Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución Nº 202

La Plata, 26 de abril de 2010.

VISTO el expediente Nº 2428-5/10, el Código de Tránsito, constituido por Ley Nº 13927, el Decreto Nº 4103/95 y modificatorios, la Resolución Nº 701/05, el Decreto Nº 3061/05 y el Decreto Nº 3118/07, y

CONSIDERANDO
Que el Decreto Nº 3118/07 aprobó las Addendas de Adecuación Contractual de las Empresas Concesionarias de Verificación Técnica Vehicular de la Provincia de Buenos Aires;
Que dichas empresas prestan el servicio en las once (11) zonas en que se encuentra dividida la Provincia de Buenos Aires a tales efectos;
Que el Artículo Tercero de las Addendas de Adecuación estableció, en función del principio de uniformidad y unicidad del régimen tarifario aplicable al mismo en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, definió un modelo estructural económico sobre la base del método denominado Empresa Modelo, cuyos valores responden al de una empresa eficiente (estándar) y permiten cubrir los costos de las empresas concesionarias;
Que la estructura económica elaborada como modelo para la adecuación del Contrato de Concesión del Servicio de Verificación Técnica Vehicular, ha sido incorporada como Anexo I a las Addendas de Adecuación Contractual y aprobado por el mencionado decreto;
Que el artículo quinto de las Addendas establece el régimen y procedimiento de las revisiones extraordinarias de tarifas, resultando aplicable dicho procedimiento cuando se cumpla una primera condición de variación del 7% respecto de un índice de referencia (60 % índice de actualización del convenio colectivo de trabajo de SMATA – VTV // 40 % índice de precios mayoristas nivel general);
Que verificada tal condición, la Autoridad de Aplicación, determinará la procedencia del requerimiento de actualización extraordinaria de tarifas, en base a la revisión de la estructura económica modelo;
Que atento ello, las empresas concesionarias de la VTV han presentado el requerimiento de revisión extraordinaria de tarifas y el Ente Regulador de la Verificación Técnica Vehicular ha verificado el cumplimiento de la condición de base y ha evaluado la documentación presentada por la Cámara Argentina de Verificadores de Automotores (CAVEA) resultando la misma completa y suficiente para actualizar la estructura de costos de la empresa modelo establecida en las Addendas de Adecuación Contractual;
Que el Ente Regulador ha procedido – en base al modelo de costos actualizado – al cálculo de la tarifa básica necesaria para restablecer el equilibrio económico de la prestación y ha elaborado el nuevo cuadro tarifario resultante;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto es que corresponde en esta instancia, establecer un valor máximo de la tarifa básica del servicio público de verificación técnica vehicular;
Que a fojas 92 ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno, correspondiendo dictar el presente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades otorgadas por el artículo 22 de la Ley Nº 13757 y conforme a las atribuciones conferidas en el Decreto 3061/05 y en el artículo 5° de la Addenda de Adecuación al Contrato de Concesión aprobado por Decreto 3118/07;
Por ello,

LA MINISTRA DE INFRAESTRUCTURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Establecer el valor máximo de la tarifa básica del servicio público de verificación técnica vehicular (VTV) de la Provincia de Buenos Aires en la suma de Pesos Noventa y Dos con Diez Centavos ($ 92,10) más el Impuesto al Valor Agregado, conforme se detalla en el Anexo 1, que compuesto de una (1) foja, se declara forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Indicar que se mantienen vigentes las previsiones contenidas en el artículo 2º de la Resolución Nº 436/08.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido archivar.

Cristina Álvarez Rodríguez
Ministra de Infraestructura

Anexo I- Cuadro Tarifario (1) – Servicio de Verificación Técnica Vehicular

 

 

Vehículos Livianos (hasta  2500 kg)

Vehíc. C/ VTV vencida- Sin IVA

92,10

 

 

Vehíc. C/ VTV vencida- IVA incl.

111,50

 

 

C/ Desc. Vehic. hasta 20 años

103,10

VTV vigente -  IVA incluido

 

 

 

C/ Desc. Vehículos de más de  20

55,70

años de ant. y VTV vigente –IVA incluido

 

 

 

Vehículos Pesados (mayores a 2500 Kg)

Vehíc. C/ VTV vencida- Sin IVA

165,90

 

 

Vehíc. C/ VTV vencida- IVA incl.

200,70

 

 

C/ Desc. Vehic. hasta 20 años

185,70

VTV vigente -  IVA incluido

 

 

 

C/ Desc. Vehículos de más de  20

100,30

Años de ant. y VTV vigente – IVA incluido

 

 

 

Motos

Vehíc. C/ VTV vencida- Sin IVA

7,70

 

 

Vehíc. C/VTV vencida- Con IVA

9,30

 

 

Motovehículos con VTV vigente IVA incluido

16,70

 

 

Remolques - Semi acoplados hasta 2500 Kg

Vehíc. C/ VTV vencida- Sin IVA

46,00

 

 

Vehíc. C/ VTV vencida- IVA incl.

55,70

 

 

C/ Desc. Vehic. hasta 20 años

51,50

VTV vigente -  IVA incluido

 

 

 

C/ Desc. Vehículos de más de  20

27,80

Años de ant. y VTV vigente – IVA incluido

 

 

 

Remolques - Semi acoplados de más de 2500 Kg

Vehíc. C/ VTV vencida- Sin IVA

82,90

 

 

Vehíc. C/ VTV vencida- IVA incl.

100,30

 

 

C/ Desc. Vehic. hasta 20 años

92,80

VTV vigente -  IVA incluido

 

 

 

C/ Desc. Vehículos de más de  20

50,10

Años de ant. y VTV vigente –IVA incluido

 

(1) Valores en pesos correspondientes a máximos autorizados sujetos a redondeo a favor de los usuarios

C.C. 5.495