DECRETO 264/2024

LA PLATA, 18 de Marzo de 2024

VISTO el expediente EX-2023-40138027-GDEBA-DPTCHMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Carola MORÓN GUGLIELMINO en el Hospital Zonal Especializado Materno Infantil “Argentina Diego” de Azul, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido por la Resolución N° 4799/15 del Ministerio de Salud, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5 y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, un (1) cargo de Médico Asistente – Especialidad: Dermatología, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el en el Hospital Zonal Especializado Materno Infantil “Argentina Diego” de Azul;

Que conforme el acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a la Carola MORON GUGLIELMINO en el orden de mérito definitivo para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 20 de octubre de 2015, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 20 de octubre de 2015, la designación de carácter interino de Carola MORON GUGLIELMINO en idéntico cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución N° 2756/14 del Ministerio de Salud;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento

hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/24;

Que la postulante se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que, por otra parte, por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16 %) sobre la remuneración que perciba;

Que en virtud de lo establecido por Decreto N° 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02, Carola MORON GUGLIELMINO debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

Que, asimismo, corresponde dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto - Ley N° 8078/73, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad realizada por la profesional de referencia con relación al cargo que posee en el Hospital Municipal "Dr. Angel Pintos" dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de Azul, a partir del 20 de octubre de 2015;

Que han tomado intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) 25 y 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 20 de octubre de 2015, la designación de Carola MORÓN GUGLIELMINO (DNI N° 28.451.189 – Clase 1980) en el cargo de Médica - Especialidad: Dermatología, en grado de Asistente, con carácter interino y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal Especializado Materno Infantil “Argentina Diego” de Azul, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, quien fuera oportunamente designada mediante Resolución N° 2756/14 del Ministerio de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 20 de octubre de 2015, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471, a Carola MORÓN GUGLIELMINO (DNI N° 28.451.189 – Clase 1980) como Médica - Especialidad: Dermatología, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal Especializado Materno Infantil “Argentina Diego” de Azul, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que, a partir del 20 de octubre de 2015, Carola MORÓN GUGLIELMINO (DNI N° 28.451.189 – Clase 1980), deberá efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del dieciséis por ciento (16%) sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo dispuesto por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02.

ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto - Ley N° 8078/73, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por Carola MORÓN GUGLIELMINO (DNI N° 28.451.189 – Clase 1980), con relación al cargo que posee en el Hospital Municipal "Dr. Angel Pintos" dependiente de la Secretaría de Salud del Municipio de Azul, a partir del 20 de octubre de 2015.

ARTÍCULO 5°. El gasto que demanda el cumplimiento del presente será atendido con cargo a la prórroga del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394, aprobada por Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 17 – Subprograma: 1 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 49 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.

ARTÍCULO 6°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.