DECRETO 692/13

LA PLATA, 30 de agosto de 2013.

VISTO el expediente Nº 22600-3985/13 del Ministerio de Gobierno por el cual se propicia la aprobación de un Modelo de Convenio de Colaboración a suscribir con los Municipios de la Provincia de Buenos Aires en el marco Plan Integral “MujeresBA por la Paz -Maltrato CERO“ impulsado por el Consejo Provincial de las Mujeres, y

CONSIDERANDO:

Que la defensa irrestricta y la efectiva vigencia de los derechos, como también su incorporación progresiva en las políticas públicas provinciales y locales, es un objetivo del Gobierno Provincial, a través de la incorporación transversal del enfoque de género en su implementación;

Que el referido Plan Integral tiene por objeto fortalecer, promover y ejecutar líneas de acción comprometidas con la igualdad y tendientes al logro de la justicia y equidad de género, con el propósito de fomentar la prevención y erradicación de la violencia de género en ámbitos institucionales y sociales;

Que el Plan Integral se constituye en una herramienta y en un mecanismo de promoción de los derechos humanos de las mujeres, con miras a informar, concientizar y sensibilizar a la ciudadanía en general y a las mujeres en particular;

Que se trata de consolidar los ejes de gestión que se vienen desarrollando e implementar, a su vez, nuevas estrategias de promoción y protección de la igualdad de derechos, como también el fomento de la participación y protagonismo de mujeres;

Que a esos fines, el Plan Integral mencionado contempla acciones a desarrollar con los municipios de la Provincia de Buenos Aires, con organismos provinciales y con organizaciones del tercer sector;

Que en ese marco se gestiona la aprobación de un Modelo de Convenio Marco de Colaboración a suscribir con los Municipios de la Provincia de Buenos Aires interesados en adherir al Plan Integral “MujeresBA por la Paz -Maltrato CERO“;

Que ello permitirá incorporar la perspectiva de género en las políticas de gobierno locales, como también difundir las acciones que en el marco del Plan se implementen;

Que el Plan Integral fue aprobado por Resolución Nº 44/13 del Ministerio de Gobierno estableciendo como su ejecutor al Consejo Provincial de las Mujeres de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nº 780/07, Nº 36/11B y el artículo 4º de la Ley Nº 14407;

Que conforme lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno procede dictar el pertinente acto administrativo;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Modelo de Convenio de Colaboración y Adhesión para la implementación del Plan Integral “MujeresBA por la Paz –Maltrato CERO”, que como Anexo Único integra el presente.

ARTÍCULO 2º.- Invitar a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir al Plan Integral “MujeresBA por la Paz - Maltrato CERO” a través de la rúbrica del instrumento aprobado por el artículo 1º del presente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.

Cristina Álvarez Rodríguez Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de Gobierno Gobernador

ANEXO ÚNICO

CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ADHESIÓN

AL PLAN INTEGRAL MUJERESBA POR LA PAZ – MALTRATO CERO

Entre el Municipio de _________ representada/o en este acto por ________, con domicilio en ________, en adelante “El Municipio”, y el Consejo Provincial de las Mujeres, organismo dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires representado por su Presidenta, Arq. Cristina Álvarez Rodríguez, con domicilio en calle 6 y 51, de la ciudad de La Plata, se celebra el presente Convenio con la finalidad de llevar a cabo actividades comunes que propendan a la mejor difusión y aplicación de las políticas de Estado en materia de violencia de género.

MARCO GENERAL:

El Ministerio de Gobierno a través del Consejo Provincial de las Mujeres, se ha propuesto desarrollar mecanismos de promoción de los derechos humanos de las mujeres con miras a informar, concientizar y sensibilizar a la ciudadanía en general y a las mujeres en particular.

En ese sentido, se creó el “Plan Integral MujeresBA por la Paz - Maltrato CERO” aprobado por Resolución Nº 44/13 del Ministerio de Gobierno (en adelante PLAN INTEGRAL), que tiene como objeto promover la igualdad de oportunidades y trato en todos los ámbitos institucionales y sociales, así como el cumplimiento de todos los derechos constitucionales, a partir de una concepción transversal, integral y estratégica de la perspectiva de género.

Que ambas partes, en el convencimiento que deben trabajar en conjunto en pos de la implementación del Programa Integral, acuerdan:

PRIMERO - Adhesión. El Municipio Adhiere por medio del presente Convenio de Cooperación al Plan Integral “Mujeres BA por la Paz – Maltrato CERO”, que como Anexo I forma parte integrante del presente.

SEGUNDO - Objeto. El objeto del presente Convenio es impulsar institucionalmente el Plan Integral, a los fines de incorporar la perspectiva de género en las políticas de gobierno locales, como también difundir las acciones que en el marco del Plan se implementen.

TERCERO - Implementación. El Municipio desarrollará las actividades contenidas en el Plan Integral y proporcionará la información y el apoyo logístico necesarios para el mejor cumplimiento de las acciones. Facilitará la concreción de talleres y capacitaciones de los contenidos del Plan Integral con la asistencia técnica del Consejo, como también coadyuvará en la realización de encuentros y reuniones de trabajo en el territorio con los referentes municipales y organizaciones de la sociedad civil, para la implementación de líneas de acción sobre los temas de violencia de género que se propongan. Asimismo se compromete a impulsar ante el Honorable Concejo Deliberante Municipal, la Declaración de Interés Municipal del Plan Integral.

CUARTO - PRESTACIONES. Las partes se comprometen a intercambiar toda documentación escrita, gráfica y/o audiovisual, estadísticas, y todo otro elemento relacionado con el Plan Integral.

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de __________a los ___días del mes de_______________ de 2013.

Intendente Municipal Presidenta

Consejo Provincial de las Mujeres

ANEXO 1

Plan Integral MujeresBA por La Paz - Maltrato CERO

En el marco de una política provincial que impulsa y fomenta la prevención y erradicación de la violencia de género entendida como conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal ”1” desde el Ministerio de Gobierno a través del CPM se propone la implementación del Plan Integral MALTRATO CERO.

A través del mismo, se desarrollarán actividades en conjunto con los organismos provinciales, municipales y organizaciones de la comunidad, a los fines de fortalecer, promover y ejecutar líneas de acción comprometidas con la igualdad y tendientes al logro de la equidad y justicia de género.

Se trata de fomentar la intervención y compromiso de la población a través de la participación, diseño e implementación de proyectos de interés que contemplen una mirada integral de la problemática de violencia de género.

Antecedentes

El reconocimiento de la situación de desigualdad y opresión de la mujer a lo largo de la historia dio lugar a la incorporación de las demandas de igualdad en las legislaciones. En la mayoría de los casos las condiciones laborales fueron el puntapié para que las mujeres comenzaran a organizarse. Las primeras consignas estaban asociadas al derecho al voto, otros derechos políticos y civiles, derecho a la educación, la propiedad y la tierra.

En el sistema Integral de Promoción y Protección de derechos de las mujeres están incluidos la Convención para Eliminar todas las formas de Discriminación hacia la Mujer (CEDAW -1979- ) y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer Belem do Pará (1994), a través de las mismas el Estado asume el compromiso de impulsar normas y políticas destinadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

El estado argentino en 1997 sanciona la Ley Nacional 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar que invita a las provincias a dictar normas similares, fructificó en la sanción de la Ley Provincial 12569.

En el 2009 se sanciona de la Ley 26.485 que no se limita a proteger a las mujeres de la violencia doméstica sino que contempla la violencia de género en sus diversas formas (física, psicológica, sexual, simbólica, económica y patrimonial) y modalidades (doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, mediática y obstétrica). Esta norma no deroga sino que complementa las leyes locales.

Pueden señalarse entre las medidas adoptadas por Estado provincial tendientes a combatir la violencia contra las mujeres las siguientes:

- Ley 12764 (20/09/2001) Establece la prohibición y sanción a funcionarios y/o empleados estatales de ejercer sobre otro conductas de acoso sexual.

- Ley 12807 (15/11/2001) Establece la obligación del Estado de emprender acciones dirigidas a la prevención del abuso sexual contra niños y niñas en el territorio de la Provincia.

- Decreto Nº 2875/05 Reglamenta la Ley 12569. Establece la conformación de una Red Provincial de Prevención y Atención y la creación del Programa Provincial contra Violencia Familiar en el Ministerio de Desarrollo Social.

- Resolución Nº 3.435/04 del Ministerio de Seguridad se incorpora y aprueba en el ámbito del Ministerio la estructura organizativa de la Dirección General de Coordinación de Políticas de Género, encargada de diseñar planes y programas de atención de las unidades policiales para la debida asistencia de personas víctimas en problemáticas vinculadas al género.

- Resolución Nº 304/07 del Ministerio de Salud. Aprueba el Programa Provincial de Salud para la Prevención de la Violencia Familiar y Sexual y la Asistencia a las Víctimas.

Incluye los protocolos de: Detección y Asistencia a las víctimas de maltrato; Acción ante víctimas de violación; Detección e intervención en situaciones de maltrato infantil desde el Sistema de Salud; Aborto no punible.

- Resolución Nº 137/08 de la Secretaría de Derechos Humanos. Crea el Programa de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia (AVM) como parte del Sistema Integrado Provincial para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar, con el fin de implementar un primer nivel de atención y contención desde un servicio telefónico de 24 horas y de coordinar y articular los recursos del Estado provincial, municipal y las organizaciones sociales, para orientar y asistir a las mujeres en situación de violencia.

- Resolución 1.395/10 del Ministerio de Salud. Crea el Área Políticas de Género cuyo fin es la adopción de un enfoque de derechos y de género en los servicios de la salud.

Se traspasa a su órbita el Programa de Salud Sexual y Reproductiva que antes era un subprograma dentro del Área Materno Infantil.

El 29 de noviembre de 2012 se sanciona la modificación de la Ley 12569 a los fines de adecuar el procedimiento de acción, ante los casos de violencia, acorde a la Ley Nacional (26.485).

El 18 de octubre de 2012 el Senado y la Cámara de Diputados de Buenos Aires, sancionaron la Ley 14407 de Emergencia Pública en materia social por violencia de género con el objetivo primordial de paliar y revertir el número de víctimas por violencia de género en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

El programa MALTRATO CERO se enmarca en el artículo 4º de la mencionada Ley, que dispone que el “Poder Ejecutivo Provincial, a través del Consejo Provincial de las Mujeres y de las demás áreas competentes, adoptará y dictará las medidas necesarias y urgentes para la implementación de la Ley 14.407” (sic).

FUNDAMENTACIÓN

MALTRATRO CERO implica un camino de lucha en los diversos territorios donde la inequidad de género se expresa: en la salud, en la educación, en los medios de comunicación, en la familia, en la pareja, en el trabajo, en los espacios de participación e incluso en la calle.

Hablamos de maltrato para situar una palabra clara y amplia que nos permita visualizar a todas y todos los múltiples ámbitos y modalidades que asume la discriminación y la violencia hacia las mujeres, tanto en el mundo de lo privado como en la vida pública.

Pensamos en la palabra maltrato de forma tal de poner de manifiesto las diferentes formas discriminación por motivos de género que sufrimos las mujeres. En ese sentido nos parece importante no desdibujar las formas específicas que asume la violencia familiar pero sin descuidar que la violencia y el maltrato hacia la mujer es vivido de muchas maneras y en distintos ámbitos que no son solo la familia o la pareja.

Buscamos compartir una mirada y una práctica en la que podamos cuestionar el lugar que las mujeres tenemos en la sociedad patriarcal y continuar el camino de desaprender la exclusión y la opresión y las experiencias de poder vividas como competencia, invisibilización y descalificación. Buscamos construir un compromiso político, que implique acciones directas en el mundo en el que vivimos, para erradicar todas las violencias y los maltratos por motivos de género.

Objetivos Generales

* Promover desde el gobierno provincial, los gobiernos municipales y las organizaciones de la comunidad el compromiso político de llevar a cabo acciones directas contra la violencia de género y todo tipo de discriminación

* Construir una visión compartida del rol de la mujer en la sociedad, a partir de un análisis crítico de las desigualdades entre mujeres y varones.

* Fomentar la adopción del enfoque de género como una concepción transversal integral y estratégica en las políticas públicas.

Objetivos Específicos

* Afianzar y fortalecer la asistencia integral a las mujeres que padecen violencia.

* Elaborar y difundir materiales didácticos de formación, prevención y difusión masiva.

* Llevar adelante una Campaña contra la Violencia Obstétrica e impulsar la Ley Provincial de Parto respetado.

* Remover estereotipos y patrones culturales discriminatorios sexistas.

* Promover los derechos sexuales y reproductivos, y el cumplimiento de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva.

* Conformar una red de acuerdos entre gobierno, organizaciones de la comunidad y empresas a los fines de impulsar y promover la campaña Maltrato Cero.

* Impulsar la creación del Registro Único de Casos de mujeres víctimas de violencia en la Provincia de Buenos Aires.

Metodología e Implementación del Programa

A Nivel Provincial

* Acuerdos con distintos organismos del ejecutivo provincial para llevar adelante acciones específicas referidas a la problemáticas de violencia tomando como referencia los ámbitos y modalidades contemplados en la Ley 26.485.

* Asistencia técnica y capacitación a diferentes organismos para fortalecer la adopción del enfoque de género en proyectos, programas y políticas públicas.

* Construcción de alianzas Empresariales (RSE) y organizaciones de la comunidad que se sumen a la Campaña MALTRATO CERO para la ejecución de distintos proyectos locales.

A Nivel Municipal

* Acción en territorio con el Sostén Técnico del CONSEJO: Reuniones de Referentes Municipales, Organizaciones de la sociedad civil y comunidad para delimitar líneas de acción hacia la comunidad sobre Violencia de GÉNERO.

* Talleres / Capacitaciones / Encuentros / Jornadas sobre distintas problemáticas desde un enfoque de género:

* Rubrica de los convenios de adhesión al presente programa, que implicara el compromiso por parte de los municipios de llevar adelante una o más acciones de las que contempla el programa Maltrato CERO.

A nivel comunicacional

* Elaboración de materiales gráficos y audiovisuales para realizar una Campaña Mediática de Prevención de la Violencia de Género.

* El concurso de fotografía “Maltrato CERO”, es una iniciativa que propone capturar a través de la lente de la cámara a las mujeres en la sociedad actual. Buscamos reflejar a las mujeres (sus prácticas, deseos, cuerpos e intereses) desde una perspectiva que cuestione los estereotipos de género y que transforme, denuncie y/o contrarreste la estética machista. Apuntamos a la creación de imágenes que reinterpreten a las mujeres desde las sutilezas de su cotidianidad.

* Construcción de la Biblioteca Virtual “Mujeres para Recordar”.

* Intervenciones culturales. Con la colaboración de las Direcciones de Cultura de los Municipios, nos proponemos trabajar desde las distintas expresiones culturales, como la murga y el teatro callejero, la problemática de violencia de género. El objetivo es sensibilizar y comunicarnos a través de las actividades culturales promoviendo el compromiso de la comunidad para la prevención de la violencia.

MODALIDAD DE TRABAJO

La modalidad de trabajo contempla distintos tipos de dispositivos.

La articulación interinstitucional se lleva adelante mediante reuniones de trabajo y acuerdos institucionales para la ejecución de acciones.

La asistencia técnica y las tareas de fortalecimiento, se llevarán adelante en:

Talleres de reflexión que abordan diferentes temáticas asociadas a la problemática de violencia tomando como referencia los ámbitos y modalidades contemplados en la Ley 26.485.

Jornadas de Capacitación: apuntando a la transmisión de metodologías para la transversalización del enfoque de género en la diagramación de proyectos.

A nivel comunicacional se prevé la participación comunitaria en la elaboración de los contenidos a partir de diagnósticos y encuestas participativas.

LOCALIZACIÓN

El programa se llevará adelante en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

CALENDARIO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA

Resultados Esperados del Programa

Se espera que a través de los acuerdos interinstitucionales que se realicen, sumado a las tareas de capacitación, asistencia técnica y fortalecimiento se logre:

* Visibilización y sensibilización sobre la problemática de violencia hacia las mujeres,

* Acciones acordes y eficaces de abordaje ante las situaciones de violencia que se presentan en el territorio

* Adopción del enfoque de género en proyectos, programas y políticas públicas

1 Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales