Decreto 1025/2019

La Plata, 26 de julio de 2019

VISTO el expediente N° 2982-5124/17 del Ministerio de Salud, por el cual se propicia cubrir un (1) cargo de licenciado en administración asistente en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Mario Víctor Larrain” de Berisso, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 2006/16 y modificatorias, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la carrera profesional hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, un (1) cargo de licenciado en administración asistente, con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el establecimiento referido;

Que obra copia del acta labrada por el jurado, de la cual surge el orden de mérito definitivo, y que el mismo se encuentra firme, consentido y sin apelación (fojas 1);

Que en virtud de los resultados alcanzados se propicia la designación de María Agustina GONZÁLEZ CIFRE, por haber obtenido el puntaje necesario en la mesa examinadora;

Que la vacante surge de limitar, por este mismo acto, la designación de la postulante de carácter interino, en el mismo cargo y especialidad, con igual régimen horario y lugar de prestación de servicios, que había sido efectuada con anterioridad por Resolución 11112 N° 1396/15;

Que en autos se informa que la profesional cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el presupuesto general ejercicio 2019 – Ley Nº 15.078;

Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la toma de posesión de la interesada;

Que han tomado la intervención de su competencia, la Contaduría General de la Provincia; la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, la designación en el grado de asistente, con carácter interino, de María Agustina GONZÁLEZ CIFRE (D.N.I. 28.670.418 – Clase 1980) en un cargo de licenciada en administración, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Mario Víctor Larrain” de Berisso, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, que había sido concretada mediante Resolución 11112 N° 1396/15.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en la planta permanente, por concurso abierto de méritos, antecedentes y evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, en el grado de asistente, a María Agustina GONZÁLEZ CIFRE (D.N.I. 28.670.418 – Clase 1980) en un cargo de licenciada en administración, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor (artículo 25 de la Ley N° 10.471, modificado por el artículo 2° de Ley N° 10.678) en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Mario Víctor Larrain” de Berisso dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la toma de posesión de la interesada.

ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0019 – Subprograma: 001 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 98 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora