LEY 12.364

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1º - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción de tierra ubicada en la localidad de Isidro Casanova, partido de La Matanza, designada catastralmente como Circ. IV, Sec. C, Qta. 21, Parc. 5, Inscripto su dominio al Fº 989/42 del partido de La Matanza, a nombre de César Marcos y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.

Art. 2º - La fracción citada en el artículo anterior será donada a la Municipalidad de La Matanza, con cargo de construir edificaciones destinadas a equipamiento comunitario.

Art. 3º - El plazo para el cumplimiento del cargo previsto por el artículo 2º, será de cinco (5) años a partir de la escritura de donación traslativa de dominio en favor del municipio de La Matanza.

Art. 4º - La escritura traslativa de domino será otorgada por la Escribanía General de Gobierno, estando exenta del impuesto al acto.

Art. 5º - En caso de incumplimiento del cargo previsto por el Art. 2º, se revocará la donación, retrotrayéndose el dominio en favor de la provincia de Buenos Aires.

Art. 6º - Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones prespuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

Art. 7º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diecisiete días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve.

ALEJANDRO HUGO CORVATTA

Vicepresidente 1º H. Senado

José Luis Ennis

Secretario Legislativo H. Senado

ALEJANDRO R. MOSQUERA

Presidente H. C. Diputados

Juan Carlos López

Secretario Legislativo

H. C. de Diputados

DECRETO Nº 28

La Plata, 14 de diciembre de 1999.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.

RUCKAUF

R. A. Othacehé

REGISTRADA bajo el número DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO ( 12.364).

E. J. Caselli

A cargo

Secretaría Legal y Técnica