros necesarios al acto.
4. Recopilar la documentación necesaria a los efectos escriturarios tales como:
nómina de adjudicatarios, antecedentes personales, certificados
administrativos, de escrituración, informes contables y toda otra documentación
exigida.
5. Diligenciar ante los organismos correspondientes todos los certificados
previos al otorgamiento del acto notarial.
6. Tramitar los títulos de propiedad para su inscripción en las diferentes
áreas del Registro de la Propiedad.
DEPARTAMENTO
ESCRITURARIO
ACCIONES
1. Analizar los
antecedentes dominiales y constatar la concordancia del acto administrativo de
adjudicación en base a los planos o títulos de propiedad.
2. Recabar de las dependencias la información necesaria a fin de elaborar los
cuadros estadísticos, cualitativos y cuantitativos de escrituras entregadas.
3. Confeccionar reglamentos de copropiedad y administración y, escrituras
traslativas de dominio de cada unidad de vivienda.
4. Proyectar los modelos de escritura conforme a las normas y directivas
vigentes, ya sean traslativas de dominio o constitutivas de derechos reales en
las que intervenga el Estado.
5. Intervenir en los modelos de escrituras correspondientes a núcleos
habitacionales, declarados de interés social y demás operatorias: ventas y
compras del Estado, Fondo Nacional de la Vivienda Ley 5.396 y otras.
6. Verificar el cumplimiento de normas notariales vigentes que competan a la
concreción de tareas escriturarias.
7. Archivar la documentación habilitante y libre deuda resultante de las
actuaciones.
8. Resguardar títulos de propiedad de la Provincia de Buenos Aires.
DEPARTAMENTO
REGISTRO GENERAL
ACCIONES
1. Protocolizar, de
acuerdo a derecho, las escrituras otorgadas en el Registro General o Especial
pertinente, inscribiendo cuando corresponda, el Testimonio respectivo en el
Registro de la Propiedad, conforme las normas notariales, fiscales y
registrales vigentes.
2. Compendiar las escrituras para confeccionar las Matrículas y Minutas
respectivas para su posterior inscripción en el registro correspondiente.
3. Verificar y extractar, una vez concretado el acto notarial, la documentación
existente: escritura matriz, cerificados expedidos por el registro de la
Propiedad y otras.
4. Efectuar la retención de liquidación de gastos y cumplimentar los
formularios de rigor.
5. Registrar el acto notarial en el Libro Registro Protocolo.
6. Realizar la apertura y cierre anual del protocolo del Organismo.
7. Mantener actualizada la biblioteca técnica, archivo de legislaciones (tanto
nacionales como provinciales), normas, reglamentaciones notariales y demás disposiciones
vigentes y de uso en el Organismo.