LEY 12.593

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1º - Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el Partido de Florencio Varela, designados catastralmente como:

1) Circunscripción II, Sección H, Manzana 14, Parcela 1: inscripto su dominio en la Matrícula 18.153, a nombre de Dama, Isidoro; Parcela 2: inscripto su dominio en el Fº 811/56, a nombre de Prina, Armando Orlando; Parcela 18: inscripto su dominio en la Matrícula 6.350, a nombre de Berman de Gallo, María Beatriz; Parcela 19: inscripto su dominio en la Matrícula 18.154, a nombre de Dama, Isidoro; Parcela 20: inscripto su dominio en el Fº 1.023/51, a nombre de Dama, Isidoro y/o quien o quienes resulten ser sus respectivos propietarios.

2) Circunscripción II, Sección H, Manzana 15, Parcela 1: inscripto su dominio en el Fº 1.962/60, a nombre de Eusevi, Arturo Adalberto; Parcela 2: inscripto su dominio en la Matrícula 39.527, a nombre de Martínez Bernal, Mauricio y Ciocca, Agustín Gregorio; Parcela 3: inscripto su dominio en el Fº 452/56, a nombre de Lombao, Jorge y/o quien o quienes resulten ser sus respectivos propietarios.

3) Circunscripción II, Sección H, Manzana 16, Parcela 1: inscripto su dominio en el Fº 752/51, a nombre de Sande de López, Dolores; Parcela 2: inscripto su dominio en el Fº 162/59, a nombre de Radrizzani, Armando Rubén y Radrizzani, Héctor Miguel; Parcela 3: inscripto su dominio en el Fº 656/51, a nombre de Navarro, José Francisco, Parcela 4: inscripto su dominio en la DH 11.571/79, con relación al Fº 470/56, a nombre de Montes de Oca de Cacheda, Margarita; Parcela 5: inscripto su dominio en el Fº 562/49, a nombre de Vergili S.R.L.; Parcela 6: inscripto su dorninio en la Matrícula 57.818, a nombre de Belizan, Nesilda; Parcela 7: inscripto su dominio en la Matrícula 72.678, a nombre de Villa Abrille y Merighi, Beatriz María y Villa Abrille y Merighi, Ana María y/o Abregu, Gerardo y/o quien o quienes resulten ser sus respectivos propietarios.

4) Circunscripción II, Parcela 571: inscripto su dominio en la Matrícula 65527, a nombre de "Osfemarg Sociedad Anónima" y/o quien o quienes resulten ser legítimos propietarios.

5) Circunscripción I, Parcela Rural 368: inscripto su dominio en la DH 11178/70 con relación al Fº 158/47, a nombre de Botbol y Laredo Violeta - Perla Mabel y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

Art. 2º - Los inmuebles expropiados serán transferidos al dominio del Fisco de la provincia de Buenos Aires con destino a ser afectados a la construcción de una Red Vial Secundaria a la Ruta Provincial 53, a cargo de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

Art. 3º - Fíjase como máximo el término de cinco (5) años para dar cumplimiento al destino previsto en el artículo anterior.

Art. 4º - Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

Art. 5º - Autorízase al Poder Ejecutivo para solicitar se requiera judicialmente la posesión inmediata de los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación, conforme lo dispone en el artículo 23 y concordantes de la Ley 5.708, General de Expropiaciones.

Art. 6º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil.

ALEJANDRO HUGO CORVATTA

Vicepresidente 1º H. Senado

Eduardo Horacio Griguoli

Secretario Legislativo H. Senado

FRANCISCO J. FERRO

Presidente H. C. Diputados

Juan Carlos López

Secretario Legislativo H. C. Diputados

DECRETO 18

La Plata, 3 de enero de 2001.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.

RUCKAUF

R. A. Othacehé

REGISTRADA bajo el número DOCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES (12.593).

Gines Ruiz

Secretario Legal y

Técnico de la Gobernación