LEY 6699

 

Expropiación de terreno en General San Martín con destino a edificio de Escuela N° 76.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, la fracción de tierra ubicada en la localidad de General San Martín, partido del mismo nombre, nomenclada catastralmente como Cir­cunscripción III, Sección J, Manzana 76, Parcelas 6, 7 y 8 y lotes 10, 11 y 12, de la Manzana M-1, según título, con destino a la construcción del edificio para la Escuela número 76, del citado distrito.

 

ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, que se declara de urgencia, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.