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Fundamentos de la Ley 11747
HONORABLE LEGISLATURA: Tengo el agrado de elevar a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley, mediante el cual se propicia declarar canceladas las deudas por gravámenes provinciales que pudieran registrar los inmuebles pertenecientes al complejo habitacional General martín Miguel de Guemes, del partido de La Matanza. Esta medida de excepción se fundamenta en el hecho de que el aludido conjunto ha sido construido por la Comisión Municipal de la vivienda, organismo dependiente de la municipalidad de la ciudad de Buenos Aires, para ser destinado a familias de escasos recursos. Tal circunstancia ha motivado que, a pesar del tiempo transcurrido desde su construcción –año 1973- la inmensa mayoría de sus adjudicatarios no haya regularizado su situación dominial. Asimismo, se incluye en el proyecto la exención para los inmuebles respectivos de todo gravamen provincial, desde la vigencia de la ley y hasta el 31 de diciembre de 1996, considerándose un plazo razonable a los efectos de la regularización. Tales beneficios se complementan con las exenciones del Impuesto de Sellos y de las Tasas Retributivas de Servicios, correspondientes a las escrituras de transferencia de dominio, consagradas en los artículos 248 inciso 28) y 256 inciso 22) del Código Fiscal (T.O. 1994). Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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