DECRETO 425/77
LA PLATA, 8 de MARZO de 1977.
VISTO este expediente 2307-6090/76, por el cuál el Ministerio de Economía solicita el aumento de las tarifas establecidas por el Decreto 1510/76, respecto de la Ley 7701, que dio origen al Convenio suscripto entre ese Ministerio y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires (Decreto 3505/71), y
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Poder Ejecutivo realizar los reajustes que aconsejen las variaciones de los índices de nivel general de costo de vida;
Que la Contaduría General de la Provincia ha producido despacho favorable;
Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno y la vista del señor Fiscal de Estado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Sustitúyanse, a partir del 1º de Febrero de 1977, las tarifas de servicios registrales fijadas en el Decreto número 1510/76, por las siguientes:
a) Certificación sobre inhibiciones……………………………… $ 200,00
b) Certificación dominial………………………………………... $ 200,00
c) Minuta (rogatoria) de inscripción o anotación………............... $ 100,00
d) Folio Real a confeccionar por el Registro………….................. $ 200,00
e) Folio Real a confeccionar por el recurrente………………….... $ 150,00
f) Trámite Urgente……………………………………….............. $ 700,00
g) Formulario de Canje..………………………………….............. $ 15,00
h) Formulario requerido por usuarios no Escribanos……………... $ 100,00
i) Formulario para “Uso Oficial”………………………………… $ s/c
j) Formularios no enumerado precedentemente (anexos de minutas, anexos de certificados y otros)...................................................................... $ 50,00
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y previa notificación al señor Fiscal de Estado remítase copia autenticada del presente Decreto, al Colegio de Escribanos, y pase a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad para su archivo.